El Gobierno giró el pago a los bonistas. El dinero es para cancelar el vencimiento de deuda del próximo lunes, en favor de los acreedores que participaron del canje de deuda, cabe la posibilidad de que Griesa embargue esos fondos en favor de los Fondos Buitres.
Respuestas sencillas a problema bastante complejo
¿En qué situación queda la Argentina luego de la resolución de la Corte Suprema de Estados Unidos?
Esta decisión pone a la Argentina muy cerca del default técnico porque el 30 de junio debe afrontar un pago de 200 millones de dólares a los bonistas que sí entraron al canje (hold in). Es un pago por un vencimiento del bono Discount. Estos pagos podrían ser hasta embargados por NML, el fondo que controla Paul Singer, dejando algunos títulos sin pagar. ¿Porqué embargados? Justamente porque puede volverse operativo el fallo del Juez Thomas Griesa, que obligó a pagarle a Paul Singer el 100% de lo que reclama, unos 1.330 millones de dólares. Esta situación ubicaría a la Argentina en “default técnico” ya que la suma girada para el pago del bono Discount no alcanzaría para pagar a todos los acreedores.
¿Qué es un default técnico?
El default técnico en este caso se puede presentar de dos formas: 1) que la Argentina deposite los fondos para cancelar los bonos reestructurados en el Bank of New York con el riesgo de que sean embargados, o 2) que evite la plaza neoyorkina y pague en otra (Buenos Aires). En ambos casos se incumplen condiciones de emisión y se cae en default técnico.
¿Cómo se evita el “default técnico”?
El primer paso para evitar el default técnico del 30 de junio sería pedir una reconsideración frente a la Corte de los EE.UU. (que en pocas oportunidades ha tomado estos pedidos en cuenta). El análisis y tratamiento de esta “reconsideración” demoraría aproximadamente 25 días, tiempo en que se mantendría vigente la imposibilidad de embargar a la Argentina, permitiendo al país pasar el vencimiento del 30 de junio sin inconvenientes. Por otra parte, el pago del vencimiento del Discount tiene: “un plazo de 30 días de gracia “, lo que permitiría al gobierno posponer la cercanía de un embargo, aún en caso que la Corte no suspenda la ejecutabilidad de la sentencia por la vía del pedido de reconsideración.
Luego del 30 de junio, ¿cómo se sigue?
Todo indica que Argentina se presentará ante el juzgado de Griesa, manifestando su voluntad de pago, solicitando un plazo razonable para acordar con MNL, el fondo de Singer, De esta manera, mientras se llevan a cabo las negociaciones, podría pedirse al Juez Griesa que mantenga el “Stay” (algo así como un amparo) evitando los embargos; es una medida que Griesa ya dictó en su momento a la espera de este pronunciamiento del máximo tribunal.
También se maneja la idea de máxima de “tratar de extender esa negociación hasta fin de año cuando vence la cláusula Rights Upon Future Offers (RUFO), que da a los bonistas que aceptaron el canje el derecho de beneficiarse con cualquier otra oferta mejor.
Las estrategias en el conflicto se presentan, luego de esta decisión de la Corte, en un escenario mucho más acotado para el gobierno nacional porque Singer ahora sí tiene respaldo legal como para cobrar una suma muy cercana al 100 por ciento que reclama.
¿Se puede ignorar el fallo de la Corte de Estados Unidos?
Si se elige desconocer del fallo planteando la inmunidad soberana, buscando cambiar la jurisdicción de pago para evitar embargos, las consecuencias son difusas, aunque la más probable es que el país continúe por mucho tiempo más sin acceso a los mercados internacionales.
Judicialmente, ¿cuál era la opción más favorable a la Argentina?
Que la Corte aceptara el caso y revisara el fallo de Griesa. Según la estrategia jurídica de nuestro país, “el juzgado (de Griesa) debió atender la decisión mayoritaria de los acreedores y obligar a los demandantes a sostener un acuerdo similar, como sucede en la actividad privada toda vez que se produce un concurso de acreedores. La minoría debe acatar lo que deciden las mayorías”. Vale aclarar que no existen normas internacionales similares a las nacionales en este punto, pero se pensó que la lógica jurídica suponía hacerlas extensivas. Indudablemente el capitalismo salvaje estuvo por encima de la lógica jurídica
¿Cómo se llegó a esta situación?
Nuestro país inició en 2005 una operación para regularizar el tema de la deuda que se hallaba en default, abriendo un canje y se ofreció: quitas, mayores plazos, menores tasas y cambios de moneda (pesos por dólares), propuesta que contó con una aceptación del 74%, atendiéndose los servicios de capital e intereses puntualmente con recursos propios provenientes de nuestro comercio exterior.
En 2010 se volvió a abrir el canje con una oferta similar y nuevos acreedores lo aceptaron. El grado de aceptación llegó al 93%.
El 7 % restante decidió no entrar y una parte inició juicio en los Estados Unidos apuntando a cobrar el 100% del valor nominal de los títulos originales. La tenencia mayoritaria de este segmento corresponde a fondos de inversión que adquirieron los títulos a precios muy bajos. A estos tenedores se los conoce como fondos buitre.
¿Podría haber reclamos de otros bonistas?
En su momento, Griesa dijo que “en este escenario no ocurre una catástrofe, sino que sencillamente ahora Argentina debe sentarse a negociar el pago con NML, afiliado a Elliott Management Corp”. Sin embargo, el principal problema es la cláusula “Pari-Passu” pues de realizarse el pago podría habilitarse reclamos similares de otros bonistas en default, expandiendo el monto total a pagar a aproximadamente 15 mil millones de dólares.
En menos de 500 caracteres, ¿qué es un fondo buitre?
En el lenguaje financiero se llama fondos buitres a las compañías de inversiones en capitales de riesgo. Básicamente, estas empresas adquieren títulos de deuda de gobiernos soberanos cercanos al default. Lo hacen, por lo general, en un rango de un 20% o 30% de su valor nominal y luego se dedican a litigar en los distintos tribunales para cobrar al menos un valor superior.
Orígenes de la Deuda
En dictadura
En un período de sólo siete años, el monto de la deuda se quintuplicó pasando de 7800 millones a 43.600 millones de dólares con nulo crecimiento del PBI.
Martínez de Hoz, cerebro económico de la última dictadura, alentó en un contexto de oferta de créditos a tasas bajas a las grandes empresas a endeudarse en el exterior para luego valorizar esos fondos localmente. Posteriormente, esa deuda se estatizó haciendo cargo de la misma al conjunto de la sociedad argentina.
Década del ’80
A pesar de los desfavorables cambios en el contexto mundial, Argentina debió seguir endeudándose para cubrir los desequilibrios en sus cuentas fiscales y de balanza comercial. En los casi seis años del gobierno de Alfonsín la deuda pasó de 45 mil a 65 mil millones sin una mejora en las variables económicas del país.
La misma situación se vivió prácticamente en toda América latina. La etapa se conoce como década de la crisis de la deuda y empezó con la interrupción de pagos de México en 1982, seguido por Argentina y Brasil (los tres principales deudores).
Nuevo ciclo de endeudamiento
La década del ’90 marcó otro de los ciclos de fuerte endeudamiento sin correlato en la mejorada de los indicadores socioeconómicos. El gobierno de Menem llevó la deuda de 65 mil a 145 mil millones de dólares, triplicando el monto de endeudamiento que pasó de representar el 31 por ciento del PBI al 56 por ciento en el 2001.
Respuestas sencillas a problema bastante complejo
¿En qué situación queda la Argentina luego de la resolución de la Corte Suprema de Estados Unidos?
Esta decisión pone a la Argentina muy cerca del default técnico porque el 30 de junio debe afrontar un pago de 200 millones de dólares a los bonistas que sí entraron al canje (hold in). Es un pago por un vencimiento del bono Discount. Estos pagos podrían ser hasta embargados por NML, el fondo que controla Paul Singer, dejando algunos títulos sin pagar. ¿Porqué embargados? Justamente porque puede volverse operativo el fallo del Juez Thomas Griesa, que obligó a pagarle a Paul Singer el 100% de lo que reclama, unos 1.330 millones de dólares. Esta situación ubicaría a la Argentina en “default técnico” ya que la suma girada para el pago del bono Discount no alcanzaría para pagar a todos los acreedores.
¿Qué es un default técnico?
El default técnico en este caso se puede presentar de dos formas: 1) que la Argentina deposite los fondos para cancelar los bonos reestructurados en el Bank of New York con el riesgo de que sean embargados, o 2) que evite la plaza neoyorkina y pague en otra (Buenos Aires). En ambos casos se incumplen condiciones de emisión y se cae en default técnico.
¿Cómo se evita el “default técnico”?
El primer paso para evitar el default técnico del 30 de junio sería pedir una reconsideración frente a la Corte de los EE.UU. (que en pocas oportunidades ha tomado estos pedidos en cuenta). El análisis y tratamiento de esta “reconsideración” demoraría aproximadamente 25 días, tiempo en que se mantendría vigente la imposibilidad de embargar a la Argentina, permitiendo al país pasar el vencimiento del 30 de junio sin inconvenientes. Por otra parte, el pago del vencimiento del Discount tiene: “un plazo de 30 días de gracia “, lo que permitiría al gobierno posponer la cercanía de un embargo, aún en caso que la Corte no suspenda la ejecutabilidad de la sentencia por la vía del pedido de reconsideración.
Luego del 30 de junio, ¿cómo se sigue?
Todo indica que Argentina se presentará ante el juzgado de Griesa, manifestando su voluntad de pago, solicitando un plazo razonable para acordar con MNL, el fondo de Singer, De esta manera, mientras se llevan a cabo las negociaciones, podría pedirse al Juez Griesa que mantenga el “Stay” (algo así como un amparo) evitando los embargos; es una medida que Griesa ya dictó en su momento a la espera de este pronunciamiento del máximo tribunal.
También se maneja la idea de máxima de “tratar de extender esa negociación hasta fin de año cuando vence la cláusula Rights Upon Future Offers (RUFO), que da a los bonistas que aceptaron el canje el derecho de beneficiarse con cualquier otra oferta mejor.
Las estrategias en el conflicto se presentan, luego de esta decisión de la Corte, en un escenario mucho más acotado para el gobierno nacional porque Singer ahora sí tiene respaldo legal como para cobrar una suma muy cercana al 100 por ciento que reclama.
¿Se puede ignorar el fallo de la Corte de Estados Unidos?
Si se elige desconocer del fallo planteando la inmunidad soberana, buscando cambiar la jurisdicción de pago para evitar embargos, las consecuencias son difusas, aunque la más probable es que el país continúe por mucho tiempo más sin acceso a los mercados internacionales.
Judicialmente, ¿cuál era la opción más favorable a la Argentina?
Que la Corte aceptara el caso y revisara el fallo de Griesa. Según la estrategia jurídica de nuestro país, “el juzgado (de Griesa) debió atender la decisión mayoritaria de los acreedores y obligar a los demandantes a sostener un acuerdo similar, como sucede en la actividad privada toda vez que se produce un concurso de acreedores. La minoría debe acatar lo que deciden las mayorías”. Vale aclarar que no existen normas internacionales similares a las nacionales en este punto, pero se pensó que la lógica jurídica suponía hacerlas extensivas. Indudablemente el capitalismo salvaje estuvo por encima de la lógica jurídica
¿Cómo se llegó a esta situación?
Nuestro país inició en 2005 una operación para regularizar el tema de la deuda que se hallaba en default, abriendo un canje y se ofreció: quitas, mayores plazos, menores tasas y cambios de moneda (pesos por dólares), propuesta que contó con una aceptación del 74%, atendiéndose los servicios de capital e intereses puntualmente con recursos propios provenientes de nuestro comercio exterior.
En 2010 se volvió a abrir el canje con una oferta similar y nuevos acreedores lo aceptaron. El grado de aceptación llegó al 93%.
El 7 % restante decidió no entrar y una parte inició juicio en los Estados Unidos apuntando a cobrar el 100% del valor nominal de los títulos originales. La tenencia mayoritaria de este segmento corresponde a fondos de inversión que adquirieron los títulos a precios muy bajos. A estos tenedores se los conoce como fondos buitre.
¿Podría haber reclamos de otros bonistas?
En su momento, Griesa dijo que “en este escenario no ocurre una catástrofe, sino que sencillamente ahora Argentina debe sentarse a negociar el pago con NML, afiliado a Elliott Management Corp”. Sin embargo, el principal problema es la cláusula “Pari-Passu” pues de realizarse el pago podría habilitarse reclamos similares de otros bonistas en default, expandiendo el monto total a pagar a aproximadamente 15 mil millones de dólares.
En menos de 500 caracteres, ¿qué es un fondo buitre?
En el lenguaje financiero se llama fondos buitres a las compañías de inversiones en capitales de riesgo. Básicamente, estas empresas adquieren títulos de deuda de gobiernos soberanos cercanos al default. Lo hacen, por lo general, en un rango de un 20% o 30% de su valor nominal y luego se dedican a litigar en los distintos tribunales para cobrar al menos un valor superior.
Orígenes de la Deuda
En dictadura
En un período de sólo siete años, el monto de la deuda se quintuplicó pasando de 7800 millones a 43.600 millones de dólares con nulo crecimiento del PBI.
Martínez de Hoz, cerebro económico de la última dictadura, alentó en un contexto de oferta de créditos a tasas bajas a las grandes empresas a endeudarse en el exterior para luego valorizar esos fondos localmente. Posteriormente, esa deuda se estatizó haciendo cargo de la misma al conjunto de la sociedad argentina.
Década del ’80
A pesar de los desfavorables cambios en el contexto mundial, Argentina debió seguir endeudándose para cubrir los desequilibrios en sus cuentas fiscales y de balanza comercial. En los casi seis años del gobierno de Alfonsín la deuda pasó de 45 mil a 65 mil millones sin una mejora en las variables económicas del país.
La misma situación se vivió prácticamente en toda América latina. La etapa se conoce como década de la crisis de la deuda y empezó con la interrupción de pagos de México en 1982, seguido por Argentina y Brasil (los tres principales deudores).
Nuevo ciclo de endeudamiento
La década del ’90 marcó otro de los ciclos de fuerte endeudamiento sin correlato en la mejorada de los indicadores socioeconómicos. El gobierno de Menem llevó la deuda de 65 mil a 145 mil millones de dólares, triplicando el monto de endeudamiento que pasó de representar el 31 por ciento del PBI al 56 por ciento en el 2001.