acufigu
Usuario (Argentina)
Hola gente, les quiero volcar estos conocimientos ya que trabajo en el tema y me gustaria que todos tengan información clara y precisa para evitar los "tan siempre" existentes chicanas cuando arranca a laburar alguien. La idea es tener una noción exacta de saber si una persona esta bien administrativamente incorporada a una empresa o no, cuando arranca a trabajar. EL ALTA TEMPRANA: El alta temprana es un documento generado por el empleador o quien este designe, que demuestra la correcta incorporación de un empleado a la nomina de la empresa. La misma se genera desde el usuario, con clave fiscal del empleador y lo puede hacer un estudio contable o un dpto de RRHH generalmente, en otros casos en empresas chicas, es el mismo dueño quien puede hacerla, siempre y cuando tenga información y conocimientos para ello. En este modelo, puse un alta temprana tipica, que sale por duplicado y una copia firmada por el empleador debe poseer el nuevo empleado y la otra, firmada por el empleado, es el corazón de su legajo en la empresa. Este documento es el principal dentro de cualquier legajo desde que se aplico en el año 2002 con significativas mejorías Para tener en cuenta los datos del alta, deberemos mirar la fecha de ingreso que nos pusieron, si tengo cobertura de ART, si mis datos son correctos, y algo a tener muy en cuenta es la "modalidad de contrato" que tengo Las modalidades de contratacion de ARIP, determinan en algunos casos si la contratacion es por tiempo definido o indefinido, si es por tiempo completo o parcial, o si la misma acarrea beneficios de seguridad social. En este ejemplo vemos que tiene la modalidad 201. La modalidad 201 es como la 8 (a tiempo completo indeterminado) con reducción de cargas sociales durante el primer año (50%) y segundo año (25%). Es un beneficio que tienen aquelllas empresas que a noviembre 2011 aumentan su plantilla de personal (según ultimo decreto de prorroga) Otras modalidades que podemos encontrar son la 10 y 27 para pasantias, que deberán acompañarse por un contrato individual entre el alumno y la empresa y un convenio marco entre la universidad y la empresa.... Sin esto no es posible tomar pasantes. Para el personal de limpieza o bien administrativos u otras actividades de menos jornada, se utiliza tanto la modalidad 1 (a tº parcial indeterminado) o alguna modalidad de contratación a plazo fijo, que podremos verla tambien dado que en el alta temprana, figurara indefectiblemente una fecha de cese. Hoy en dia el alta temprana hace que toda esa informacion sea derivada a los distintos organismos que la utilizan para distintos fines: Se pone la remuneracion asignada para controlar que el sueldo basico corresponda con el convenio elegido, se pone la actividad para determinar los tipos de riesgos expuestos para la Superintendencia de ART, se pone el establecimiento para que la ART sepa donde trabaja, se cargan (opcional) el grupo familiar para que anses pague en caso de corresponder las Asignaciones Familiares. EN RESUMEN, EL ALTA TEMPRANA ES LO QUE PRIMERO DEBEMOS PEDIR CUANDO EMPEZAMOS A TRABAJAR. Con la excuza, quiza, de que la misma es solicitada siempre, cuando la persona se registra en la Obra Social. OBRA SOCIAL: Cuando nos dan el alta, pueden ocurrir dos cosas, primero puede aparecer ya definida la obra social de esa persona, por lo cual el empleador se la deberá dejar, y no puede cambiarla. Esto se debe a que este empleado quiza en un momento anterior, realizo una opcion de cambio de OS. Esta opcion de cambio prevalece por sobre todo, y si el empleador sin querer envia sus aportes a cualquier otra OS, automaticamente este importe ira donde corresponda. Es importante aclarar que si bien los aportes van a la misma OS cuando uno se cambia de trabajo, se deberá completar un formulario de continuidad en la Superintendencia de Salud,,dado que cuando se comienza a recibir aportes de otro CUIT (otra empresa), el sistema no lo registra. Segundo, el casillero puede aparecer en blanco, por lo cual el empleador va a ponerte la OS de convenio según su actividad, por ejemplo un camionero le ponen OSCHOCA, a un comercio OSECAC, a un mecánico OSMATA, etc..... y la misma se activara en la Superintendencia de Salud, y figurara de alta por DDJJ, es decir, la persona tiene esa OS porque es la que esta presentando el empleador. Para saber donde estas, solo basta con ingresar a la pagina sssalud.gov.ar, en consultas e informes online y seleccionar el boton "padrón de opciones" Aca vas a ver en que obra social estas, si te cambiaste o no, si esta activa, etc. asimismo en "padron de Obras Sociales" podras ver tu situacion. Cabe aclarar que vos podes estar aportando a la OS durante años, pero si no vas hasta la OS a tramitar el/los carnet, no te dan cobertura (podes hacerles un quilombo terrible si no te atienden) pero es mejor esvitar problemas y generar los carnet correspondientes. RECIBO DE HABERES, APORTES, ETC: Básicamente para saber si estas en blanco, basta con que el empleador te entregue un recibo oficial. Oficial para estos casos significa que figure el empleador, cuit, cuil del empleado, categoría, etc, etc. Un empleador que tenga un empleado en negro jamas entregara recibo oficial, porque estaría entregando prueba para un futuro quilombo. Sin embargo, el empleador puede entregarte el recibo pero no pagar las cargas sociales, vos nunca te enteras, porque el problema es entre la empresa y la AFIP, pero te puede perjudicar, dado que si la OS no recibe la contribución, te pueden dar de baja, no tendrías ART al no pagarse, e incluso no se estaría pagando seguro de vida, por lo que estarías en medio de una guerra con un escudo de goma eva....... Para fijarnos como va la cosa, nos podemos fijar en AFIP, en el sector "mis aportes" y realizar una consulta básica: Lo bueno de esto es que nos podemos fijar cuando queremos, esta siempre actualizado y también podemos hacerselo a cualquier persona, dado que son datos libres. En caso de queres averiguar sobre mas periodos en el pasado, no queda otra opcion que ir a ANSES a solicitar un Historial Laboral para corroborar esto. Los resultados son básicos pero determinantes, pudiendo saber si se presento la Declaración Jurada (se llama formulario 931 donde se paga todo lo que te descuentan del sueldo mas las contribuciones patronales, sin contar el pago sindical u otros items) LEGAJO EN LA EMPRESA: Toda persona debe tener un legajo, el cual contiene la información personal y familiar, mas una serie de documentación requerida en la empresa y/o por instituciones que la solicitan en distintas inspecciones. Generalmente los legajos contienen una hoja personal con toda la información de la persona, datos laborales, datos bancarios, datos tanto sensibles como no sensibles. Asimismo es obligación de toda empresa, desde que existe el SUAF (sistema por el cual se pagan las asignaciones a través de anses y no mas a través del recibo de sueldo) tener firmado una carta y un cuadro donde se explica que es el SUAF y cada asignación familiar, como así también que es lo que debe presentar en caso de que tenga xxx asignación para cobrar (documentación requerida para cada caso) Algunas empresas, y esta muy bueno hacerlo, confeccionan un formulario especial donde el empleado dibuja la manzana y calles donde vive, determinando una declaracion jurada de domicilio. Esto sirve tanto para los accidentes in itinere (accidentes de trabajo fuera del lugar de trabajo, o en el trayecto entre el trabajo a su casa o viceversa) porque se prueba para la ART, o bien para cuando una persona alega no recibir alguna carta documento siendo que se mando a ese domicilio, registrado por el. Otros elementos comunes de todo legajo son, la documentación del grupo familiar y otros que se incorporan con el tiempo, como son, los recibos de haberes, cambios de OS, certificados médicos, etc. AFILIACIONES AL SINDICATO: En muchas empresas puede ocurrir que te afilien de una sin siquiera preguntarte. En otras, que creo que son la mayoria, te encuadran dentro del sindicato de la actividad pero pagando solo el aportes solidario obligatorio. El otro aporte, el cual no es compulsivo ni obligatorio, corresponde a la cuota sindical. Es importantisimo saber que es la caja principal del los sindicatos y que un empleado esta en todo su derecho de decir no. Últimamente he visto que muchos sindicatos cuando ven un empleado nuevo o aprovechando que esta llenando los papeles de la OS como dijimos mas arriba, le hacen firmar la afiliación al sindicato y uno recién se entera de esto, cuando cobra menos....... Y lo pero de todo es que no hay vuelta atrás, podes desafiliarte, pero es otro tramite mas que tenes que hacer. Algunos otros, los llamados "empleados quilomberos" o "sin confianza en si mismos" Se afilian porque estiman que tienen mas seguridad estando afiliado a no estarlo, pero principalmente es porque en un futuro próximo y si la ley lo permite se presentara como delegado, asi tenga un rol mas político dentro de la organización. La realidad a todo esto es que un gremio debe defender los derechos de los trabajadores de su actividad y no es necesario estar afiliado para que lo hagan, pero si estas afiliado le ponen mas garra......Otros empleados, mas conservadores y prolijos, se afilian porque en la mayoría de los casos, estar afiliado es bueno para tener grandes descuentos en hoteles durante vacaciones, reintegros en medicamentos de la OS, reitegros en alquileres de salones, entrega de guardapolvos y útiles a principio de año, etc. PERO REPITO: CADA UNO ES LIBRE DE ESA ACCIÓN. Espero que les haya sido util, luego voy a armar algo de Ganancias de 4ta categoría dado que ahora andamos con ese lio. Saludos a todos!!!!
Hola taringueros, como siempre estoy leyendo y recibiendo informacion respecto a la administracion de personal, recibi el dia de hoy un informe de eleve (Aplicacion tributaria) que trae noticias de todo tipo y mas precisamente en materia laboral de forma muy ordenada, es por eso que la comparto con ustedes.De mas esta decir que cualquier duda que tengan al respecto sobre este tema, o cualquiera de sueldos, aguinaldos, vacaciones, modalidades de contrato, altas, bajas, indemnizaciones etc etc etc, me puden escribir. Saludos a todos!!!¿Qué sueldo se toma para liquidar el aguinaldo?Para liquidar el aguinaldo se debe tomar el 50% de la mayor remuneración devengada por todo concepto dentro del primer semestre, así lo establece el artículo 3º del Decreto Nº 1078/84.¿Cuales son los rubros que se incluyen para tomar la mejor remuneración?Estos rubros son: Sueldo bruto, comisiones, horas extras, a cuenta futuros aumentos, viáticos, premio asistencia, premio puntualidad, etc.¿Qué rubros no se deben incluir?Estos rubros son: asignaciones familiares, beneficios sociales, viáticos pagados contra comprobantes de gastos, rubros no remunerativos.¿En el caso de la licencia por maternidad corresponde pagar aguinaldo?En el caso que la trabajadora estuvo dentro del semestre con la licencia por maternidad, esos meses no devengan aguinaldo. La liquidación es proporcional a los meses que efectivamente trabajo la empleada.¿Cuándo un trabajador estuvo con licencia por enfermedad corresponde pagar sueldo anual complementario?Corresponde abonarle el sueldo anual complementario, por que la licencia por enfermedad se considera tiempo trabajado, ya que el trabajador percibió remuneración, de acuerdo a lo establecido en el articulo 208 de la ley de contrato de trabajo.¿Qué sucede cuando el trabajador se encuentra en guarda de puesto?En este caso no devenga aguinaldo, dado que el trabajador no presta servicios, es la misma situación que la licencia sin goce de haberes.¿Cómo sería el cálculo de un trabajador cuya mejor remuneración en el semestre fue $5489 y trabajo todo el semestre?El cálculo para liquidar el sueldo anual complementario seria $5489/2= $2744,50 recordemos que este importe esta sujeto a aportes y contribuciones.¿Qué sucede si ese mismo trabajador ingresó a trabajar el 16 de agosto de 2011 y tengo que liquidarle el aguinaldo proporcional?En ese caso la liquidación del aguinaldo seria proporcional a los meses trabajados, el cálculo sería: $5489 / 2 = $2244,5 / 184 * 138 = $2058.37, este importe esta sujeto a aportes y contribuciones.¿Afecta el Sueldo Anual Complementario el Tope establecido en el Art. 9 de la Ley 24.241?Lo afecta, en este caso el aguinaldo sería:Jubilación: tope para los aportes de $16.213,72, en caso del aguinaldo topea por separado $8.106,86.¿Es obligatorio el pago del primer aguinaldo el 31 de diciembre de 2011?La ley establece como fecha de limite el último día del mes de junio, pero la expresión de la jurisprudencia esta mas comprometida con la realidad, así lo expresa la Cámara del Trabajo de la capital, Sala X, cuando dictaminó que “el juego armónico de las disposiciones de los artículos 122 y 128 de la ley de contrato de trabajo determina que no resulta extemporáneo el pago del “aguinaldo” dentro de los cuatro días hábiles posteriores al vencimiento de cada uno de los semestres del año. (CNAT, Sala X, 30/9/99, DT, 2000-B-1850).Sueldo Anual Complementario para Empleados de comercioEl último acuerdo salarial homologado por la Resolución ST 785/2011 para los trabajadores encuadrados bajo el Convenio Colectivo 130/75 estableció que las asignaciones no remunerativas pactadas por los distintos acuerdos salariales vigentes devengaran sueldo anual complementario.Ej. Auxiliar Especializado A antigüedad 5 añosSueldo Rem $3092,65 Antigüedad 1% por año trabajado, ($3092,65 * 5% = $154,63) Presentismo (($3092,65 + $154,63) * 0.0833 = $270,50) Sueldo Bruto Remunerativo $3517,78 SAC Remunerativo ($3517,78 / 2) $1758,89Retenciones (11% Jubilación, 3 ley 19032, 3 Obra social, 2 SEC, 0,50% Faecys)Sueldo ANR $927,80 Presentismo ($927,80 * 0.0833 = $77,28) Total ANR Brutas $1005,08 SAC ANR (1005,08 / 2) $502,54 Retenciones (3% Obra social Osecac, 2 SEC, 0,50% Faecys)
Cuando una persona comienza a trabajar en una empresa, esta le da el alta como empleado y debe asignarle a la persona una Obra Social.Aquí pueden ocurrir dos cosas, que la persona no tenga ninguna Obra Social, entonces se deberá asignar la Obra Social de Convenio de la Empresa o bien esta persona puede ya tener una Obra Social ya asignada, porque en algún momento opto por cambiarse en algún otro empleo a otra obra social (a esto se le llama Opción) y la empresa debe dejarle esa misma os.Para poder utilizar los servicios de esta obra social la persona deberá hacer la afiliación, es decir acreditar toda la documentación correspondiente personal y de su grupo familiar directo para hacerse poseedor de los carnet respectivos. La empresa también posee servicios especiales con algún tipo de descuento con distintas prepagas. Una Prepaga es un servicio de Medicina Privada, que actúa de forma similar a las prestaciones de las obras Sociales, pero con mas Beneficios en cuanto a cartilla, atención, etc. Cuando un empleado quiere afiliarse a una prepaga, la prepaga le hace una Opción (cambio de os.) a una os. Sindical que actúa como puente de sus aportes, es decir, que los pasa a la os. Xxx, esta recibirá los aportes mes a mes y esta se los pasara a la prepaga. Por ejemplo tomemos un caso particular, yo hoy empiezo a trabajar en la empresa y nunca hice un cambio de obra social, entonces la Empresa me pondrá en osecac si fuera un administrativo, auxiliar, etc., o rural si fuera peón, peón especializado, etc. Para poder utilizarla debo ir a la oficina de la Obra Social con mi recibo de sueldo y mi DNI, mas DNI de mi mujer, partida de matrimonio o concubinato y DNI y certificado de nacimiento de mis hijos. La obra social recepcionara todo y demorara unos días para entregarme los carnet.Si el día de mañana me quiero cambiar a una prepaga, porque un vendedor me ofreció y el precio me pareció considerado, entonces este vendedor lo primero que hará es cambiarme de obra social a una que actué de puente con ellos. También me pedirá que acredite todos los vínculos familiares ante el con la documentación antes descripta.. Una vez terminado este tramite, deberé esperar 3 meses para comenzar a usar la prepaga (meses de carencia), momento en el cual me llegaran los carnet nuevos y se comenzara a facturar la misma.Por ultimo debemos aclarar que si una persona hizo una opción para pasarse a alguna prepaga o a otra obra social, deberá esperar un año para un nuevo cambio, ya que este es el plazo mínimo que se debe cumplir entre cambio y cambio por la superintendencia de salud.Espero les haya sido de utilidad, seguiré escribiendo sobre todos estos temas....
Hola gente, varias personas e incluso empleados siempre preguntan sobre este tema y aprovecho acá para contarles un poco:En nuestro país existía el sistema compensatorio, que era un sistema donde el empleador pagaba las asig. en el recibo y luego compensaba ese dinero restandolo en el 931 (931 es el form. de afip que se usa para pagar todo lo que te restan del recibo de jubilación, ley 19032, o. social y las contribuciones patronales)Este sistema era muy inestable, ya que producía dos cosas diferentes, uno era que los empleadores les parecía que los que tenían muchos hijos eran empleados mas caros y le tenia que financiar la plata a la afip hasta que el empleador la pueda descontar, y segundo, mucha gente quizá decía que tenia 5 chicos, y se los pagaban, total no había mucho control y la plata de una u otra forma volvia a la empresa.Es por eso que se creo hace ya cerca de 5 años el SUAF, sistema unico de AAFF. Este sistema lo que hace, es que todo el que quiera cobrar, tiene que registrar el grupo familiar en Anses, es por ello que ahora hasta los bebes tiene cuil, porque sino no pueden figurar en la base de anses. Anses teniendo la familia completa procede al pago de lo que corresponda siempre y cuando la persona haya declarado su grupo familiar, este trabajando en blanco, cobre dentro de las escalas de anses su sueldo bruto (hoy a nov 2011 es hasta $5200 bruto) y haya elegido una boca de pago. La boca de pago significa ir a la anses y elegir un banco xxx para cobrar por ventanilla o llevar un CBU del banco donde cobras el sueldo así cobras todo en el mismo lado.Si en la pareja trabajan los dos, anses le va a pagar siempre al sueldo menor, cosa que sea conveniente para el grupo familiar, es por eso que es de suma importancia que los dos abran boca de pago, por mas de que una nunca se utilice porque nunca se sabe si un empleador se equivoca en una declaración jurada y te hace perder dos meses de tiempo hasta que se acomoden las cosas....Ahora bien, luego de este muy prolijo sistema llamado SUAF, se creo el año pasado la asignación universal por hijo y se extendió a los embarazos, queriendo asimilarla a la asignación por prenatal que cobran los que trabajan en blanco. Esta asignación es para aquellas personas que no tiene cruce de declaraciones juradas, es decir, no labura ni el padre ni la madre.... la cuestión es que se pagan y se renuevan anualmente solo si presentan certificados de vacunacion y de alumno regular en la escuela, como incentivo de salud y educación.Cuando un apersona que cobraba la universal comienza a trabajar, se le da de baja de forma automática y deberá reactivarla si es que deja de trabajar en relación de dependencia porque sino no vuelve al sistema anterior por si solo. Este paso de sistemas hoy en dia tiene un desfasaje de alrededor de dos meses, ya que por ejemplo a mediados de noviembre 2011, anses esta pagando las asignaciones familiares, según la remuneración que el empleado tuvo en septiembre 2011, y esta pagando la asign. universal del mes de noviembre, me explico? es por eso que una persona cuando deja de trabajar y venia cobrando todos los meses, lo hará durante dos meses mas, o uno si es que su primer pago por el sistema SUAF se lo hicieron doble.El otro problemilla que surje en estos meses es que anses recien cambio los topes hace solo dos meses, y no los cambiaba desde hace 3 años, siendo que los sueldos en época de inflación subieron en estos 3 años alrededor del 90%. Esto hizo que cuando el gobierno anunciaba aumento en las asignaciones, nunca nadie logro verlo en sus bolsillos, porque si bien aumentaban, vos te cambiabas de escala. El sistema hizo un efecto tipo Impuesto a las ganancias, cobraban 5 pesos mas por un aumento y tenias 50 de impuesto, por lo que al final terminabas cobrando 45 menos....Hoy en dia el sistema esta bueno, a la universal la cambiaría un poco porque estoy notando que una pareja que no trabaja y tiene 3 chicos y algún plan que sea paralelo a la As. Universal, estaría cobrando cerca de 2 mil pesos sin moverse de su casa, y esta haciendo mucho mas difícil la búsqueda de trabajo, changas, etc, porque es mas trabajoso hacer un montón de tramites en anses para cambiar de sistema porque consiguió laburo y tener que esperar 2 meses para cobrar el primer mes de asignación y dar de baja el plan trabajar o similar....que quedarse en su casa haciendo nada cobrando lo mismo.Estas inequeidades son las que a veces hacen explotar el sistema, pero bueno, les quise dar un pantallaso de mi punto de vista de estos sistemas que si bien son paralelos, se contradicen mucho en los aspectos sociales y en las finalidades con las que parece que los crearon.Saludos a todos y a sus ordenes para cualquier tema que quieran saber sobre sueldos, vacaciones, indemnizaciones, aguinaldos, despidos, sanciones, asignaciones, obras sociales, prepagas, entrevistas de trabajo, convenios colectivos de trabajo, horas extras, etc etc etc etc etc...Saludos a todos y gracias por leerme.