CapitanPerico, taringuero amigo que se sumó a esta cruzada, me manda un MP con un descubrimiento "Lanatesco".
Ya se hicieron varios posts sobre el tema de las penas por bajar música ilegal.
Ahora estoy en condiciones de afirmar, que lo publicado por la Rolling Stone es una mentira, algo completamente falso que les quita la más mínima credibilidad a sus autores.
En este post está la data:
Esa carta docuemento fue enviada (supongo) un mes antes de la citación. Pongamos dos meses. Seamos más previsores, 3 meses antes de la mediación extrajudicial para el 3/12/2007. Es decir, pongamos septiembre del 2007.
Qué empresa la repartió? GESTION PORTAL S.R.L.
Y...?? Cuál es el problema?
EL PROBLEMA ES QUE ESA EMPRESA "GESTION S.R.L.", NO EXISTÍA AL MOMENTO DEL ENVIO DE ESA CARTA DOCUMENTO.
Y cómo se sabe que no existía?
Por esto:
Resolución 2744/2006-CNC
Bs. As., 23/8/2006
Aplícase a la firma Gestión Postal S.R.L. la sanción de baja del Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales, en virtud de no haber acreditado en tiempo y forma el cumplimiento de sus obligaciones impositivas, previsionales y sociales y los requisitos exigidos por el inciso d) del artículo 11 del Decreto Nº 1187/93, modificado por su similar Nº 115/97, en lo referente a las presentaciones correspondientes al tercer y cuarto trimestre calendario del año 2005. Intímase a Gestión Postal S.R.L. a cesar en forma inmediata la prestación de servicios postales, bajo apercibimiento de la aplicación de la sanción prevista en el artículo 3º de la Resolución Nº 007 CNCT/96. — Ceferino A. Namuncurá
http://www.copitec.org.ar/boletines/boletines/2006/09/BO_120906.htm
Y para tirar las flores sobre este gran hallazgo de CapitanPerico. obsérvese que en enero/2008 se trabó embargo sobre bienes de esta "Gestión Portal S.R.L.":
Les van a rematar hasta las biromes!!
Señores, T!, con el inestimable apoyo de CapitanPerico, y de quien les escribe, Kannend123, por lo antes expuesto, estamos en condiciones de aseverar que la Carta Documento esa es Falsa, que no se le envió a NADIE, que por esa Carta Documento, NADIE arregló ningún pago.
En este caso, lo de Inteligencia Colectiva, dio sus frutos.
NO A LA PIRATERÍA
SI A LA DEFENSA DE NUESTROS DERECHOS A LA INTIMIDAD
Ya se hicieron varios posts sobre el tema de las penas por bajar música ilegal.
Ahora estoy en condiciones de afirmar, que lo publicado por la Rolling Stone es una mentira, algo completamente falso que les quita la más mínima credibilidad a sus autores.
En este post está la data:
Esa carta docuemento fue enviada (supongo) un mes antes de la citación. Pongamos dos meses. Seamos más previsores, 3 meses antes de la mediación extrajudicial para el 3/12/2007. Es decir, pongamos septiembre del 2007.
Qué empresa la repartió? GESTION PORTAL S.R.L.
Y...?? Cuál es el problema?
EL PROBLEMA ES QUE ESA EMPRESA "GESTION S.R.L.", NO EXISTÍA AL MOMENTO DEL ENVIO DE ESA CARTA DOCUMENTO.
Y cómo se sabe que no existía?
Por esto:
Resolución 2744/2006-CNC
Bs. As., 23/8/2006
Aplícase a la firma Gestión Postal S.R.L. la sanción de baja del Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales, en virtud de no haber acreditado en tiempo y forma el cumplimiento de sus obligaciones impositivas, previsionales y sociales y los requisitos exigidos por el inciso d) del artículo 11 del Decreto Nº 1187/93, modificado por su similar Nº 115/97, en lo referente a las presentaciones correspondientes al tercer y cuarto trimestre calendario del año 2005. Intímase a Gestión Postal S.R.L. a cesar en forma inmediata la prestación de servicios postales, bajo apercibimiento de la aplicación de la sanción prevista en el artículo 3º de la Resolución Nº 007 CNCT/96. — Ceferino A. Namuncurá
http://www.copitec.org.ar/boletines/boletines/2006/09/BO_120906.htm
Y para tirar las flores sobre este gran hallazgo de CapitanPerico. obsérvese que en enero/2008 se trabó embargo sobre bienes de esta "Gestión Portal S.R.L.":
Les van a rematar hasta las biromes!!
Señores, T!, con el inestimable apoyo de CapitanPerico, y de quien les escribe, Kannend123, por lo antes expuesto, estamos en condiciones de aseverar que la Carta Documento esa es Falsa, que no se le envió a NADIE, que por esa Carta Documento, NADIE arregló ningún pago.
En este caso, lo de Inteligencia Colectiva, dio sus frutos.
NO A LA PIRATERÍA
SI A LA DEFENSA DE NUESTROS DERECHOS A LA INTIMIDAD