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Impuestos: Guia de Tramites Básicos AFIP y RENTAS (ARBA)

Info8/4/2008
Hola Comunidad de Taringa.
Este es mi primer post, soy un estudiante de Contador Público y les quiero dejar parte de un libro (Índice + el primer capítulo) que me pareció bastante interesante para entender un poco los tramites de AFIP y Rentas (hoy Arba). Proximamente estaré posteando más informacion de impuestos.




GUÍA DE TRÁMITES
BÁSICOS
A.F.I.P. y Rentas
Análisis – Casos Prácticos
ANALÍA SANTOS ROMERO
Editorial: Aplicación Tributaria.

PRÓLOGO
En este último tiempo, la Administración Federal de Ingresos Público,
la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires
(A.R.B.A.) y la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos
(A.G.I.P.) –ex Rentas– dictaron diversas normas que trajeron aparejada
la implementación de nuevos mecanismos y la incorporación de nuevas
herramientas informáticas para llevar a cabo determinados trámites básicos
ante dichos organismos.
Amodo de ejemplo, podemos mencionar que se modificó el procedimiento
para llevar a cabo el alta y la baja de los impuestos y/o regímenes
ante A.F.I.P. y ante Rentas y el modo de solicitud de la Clave Única de
Identificación Tributaria por parte de las personas jurídicas, etcétera.
Por este motivo, surge la necesidad de hacer llegar a los lectores una
nueva edición del libro “Guía de Trámites Básicos”, el cual contempla
los temas ya tratados en la edición anterior –actualizados– a los cuales
se les adicionaron trámites nuevos.
Al igual que en la primera edición, además de presentar los trámites
que deben llevarse a cabo ante la A.F.I.P. y Rentas, el libro contiene el
análisis de la normativa vigente y el desarrollo de casos prácticos al finalizar
cada capítulo.
La obra consta de 22 capítulos, en los cuales desarrollaremos los siguientes
temas:
Capítulo 1: Trámites de Inscripción y Modificación de Datos.
Impuestos en General.
Capítulo 2: Alta en Impuestos y/o Regímenes. Modificación de Datos.
Capítulo 3: Cancelación de la Inscripción.
Capítulo 4: Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.
Solicitud de Inscripción, Modificación de Datos y Baja.
Capítulo 5: Clave Fiscal.
Capítulo 6: Recursos de la Seguridad Social.
Capítulo 7: Altas y Bajas de Trabajadores en Relación de Dependencia.
“Mi Simplificación”.
Capítulo 8: Solicitud de Facturas.
Capítulo 9: Controladores Fiscales. Alta. Baja. Recambio de Memoria
Fiscal.
Capítulo 10: Solicitud de la Clave de Identificación (C.D.I.).
Capítulo 11: Consulta de la Condición Tributaria. Constancia de
Inscripción o de Opción.
Capítulo 12: Reimputación de Pagos.
Capítulo 13: Certificado de Validación de Datos de Importadores
(C.V.D.I.).
Capítulo 14: Tramitación del Certificado Fiscal para Contratar
Capítulo 15: Tramitación del Libre Deuda Previsional F. 522/A.
Capítulo 16: Solicitud de Exclusión Total o Parcial de Regímenes
de Retención, Percepción y/o Pagos a Cuenta.
Capítulo 17: Entidades sin Fines de Lucro. Solicitud de Exención en
el Impuesto a las Ganancias.
Capítulo 18: Transferencia de Inmuebles. Certificados de no Retención.
Impuestos a las Ganancias y a la Transferencia de Inmuebles.
Capítulo 19: Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles.
Capítulo 20: Alta, Baja y Modificación de Datos en el Impuesto sobre
los Ingresos Brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Capítulo 21: Alta, Baja y Modificación de Datos en el Impuesto
sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Buenos Aires
Capítulo 22: Alta, Baja y Modificación de Datos en el Régimen
de Convenio Multilateral
Como autora de este libro, ante todo, quiero agradecer muy especialmente
al presidente de Aplicación Tributaria S. A., Jorge Oscar Barrios,
a la directora editorial, contadora Silvia R. Grenabuena y a Lucas Khouri
por su participación en la diagramación de formularios y pantallas, y a
los demás integrantes de la empresa por confiar en mí y darme la posibilidad
de materializar este trabajo.
Además, hago extensivo mi agradecimiento a todos los lectores que
contribuyeron a que la primera edición de “Guía de Trámites Básicos”,
se haya convertido en un libro de referencia para muchos profesionales.
Por último, y de ninguna manera por eso menos importante, un agradecimiento
muy especial a toda mi familia y seres queridos por el apoyo
incondicional que me brindaron y siguen ofreciendo en mi desempeño
profesional.
Es mi deseo, y el de la editorial, que el presente libro se constituya,
como su título lo indica, en una verdadera guía para profesionales y estudiantes
de ciencias económicas.
Tanto la editorial como la autora estamos abiertos a las sugerencias y
comentarios de nuestros lectores. Agradeceremos las inquietudes enviadas
a [email protected], porque ellas nos ayudarán a seguir creciendo
para mejorar nuestras futuras publicaciones.
Analía Santos Romero

CAPÍTULO 1
Solicitud de la Clave
Única de Identificación
Tributaria (C.U.I.T.)
1. PERSONAS FÍSICAS Y SUCESIONES INDIVISAS
1.1. Normativa aplicable
Las personas de existencia visible, las sucesiones indivisas y demás
responsables, a los efectos de solicitar la Clave Única de Identificación
Tributaria (C.U.I.T.), así como la modificación de datos, deberán seguir
el procedimiento establecido por la Resolución General Nº 10 (A.F.I.P.)
(B.O. del 25/08/97).
1.2. Formularios a presentar
La solicitud de la Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.)
se efectúa utilizando el formulario de declaración jurada F. 460/F.
Dicho formulario deberán ser acompañado con el formulario de declaración
jurada F. 561 en los siguientes casos:
a) Personas físicas y sucesiones indivisas: Cuando posean sucursales
u otros establecimientos afectados a la actividad.
b) Responsables de impuestos internos nacionales: Cuando posean
más de un local afectado al establecimiento o elaboración de productos
gravados, en cuyo caso deberá cubrirse un F. 561 por cada
rubro de inscripción.
Los citados formularios deberán contener la certificación de la firma
del titular, responsable o persona autorizada.
Para poder solicitar la inscripción ante el Organismo Fiscal es necesario
ser mayor de veintiún (21) años, caso contrario, el menor deberá
estar emancipado, ya sea por matrimonio omediante autorización de los
padres ante juez de paz.
1.3. Elementos a presentar
El formularios de declaración jurada F. 460/F será acompañado por
los siguientes elementos, según el tipo de sujeto de que se trate:
a) Personas de existencia visible:
1) Argentinos, nativos o naturalizados: Fotocopia del Documento
Nacional de Identidad (D.N.I.), Libreta Cívica (L.C.)
o Libreta de Enrolamiento (L.E.).
2) Extranjeros que no posean Documento Nacional de Identidad
(D.N.I.): Se deberá presentar alguno de los siguientes elementos
donde conste el carácter de su residencia:
• Fotocopia de la Cédula de Identidad (C.I.).
• Fotocopia del certificado o comprobante que acredite el
número de expediente asignado por la Dirección Nacional
de Migraciones.
3) Directores de sociedades anónimas no residentes en el país
que no posean Cédula de Identidad (C.I.) ni fotocopia del certificado
o comprobante que acredite el número de expediente
asignado por la Dirección Nacional de Migraciones:
• Fotocopia del pasaporte.
Las personas físicas graduadas en Universidad Nacional o en una
Universidad Provincial o privada autorizada para funcionar por el
Poder Ejecutivo, o que tengan habilitación legal especial para el
ejercicio de profesión universitaria reglamentada, además de los
elementos detallados precedentemente deberán acompañar:
Fotocopia de la constancia de la matrícula, o
Fotocopia del título habilitante, en el supuesto de que el ejercicio
de la profesión no requiera matriculación.
b) Sucesiones indivisas:
Fotocopia del testimonio judicial de la designación del administrador.
Fotocopia del acta de defunción del causante.
Si el causante hubiese incumplido con su obligación de inscripción,
se le dará de alta a la sucesión indivisa, en función de los
datos filiatorios del mismo.
Si el causante se encontraba inscripto se debe presentar el formulario
de declaración jurada F. 460/F con “Modificación de datos”,
informando la fecha de fallecimiento. De esta manera, se le
da de alta a la sucesión indivisa (continuadora de la figura del
causante), la cual mantendrá el mismo número de Clave Única de
Identificación Tributaria (C.U.I.T.) de la persona física y se denominará
“Juan Pérez Sucesión Indivisa”.
Cabe aclarar que en la actualidad, cuando fallece una persona
que se encontraba inscripta ente la Administración Federal de
Ingresos Públicos, al tomar conocimiento de dicha circunstancia,
el Organismo Fiscal procede a dar en forma automática el alta a
la sucesión. Dicha situación puede ser verificada al consultar a
través de la página de internet de la Administración Federal de
Ingresos Públicos la respectiva “Constancia de inscripción o de
opción”.
c) Representaciones diplomáticas:
Fotocopia del certificado que acredite la representación diplomática
extendida por el Ministerio de Relaciones Exteriores,
Comercio Internacional y Culto.
d) Responsables sustitutos del impuesto sobre los bienes personales:
Elementos que correspondan de conformidad con lo detallado
precedentemente.
Nota en carácter de declaración jurada, por duplicado, en la
que se consignarán los siguientes datos:
a) Del responsable sustituto:
• Apellido y nombres o denominación.
• Domicilio.
• Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).
• Carácter que reviste.
b) De los titulares de los bienes gravados domiciliados en el
exterior:
• Apellido y nombres o denominación.
• Domicilio (país, provincia o estado, ciudad, calle, etcétera).
1.4. Acreditación del domicilio fiscal
En oportunidad de efectuar la solicitud de la Clave Única de Identificación
Tributaria (C.U.I.T.), además de la documentación a presentar,
según el tipo de sujeto de que se trate, deberá indicarse en el Rubro 3 del
formulario de declaración jurada F. 460/F el domicilio fiscal que resulte
procedente, de conformidad con lo establecido en el artículo 3º de la Ley
Nº 11.683 (Ley de Procedimientos Fiscales) y en la Resolución General
Nº 2109 (A.F.I.P.) (B.O. del 14/08/2006).
Asimismo, los contribuyentes y responsables deberán denunciar en
el citado formulario su domicilio real.
Según lo prescripto por las normas citadas precedentemente, el domicilio
fiscal de los contribuyentes es el real o el legal, legislado por el
Código Civil.
Para las personas físicas, cuando el domicilio real no coincida con el
lugar donde esté situada la dirección, administración o explotación principal
y efectiva de sus actividades, este último será el domicilio fiscal.
Consecuentemente, el domicilio fiscal de las personas de existencia vi-
sible será el lugar en el cual desarrollen efectivamente su actividad, es
decir el domicilio comercial.
En el supuesto de que la actividad no se lleve a cabo en establecimientos
o locales fijos, o se realice en relación de dependencia, se considera
como domicilio fiscal el domicilio real del contribuyente o
responsable.
El contribuyente y/o responsable deberá acreditar la existencia y veracidad
del domicilio fiscal denunciado, acompañando como mínimo
dos (2) de los siguientes elementos:
a) Certificado de domicilio expedido por autoridad policial.
b) Acta de constatación notarial.
c) Fotocopia de alguna factura de servicio público a nombre del
contribuyente o responsable.
d) Fotocopia del título de propiedad o contrato de alquiler o de leasing,
del inmueble cuyo domicilio se denuncia.
e) Fotocopia del extracto de una cuenta bancaria o del resumen de
la tarjeta de crédito de la cual sea titular el contribuyente.
f) Fotocopia de la habilitación municipal o autoridad municipal
equivalente, cuando la actividad del contribuyente se realice en
inmuebles que requieran de dicha habilitación.
Las fotocopias de la documentación mencionada precedentemente,
que acompañen al formulario de declaración jurada F. 460/F deberán estar
suscriptas por el contribuyente que solicita la inscripción y certificadas
por escribano público para su exhibición.
Asimismo, en sustitución de las fotocopias certificadas, el contribuyente
podrá exhibir los originales de la documentación respectiva.
La dependencia de la Administración Federal de Ingresos Públicos interviniente,
ante casos especiales o cuando lo justifiquen circunstancias
particulares, podrá requerir y/o aceptar otros elementos o comprobantes
que, a su criterio, acrediten fehacientemente el domicilio fiscal denunciado.
1.5. Lugar de presentación
Los contribuyente o responsables solicitarán su Clave Única de Identificación
Tributaria (C.U.I.T.) ante la dependencia de la Administración
Federal de Ingresos Públicos cuya jurisdicción corresponda al
domicilio fiscal denunciado por los mismos.
En el supuesto de tratarse de la inscripción de directores de sociedades
anónimas no residentes en el país, el trámite respectivo se formalizará en
la dependencia delOrganismo Fiscal cuya jurisdicción corresponda al domicilio
fiscal de la sociedad en la que ejerza la función de director.
1.6. Sujetos autorizados a efectuar la tramitación
La tramitación de la Clave Única de Identificación Tributaria
(C.U.I.T.) puede ser realizada tanto en forma personal como con la intervención
de un tercero.
Si se realiza en forma personal, el contribuyente debe firmar el formulario
de declaración jurada F. 460/F en presencia de un funcionario de la
Administración Federal de Ingresos Públicos, quien actuará como autoridad
certificante o mediante firma certificada.
Si la tramitación la efectúa un tercero, la firma consignada en el formulario
respectivo (F. 460/F) debe estar certificada por policía, por entidad
bancaria o por escribano público.
1.7. Constancia de la presentación
Como constancia de haber presentado el formulario de declaración
jurada F. 460/F, el funcionario actuante entregará al responsable copia
sellada del formulario presentado, con la Clave Única de Identificación
Tributaria (C.U.I.T.) asignada.
1.8. Datos a consignar en el F. 460/F
En el caso de solicitud de la Clave Única de Identificación Tributaria
(C.U.I.T.), el contribuyente y/o responsable deberá completar en el formulario
de declaración jurada F. 460/F los siguientes datos:
Solicitud de inscripción: Se deberá hacer una cruz (x).
Número de dependencia de la Administración Federal de Ingresos
Públicos: Dependiendo del domicilio fiscal del responsable.
Motivo del trámite: Dependiendo del motivo de la inscripción se
deberá hacer una cruz (x) en alguna de las siguientes opciones:
Espontáneo.
Convenio migratorio.
Oficio.
Datos identificatorios:
Fecha de nacimiento.
Fecha de fallecimiento: Este dato debe ser completado en el
supuesto de tratarse de alta de una sucesión indivisa.
Sexo.
Nacionalidad: Argentino o extranjero (se deberá consignar el
país de origen).
Tipo de documento y número.
Tipo de residencia: En el caso de tratarse de la inscripción de
sujetos del exterior se deberá seleccionar el tipo de residencia:
Permanente, transitoria, temporaria o precaria.
Datos referenciales:
Apellido paterno.
Nombres.
Apellido materno.
Apellido de casada.
Domicilio fiscal:
Calle.
Sector, torre, piso, departamento, oficina, local, manzana.
Dato adicional.
Localidad.
Partido / Departamento.
Provincia.
Código postal.
Domicilio real:
Calle.
Sector, torre, piso, departamento, oficina, local, manzana.
Dato adicional.
Localidad.
Partido / Departamento.
Provincia.
Código postal.
Otros datos:
Tipo y número de teléfono.
Dirección de e–mail.
Datos económicos: Se deberá consignar respecto de la actividad
principal y secundaria del contribuyente los siguientes datos:
Denominación.
Código: El código de actividad será el asignado por el nomenclador
de actividades F. 150.
Fecha de inicio: Día, mes y año.
Datos comerciales:
Mes de cierre del ejercicio.
Número de expediente.
Jurisdicción: Localidad y provincia.
Datos tributarios: Se debe completar con los datos relativos a los
impuestos en los cuales se da el alta:1
Denominación.
Código: El código de impuesto puede ser obtenido a través de
la página de internet del Organismo Fiscal.
Fecha de alta: Día – Mes – Año.
Datos de la seguridad social:
Autónomos (personas físicas): Este campo deberá ser cubierto
con la categoría de autónomos correspondiente, según la
actividad desarrollada, de conformidad con lo establecido
por la Resolución General Nº 2217 (A.F.I.P.).2
Empleador: Este campo será completado por el contribuyente
en oportunidad de solicitar el alta como empleador, debiendo
consignar los siguientes datos:
• Tipo de empleador: Común, servicio doméstico, auxiliar.
• Fecha de inicio: Día – Mes – Año.
• Cantidad de personal.

Editorial Aplicación Tributaria http://www.aplicacion.com.ar/
http://www.ele-ve.com.ar/

Estimados: Si tienen alguna observacion con respecto al libro o al post por favor COMENTEN. GRACIAS
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