InicioOfftopicEmpresas multinacionales vs Uruguay
La noticia de una nueva demanda que deberá enfrentar Uruguay en el CIADI nos debe llamar a una reflexión urgente y profunda. Cuando todavía no sabemos qué suerte vamos a correr con la sentencia del juicio que nos planteó Philip Morris por la política de salud pública relacionada con el tabaco, otra empresa transnacional instala un proceso de litigio internacional que condiciona a nuestro país.



La reflexión debe ser acerca de las consecuencias no deseadas de la firma, vigencia y renovación de Tratados de Protección de Inversiones que en la mayoría de los casos fueron suscritos por Uruguay durante la década del 90. Leáse bien, se trata de la vigencia de acuerdos ya firmados, pero en muchos casos, se trata también de la decisión de renovarlos, y de firmar nuevos acuerdos de este tipo. Es decir, la responsabilidad es tanto del Frente Amplio en su rol de fuerza política como en su rol de gobierno nacional.

La posibilidad de que empresas transnacionales muy poderosas se amparen bajo estos instrumentos jurídicos denominados Tratados de Protección de Inversiones, para amenazar con demandas o directamente demandar a países, es un flanco evidente. Más aun para países como el nuestro, pequeños, con poco peso internacional y con fuertes condicionamientos de la economía global.

Sin duda necesitamos captar inversiones. Pero estas no pueden venir a cualquier costo. Si los beneficios que les otorgamos a los inversores se convierten directamente en fuente de demandas, litigios internacionales costosos y sentencias potencialmente más costosas aun, directamente estamos hipotecando nuestras posibilidades de desarrollo.

La cláusula que dispone que los inversionistas pueden plantear demandas ante tribunales internacionales como el CIADI es un resabio colonial. Esto es llamativo, porque usualmente los defensores de este tipo de tratados de inversiones dicen que “se cumplen con los últimos estándares en materia laboral, ambiental y jurídica”. Sin embargo, la cláusula que dispone el Mecanismo de Solución de Controversias Inversor-Estado es un resabio colonial en el entendido de que no se confía en los sistemas de justicia de los países receptores de las inversiones.

Cuando esta joyita del derecho internacional se introdujo en las negociaciones comerciales, los países del sur en muchos casos estaban ingresando al escenario global como naciones soberanas. Lo que se intentaba evitar con ese tipo de cláusulas eran las eventuales nacionalizaciones y expropiaciones sin resarcimiento de las empresas y activos de las potencias coloniales, por parte de los países en vías de desarrollo soberano.

Hoy siguen tan campantes y aparecen en los Tratados de Protección de Inversiones que nuestro país tiene vigentes, pero también en aquellos que nos proponemos negociar en el tiempo presente y futuro. Urge, en este sentido, estudiar más el escenario global de la regulación de inversiones, y las “últimas tendencias” en esta materia. Por ejemplo, estudiar los otros modelos de Tratado de Protección de Inversiones que están siendo promovidos por países como India, Ecuador o Brasil.

Implica estudiar seriamente la propuesta de crear un centro de resolución de controversias a nivel regional. Implica, también, monitorear el estado del debate sobre este tema nada más y nada menos que en la propia Organización de las Naciones Unidas, que creó hace poco tiempo, a impulso de organizaciones de la sociedad civil, un panel internacional para analizar estos “superderechos” de los que gozan los inversores transnacionales y cómo estas asimetrías vulneran derechos sociales, económicos, ambientales, de los pueblos en todo el mundo.

No es casualidad que a nivel regional se esté produciendo una andanada de nuevas demandas y nuevos laudos que se conocen o se avecinan, específicamente contra Colombia, Uruguay, Argentina, Ecuador.

El caso de Philip Morris contra Uruguay es directamente escandaloso, y así lo ha declarado el presidente Vázquez, en el entendido de que una poderosa empresa tabacalera transnacional quiere poner de rodillas a un país pequeño por la aplicación de legislación de salud pública para revertir el daño provocado por el consumo de tabaco. Pero por escandaloso que sea y parezca, esto no ha detenido ni revertido la posibilidad de que Uruguay pierda ese juicio.



El caso de la empresa Philip Morris está ajustado a derecho, porque nosotros mismos firmamos y ratificamos el Tratado de Inversiones con Suiza, que es el instrumento que amparó la demanda de Philip Morris (aunque es una empresa estadounidense). Por escandaloso que parezca, la letra fría del tratado es la que nos tiene ante esta demanda. ¿Qué pasará si tenemos que pagar un laudo multimillonario para resarcir a Philip Morris? ¿Qué políticas sociales deberemos resignar? ¿Por cuánto tiempo podemos sostener el pago de un equipo de abogados internacionales para seguir ejerciendo nuestra defensa en el CIADI? Y la del millón: ¿qué pasará si además de esta demanda, tenemos que enfrentar otras?

Sería directamente un golpe de gracia a las posibilidades de consolidar un proceso de desarrollo con justicia social y soberanía.

Enfrentar nuevas demandas como la que se conoció ahora es lo que hay que evitar a toda costa. Para ello, no hay otro camino que revertir aquellos instrumentos jurídicos que les dan a los inversionistas internacionales la posibilidad de demandar a Uruguay en tribunales internacionales. Revertir los que están instalados en los más de 20 acuerdos de inversiones que tenemos, pero, además, no firmar nuevos acuerdos con este tipo de cláusulas.

Pero, ante todo, tenemos que ser conscientes de que este tema lo tenemos que discutir en todos lados: en los partidos, en la sociedad, en la academia, a nivel de gobierno. Y discutirlo seriamente. No va más la discusión a tapa cerrada. No existen en este tema (como en otros relacionados a negociaciones de comercio e inversiones globales) las fórmulas que solucionen todos los problemas y desafíos que un país como el nuestro tiene por delante. No existe ni se aplica en ninguna parte del mundo poder firmar acuerdos y comerciar con absolutamente todos, porque te tapás los pies o te tapás la cabeza, pero las dos cosas no funcionan.


EL ÚLTIMO CASO


La empresa regional de telecomunicaciones Italba presentó el 24 de marzo una demanda contra el Estado uruguayo ante el Centro Internacional de Arreglo de las Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), según informó este martes el portal especializado Global Arbitration Review (GAR). La empresa, proveedora de servicios de banda ancha satelital, cuestiona la decisión de la Unidad Reguladora de los Servicios de Comunicaciones (Ursec), tomada en 2011, de revocarle la licencia para operar a su subsidiaria, Trigosul. En ese momento, Uruguay alegó que la empresa violó los términos de la licencia.

Según una resolución de la Ursec con fecha del 20 de enero de 2011, Trigosul SA no cumplió “con la prestación del servicio de transmisión de datos al que fue oportunamente autorizado” en 2000. Trigosul tenía una licencia para proveer en el territorio nacional, con carácter comercial, líneas digitales inalámbricas, sin conexión a la red telefónica pública, para la transmisión de datos. Para ello se le asignaron los subbloques de frecuencias 3,425 a 3,450 Mhz y 3,525 a 3,550 Mhz. En 2006, la empresa informó que había trasladado su Estación Concentradora de Tráfico del sistema a la torre El Gaucho, piso 19, oficina 1901. La Ursec realizó una inspección en ese lugar y comprobó que allí no estaba instalada la estación, sino una empresa dedicada a la compra de cartera de deudores. Además, la última declaración jurada de la empresa fue presentada en 2009, y en ese instancia declaró no percibir ingresos y no cumplió con el pago del precio correspondiente por el uso de la frecuencia. Por todo esto, la autoridad regulatoria concluyó que Trigosul no estaba prestando el servicio, “configurándose así el incumplimiento de la principal obligación inherente a la calidad de un prestador de servicio, prestación que en el caso involucra la asignación de espectro radioeléctrico”, según consta en la resolución.

En 2014, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) anuló la resolución de la Ursec y, según Trigosul, eso implicaba que se le restituyera la licencia. La empresa sostiene que el año pasado solicitó a la Ursec que se le restituyera la licencia y la autoridad reguladora ignoró el pedido, y transfirió sus derechos a otra empresa de telecomunicaciones.

Por este motivo, Trigosul recurrió al CIADI alegando que Uruguay violó las disposiciones del Tratado Bilateral de Inversión Uruguay-Estados Unidos, firmado en 2004, que establece la obligación de otorgar a las empresas con sede en dicho país -Italba tiene sede en Miami- un trato “justo y equitativo”, y sostiene además que se le denegó el acceso a la Justicia.

Este caso se suma a la demanda que aún está pendiente de la tabacalera Philip Morris, que podría resolverse este año. El canciller Rodolfo Nin Novoa dijo a la diaria que Uruguay tiene “argumentos muy sólidos para que no pueda prosperar” el recurso de Italba. Afirmó que para que esta empresa pueda presentarse ante el CIADI, no puede presentar previamente recursos en Uruguay, acción que esta empresa sí llevó a cabo, ante el TCA


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