Génesis del código de aguas y características:
“El código de aguas fue parido por la dictadura en el año 1981 en una clínica con poca audiencia, en medio del toque de queda y en el mayor de los misterios, el doctor a cargo fue el abogado Jaime Guzmán, quien de inmediato le puso en la cuna del capitalismo entregada a comodato por Mr. Friedman.”
Fue decretado en Santiago el día 13 de agosto de 1981 y fue publicado en el diario oficial el 29 de octubre del mismo año, dado el hecho de que quienes ostentaban el poder suscribían por el neoliberalismo, el código no tenia pues otro destino que ser neoliberal también, otorgando derechos de aguas permanentes a privados nacionales y extranjeros.
Se hace la diferencia entre derechos consuntivos: se pueden “consumir”, no tienen que volver al lecho las aguas y no consuntivos, tienen que volver al lecho las aguas, también en derechos de ejercicio permanente, es decir, todo el año 24 horas del día y eventual, cuando exista excedente en la cuenca pueden usarle, se separa el agua de la tierra, un canal puede pasar por tu propiedad, mas otro puede ser dueño de sus derechos de agua y pedirte “servidumbre” (expropiar) para acceder a su recurso, se reconoce al agua como un bien nacional de uso público y como algo transable, apropiable, si bien en el papel se garantiza el derecho del ciudadano común al recurso en la práctica, no es así (por eso y otras cosa el día de hoy tenemos más de 25 conflictos por el agua*), además se señala que no se deben perjudicar derechos de terceros mas esto es difícil cuando el 90% de las aguas para generación eléctrica están en manos de tres empresas, en caudales en los cuales muchas veces hay mas derechos de agua que estas y tiende a primar la supervivencia de quien tiene más y esto sin contar los perjuicios a comunidades enteras quienes por falta de dinero, por la súper concentración del recurso en manos de estas empresas , la nula protección del Estado tienen el lecho del rio (seco o contaminado) al lado de sus territorios sin poder proveerse de él y deben acceder a camiones aljibes para tener agua (ejemplo de este hecho hoy es Petorca) ....
*Chile sustentable “conflictos por el agua en Chile. Entre los derechos humanos y las reglas del mercado”
“El código de aguas fue parido por la dictadura en el año 1981 en una clínica con poca audiencia, en medio del toque de queda y en el mayor de los misterios, el doctor a cargo fue el abogado Jaime Guzmán, quien de inmediato le puso en la cuna del capitalismo entregada a comodato por Mr. Friedman.”
Fue decretado en Santiago el día 13 de agosto de 1981 y fue publicado en el diario oficial el 29 de octubre del mismo año, dado el hecho de que quienes ostentaban el poder suscribían por el neoliberalismo, el código no tenia pues otro destino que ser neoliberal también, otorgando derechos de aguas permanentes a privados nacionales y extranjeros.
Se hace la diferencia entre derechos consuntivos: se pueden “consumir”, no tienen que volver al lecho las aguas y no consuntivos, tienen que volver al lecho las aguas, también en derechos de ejercicio permanente, es decir, todo el año 24 horas del día y eventual, cuando exista excedente en la cuenca pueden usarle, se separa el agua de la tierra, un canal puede pasar por tu propiedad, mas otro puede ser dueño de sus derechos de agua y pedirte “servidumbre” (expropiar) para acceder a su recurso, se reconoce al agua como un bien nacional de uso público y como algo transable, apropiable, si bien en el papel se garantiza el derecho del ciudadano común al recurso en la práctica, no es así (por eso y otras cosa el día de hoy tenemos más de 25 conflictos por el agua*), además se señala que no se deben perjudicar derechos de terceros mas esto es difícil cuando el 90% de las aguas para generación eléctrica están en manos de tres empresas, en caudales en los cuales muchas veces hay mas derechos de agua que estas y tiende a primar la supervivencia de quien tiene más y esto sin contar los perjuicios a comunidades enteras quienes por falta de dinero, por la súper concentración del recurso en manos de estas empresas , la nula protección del Estado tienen el lecho del rio (seco o contaminado) al lado de sus territorios sin poder proveerse de él y deben acceder a camiones aljibes para tener agua (ejemplo de este hecho hoy es Petorca) ....
*Chile sustentable “conflictos por el agua en Chile. Entre los derechos humanos y las reglas del mercado”