Aca les mando algunos apuntes sobre Derecho del Trabajo, si tenés miedo a que te despidan, lee esto para saber tus derechos. Trataré de explicar todo lo mas simple y entendible que se pueda.
1.- El trabajo de todos los empleados en relación de dependencia se rige por la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), y es aplicable a todos los que trabajan tanto en "blanco" como en "negro". No se aplica para los que facturan, o para los que trabajan para el estado.
2.- Si te mandaste alguna macana en tu laburo, sabé que la LCT no reglamenta, en su texto, las causales por las que te pueden despedir. No hay un artículo que diga... -"Si Pirula llega dos días tarde, esta despedida y no puede cobrar indemnizacion" o, -"Pirula es un desastre laburando, mejor echémosla y no le paguemos nada" o incluso -"a Pirula la encontramos choreando, despidámosla". Lo que dice la ley es que las causales para despedir a alguien TIENEN QUE SER INTERPETADAS POR LOS JUECES, y ellos decidirán si alguien puede ser despedido con causa (sin cobrar indemnización) o sin causa (con derecho a cobrar indemnización). Incluso hasta los casos donde el trabajador roba, son difíciles de probar.
3.- Si estas trabajando en "negro" sabé que la LCT se aplica perfectamente a tu trabajo. Solo vas a necesitar probar que trabajaste ahi, y no creas que es tan difícil. Un par de testigos que declaren, alguna vez que te hayan pagado con cheque, firmas tuyas en papeles de la empresa (aunque los tenga la empresa) o firmas tuyas en papeles de clientes o proveedores. Es mas, si trabajas con todo el sueldo en negro, o parte en negro, esto que esta TERMINANTEMENTE PROHIBIDO hace que tu indemización sea de mas plata, que la de alguien que está totalmente en blanco.
4.- Para que la empresa pueda decir que hiciste el famoso "abandono de trabajo" y terminar con la relación de trabajo, tiene que mandarte si o si, un telegrama o carta documento a tu casa, intimandote a que te presentes a trabajar. Sin eso, no hay abandono de trabajo. O sea que si dejás de ir a trabajar, la relación de trabajo sigue, hasta que A) Te manden 1 telegrama diciendote que vuelvas B) Si no volves, tiene que mandarte un 2do telegrama terminando con la relación de trabajo. Jamas pueden decirte... -Che Pirula, hace una semana que no venías, andate de aca que ya te despedimos. Si eso pasa, mandá telegrama que les rompés el coxis -Como verán quiero escribirlo como para que lo entiendan todos, no?-
5.- La famosa indemnización: De movida, hay que sacar la llamada MRNH Mejor Remuneracion o Sueldo Normal y Habitual: Esto es fácil, en los últimos dos años, fijate tu mejor sueldo, pero SIN LOS DESCUENTOS de aportes, obra social, etc etc. Es decir si en mano te quedaban $ 2.000 tu mejor salario normal y habitual va a ser de $ 2.400 aproximadamente, fijate en la columna en la que figura tu sueldo sin los descuentos. Ya con ese número sacado, multiplicá esa suma por CADA AÑO DE TRABAJO o fraccion mayor de tres meses. Ejemplos. 5 años y 4 meses = Tu mejor sueldo X 6. 5 años y 2 meses = Tu mejor sueldo X 5.
Esa es la base, a lo que hay que sumarle preaviso, integracion, aguinaldo proporcional, vacaciones proporcionales y mas rubros que son complicados de explicar aca. Antes de aceptar ningun tipo de acuerdo, ver a un boga.
6.- JAMAS pero JAMAS mandes el telegrama de renuncia, salvo que vos te quieras ir de la empresa. Si mandaste el telegrama de renuncia, y te despidieron o te deben guita, te recomiendo pasar por el Abasto, ya que te queda cerca el monumento a Gardel para cantarle. Asesorate, casi todos los abogados laboralista que conozco no cobran las consultas a los trabajadores. Muchas veces si.... -"Pirula, mandá el telegrama de renuncia y del correo venite a la oficina que te pagamos todo, en efectivo y con billetes nuevos y numeración correlativa. No te extrañe que te digan... -Piruuuula, no sabes lo que nos pasó, asaltaron al cadete que venia con toda tu platita, pero no te preocupes, confiá en nosotros que mañana te llamamos para que vengas a cobrar... Eso si, venite con 3 jubilados hinchas de Yupanqui, y que tengan domicilio en la Antártida Argentina Base Marambio eh? Con eso, cobras todo lo que te corresponde. PDirula, los reyes son los padres....
7.- El empleador puede cambiar algunas cosas relativas a la relación de trabajo, con mesura y límites. Si trabajas en la sucursal Palermo, puede pasarte a la sucursal Barrio Norte, o Saavedra. Pero si trabajas en la sucursal Villa Domínico, y vivis por zona sur, no puede decirte... -Pirula querida, a partir de mañana pasas a trabajar en la Sucursal Zárate - Brazo Largo! Pero no te preocupes, es un ascenso, te aumentamos $6,50 por los 4 colectivos, el tren y el sulki que te deja en tu nuevo destino... Vas a ver lo bien que vas a estar allá! Eso se llama ejercicio abusivo del jus variandi. El nombre es raro, vieron que en derecho gustan muchos las palabras en latín para parecer que tenemos "curtura". Pero no puede cambiarse tanto una relación de trabajo. Lo mismo para con el horario, salvo razones concretas, y fundamentadas, no se le puede decir a la buena de Pirula: -Pirula mi amor, mañana trabajas de 20 a 4 a.m. Y no te hagas problema, a esa hora, cuando pases por Fuerte Apache, es mas tranquilo que un geriátrico de Santiago del Estero a la hora de la siesta. Lo mismo ocurre si te quieren cambiar el horario, y vos en ese horario ya tenés otra actividad como por ejemplo, estudiar. En ese caso no puede decirte.. -Piru mi amorosa, largá esa carrera de diseño gráfico que no tiene futuro y vení a trabajar con nosotros, en vez de estudiar.
8.- El jefe, empleador, o los superiores no pueden maltratar, acosar, menospreciar o disminuir al trabajador. Esa regla es básica y se puede configurar un despido si ese maltrato se puede prueba en un juicio. Se deben dirigir a nosotros con corrección y respeto. Jamas podría puede pedir a un trabajador que haga algo inmoral, o delictivo. Si tu jefe es un baboso que te mira con mirada libidinosa, o te tira indirectas,o te mete mano, podes comunicar eso a su superior y que esa inconducta termine. Si no hay un superior, hay que mandarle un telegrama para que termine ese acoso, y si no termina, considerarse despedido.
9.- Personalmente, les aconsejo que GUARDEN los recibos de sueldo, y toda documentación, papel, papelito o post it que tengan del trabajo, ya que el mismo puede ser usado el dia de mañana como prueba en un juicio. Una nota escrita por tu jefe a mano, puede probar una relación de trabajo. Para eso hay en Tribunales Peritos Calígrafos. Tuve un caso donde un empleado probó que trabajaba para una empresa, por que aparecía en los folletos de propaganda de las ambulancias. Asi que... A guardar!!!
10.- Controlen en AFIP o donde sea que el jefe realmente pague los aportes y contribuciones que corresponden. No es tan dificil de comprobarlo, y en algunos casos se pueden controlar desde Internet. Cuando terminen una relación de trabajo, Ya sea por que renunciaron o por despido PIDAN el Certificado del Art. 80 LCT. Es una hoja donde la empresa acredita el pago de los aportes y contribuciones durante toda la relación laboral. Si nunca lo pidieron en sus trabajos anteriores, empiecen a pedirlo ahora mismo. Por que? El día de mañana, cuando se quieran jubilar, con ese formulario el trámite jubilatorio es muchisimo mas rápido. Es mas, que pasa si una empresa donde trabajamos antes e hicimos los aportes, quiebra y no hay como conseguir este certificado? No se asusten, seguramente se podrán jubilar igual, pero el trámite tarda muchisimo mas. Es facil, llamen por telefono a sus ex laburos, pidan con la oficina de personal y díganle: Soy Pirula, yo trabaje ahi de 1988 a 2007, quiero que me hagan el certificado de aportes y contribuciones que reglamenta el art. 80 LCT. Es obligatorio para las empresas entragarlo.
11.- Ya que no a todos se lo cumplen, les comento que las vacaciones se pagan un poquito mas -en plata- de lo que ganamos el resto del año. La cuenta no es dificil, si Pirula gana $ 2.500 por mes, ella está ganando $ 83,33 por día. (2.500 dividido 30). Ahora los dias de vacaciones se pagan el sueldo dividido 25 X los dias de vacaciones.O sea, en el caso de pirula, ella por cada dia de vacaciones le deberían pagar, $ 100 X los dias que se tome de vacaciones. No digo que sea una dinero como para dar la seña para el crucero por el Mar Tirreno, pero es plata suya, que les corresponde.
Bueno, es todo por ahora, después seguiré con mas.
No tengo ningun afán de hacerme publicidad propia, solo quise poner por escrito y en un intento de ser claro, los errores mas comunes que veo que hacen los trabajadores. Errores que pueden perjudicarlos muchísimo por eso mis ganas de que se eviten.
Traté de escribirlo medianamente divertido, ya que asi se entiende mejor.
Defiendan sus derechos, no sean como Pirula.
Comenten, cuestionen, denuesten, vituperen y cualquir duda que no se entienda, intentaré leer los comentarios seguido para responderlos. Si alguien necesita aclarar alguna duda, comenten o manden mensaje privado, que no se bien como funciona, pero cuando llegue uno me daré cuenta.
Por supuesto, algun dia quiero ser Full User, je,
Saludos
EternautA

