InicioInfoLey de donante presunto, argentina
ACTUALIZADO: agregue un ejemplo y link a lista de espera de órganos para que el lector vea y compare la disponibilidad presunta y la necesidad real de muchas personas. Como suele pasar de vez en cuando, alguien necesita algo difícil de conseguir como lo es un órgano. Muchas veces quien acepto ser donante, no sabe que irónicamente la persona que lo receptará nunca pensó y ni le calentó el tema.. esto dicho muchas veces en cámara por los mismo que solicitan "el órgano"... pero no es la idea de juzgar ya que muchos de los que leen esperemos.. nunca estén en dicha posición. Vamos con la información. Registro Nacional de Expresiones de Voluntad para la Donación La Ley 26.066, modificatoria de la Ley 24.193, es la herramienta legal que otorga a todos los ciudadanos mayores de 18 años el derecho a decidir sobre el destino de sus órganos y tejidos para después de su muerte, tanto para expresar su voluntad afirmativa como de oposición respecto a la donación. El Incucai registra esta voluntad en el módulo 5 del Sistema Nacional de Información de Procuración y Trasplante de la República Argentina (SINTRA), manteniendo carácter confidencial. De no existir manifestación expresa, la ley presume que la persona es donante. En ese caso, en el momento de la muerte, el organismo responsable solicita testimonio a la familia sobre la última voluntad del fallecido. Antes de las modificaciones a la Ley de Trasplantes, se consideraba que los familiares tenían la última palabra sobre la donación de órganos, aún cuando el fallecido hubiera dejado asentada su voluntad de donar. Con la Ley de Donante Presunto cambia el rol de la familia, que pasa de la modalidad de otorgar autorización a la función de dar testimonio sobre la voluntad del fallecido. Algunas características: * Cualquier persona capaz a partir de los 18 años puede asentar su voluntad. * De no existir manifestación expresa, la ley presume que la persona es donante. * La voluntad se expresa con el documento, firmando un acta de expresión. * La expresión de voluntad siempre puede ser revocada por el manifestante. * Es personal, no puede ser cambiada por ninguna persona después la muerte. * El registro de la expresión de voluntad puede consultarse en el sitio del Incucai. fuente de esta sección: http://www.incucai.gov.ar/institucional/lineas_accion/registro_voluntad.jsp Quieres donar órganos? Se puede donar órganos para otra persona o investigación: Así también hay que hacer uno de dos tramites distintos de oposición o acuerdo según quieras o no donar órganos. Manifestación expresa de voluntad para la donación de órganos y tejidos En qué consiste Expresar la voluntad respecto a la donación de órganos es ejercer el derecho que tiene todo ciudadano de dejar asentado su deseo respecto al destino de sus órganos y tejidos para después de su muerte. Es un trámite sencillo y gratuito que puede realizar cualquier persona capaz a partir de los 18 años. Consiste en acercarse personalmente a una dependencia autorizada con el documento de identidad, manifestar la voluntad afirmativa o negativa respecto a la donación y firmar un acta de expresión. El Incucai registra esta voluntad en el Sistema Nacional de Información de Procuración y Trasplante de la República Argentina (SINTRA), manteniendo carácter confidencial. La expresión afirmativa o negativa puede ser revocada en cualquier momento por el propio manifestante, pero no puede ser cambiada por ninguna persona después su muerte. De no existir manifestación expresa, la ley presume que la persona es donante. En ese caso, en el momento de la muerte, el organismo responsable solicita testimonio a la familia su sobre la última voluntad del fallecido. NOTA: Aquí es buena la charla en familia para saber la voluntad de cada uno. Requisitos * Presentar Documento Nacional de Identidad, Cédula, Libreta o Pasaporte. * Ser mayor de 18 años. Cómo se hace Para manifestar en forma expresa la voluntad afirmativa o negativa respecto a la donación de los órganos y tejidos del propio cuerpo, es necesario dejarlo registrado por cualquiera de los siguientes medios: * Firmar un acta de expresión en el Incucai (Ramsay 2250, Ciudad de Buenos Aires), en los Organismos Jurisdiccionales de Ablación e Implante de todo el país, o en la sección Documentación de la Policía Federal. * Asentarlo en el Documento Nacional de Identidad en las oficinas del Registro Civil de todo el país. NOTA: Registro civil hay en casi todos lados... Para expresar oposición a la donación de órganos y tejidos, además de estos canales, se brinda la posibilidad de: * Enviar un telegrama gratuito desde las dependencias del Correo Argentino de todo el país, cuyo texto se provee: “Por la presente notifico, en los términos de la Ley 26.066 modificatorio de la Ley 24.193, mi negativa a donar mis órganos.” En caso de manifestación afirmativa, la persona puede restringir la voluntad a la donación de determinados órganos y/o tejidos y condicionar la finalidad de la donación. Es decir, puede determinar cuáles son los órganos que desea donar y con qué fines –para trasplante o investigación-. Cuando se autoriza la donación de órganos y tejidos con fines de investigación, éstos son destinados a ampliar el conocimiento científico sobre los trasplantes, siempre que exista un estudio en curso. Nota: Quien se manifiestan por cualquiera de estas vías pueden corroborar que su decisión haya quedado asentada en el Registro Nacional de Expresiones de Voluntad para la Donación, a través de la página web del Incucai. ¿Estoy registrado? link: http://donar.incucai.gov.ar/donante_public_search.php Quién puede efectuarlo Es un trámite personal. Toda persona capaz mayor de 18 años puede manifestar en forma expresa su voluntad afirmativa o negativa respecto a la donación de los órganos o tejidos de su propio cuerpo. Tiempo desde la solicitud hasta la entrega En el mismo momento del trámite por el cual se firma un acta de expresión, se entrega una cédula que acredita la manifestación expresa de voluntad para la donación de órganos y tejidos, o bien la manifestación queda asentada en el documento de identidad. NOTA: en caso de no portar documento por que te lo pueden robar.. no está demás que lleves una hoja impresa con datos básicos. nombre y apellido dni grupo sanguineo, factor alergia a medicamentos u otros? toma algún medicamento? tiene alguna enfermedad? donación de órganos? si o no si es si: cual o todos? (si leyeron el post no hace falta explicar esta parte). Teléfono de contacto El trámite realizado mediante el envío de un telegrama para expresar oposición requiere de un lapso de 20 días hábiles para que la cédula que acredita la voluntad llegue al domicilio del manifestante. Dónde se puede realizar * Incucai * Organismos Jurisdiccionales de Ablación e Implante * Policía Federal – Sección Documentación Personal * Registro Civil * Correo Argentino (sólo para manifestar oposición) Consultar horario en cada delegación. Incucai - Ramsay 2250 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires Horario de atención: Lunes a viernes de 8 a 20 horas. Demora estimada: 10 minutos La manifestación expresa de voluntad puede registrarse en puntos de todo el país en las delegaciones mencionadas. La línea telefónica gratuita 0800 555 4628 responde consultas las 24 horas. fuente de esta sección: http://www.incucai.gov.ar/jsp/guiatramites.jsp NOTA: en la fuente de dicha sección también se menciona el tema de "Inscripción como donante voluntario de células progenitoras hematopoyéticas (CPH)". Resumen básico: - todos somos donantes... o no. - si aceptamos donar órganos debe ser de forma expresa o mediante charla con nuestra familia, ya que de no estar en la base de datos o documentación, se les preguntara a ellos cual fue la voluntad antes del hecho que nos lleva a la muerte. - no es por la fuerza, por eso se le pregunta a los familiares sino se encuentra en la base de datos. - de no querer ser donante podes ir a una sucursal de Correo argentino y mandar el telegrama negándote a ser donante, es gratuito. - si bien no todos los médicos realizan la pregunta "su familiar acepto donar sus órganos?" por la simple razón de que no es un momento grato el perder un familiar y tampoco lo es que te revienten a patadas... la pregunta está. - si en algún momento pensaste en donar tus órganos y tus familiares te dijeron que no aceptarían dicho acto.. ahora sabes que con dicha ley tu voluntad se respeta... pero es importante que la dejes asentada en dicha base de datos. - ser donante no quiere decir que el órgano este disponible, quiere decir que hay una persona que acepto donar en caso de siniestro, no quiere decir que se está esperando a que la misma se muera o que la misma tiene que quitarse la vida.. (se actualiza cada hora) 28/09/2011 08:05 AM : 423 personas totales. Abajo agregue el link de cuantos organos se está esperando al día de hoy. Texto de ley: TRASPLANTE DE ORGANOS Y TEJIDOS - Ley 26.066 http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/110000-114999/112375/norma.htm Consulta de donantes reales: (se actualiza cada hora) 28/09/2011 08:05 AM : 423 personas totales. http://www.incucai.gov.ar/donantesReales.do Consulta de gente esperando órganos: http://www.incucai.gov.ar/pacientesEnEspera.do total de órganos esperados (se actualiza cada hora) 28/09/2011 08:05 AM : 6886 Como ejemplo, la persona en desarrollo normal tiene dos riñones quiere decir que si multiplicamos 2 x 423 = 846 riñones EN TEORÍA DISPONIBLES SI A LAS PERSONAS LE OCURRIERA ALGO.. que motive la ablación múltiple, pero aun siendo donante presunto, esperemos que viva muchos años mas. si vemos la tabla de órganos en espera veremos que se necesitan: 5747 riñones. Es por eso que hay listas de espera y listas de emergencia nacional. fuentes: (ver secciones) http://www.incucai.gov.ar http://www.infoleg.gov.ar
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