Introducción: Quería contarles que hace ya un tiempo sufrí un accidente doméstico lavando los platos (si, ríanse si quieren ) este mismo me imposibilitó el realizar las labores que hacía diariamente, entre ellas el trabajo. De más está decir que llamé de inmediato y notifiqué mi situación (ya que mc donald's es jodido con el tema de las licencias) Ellos me dijeron que debía acudir a algún médico que justifique los días que iba a faltar y, de esta manera, poder recibir la remuneración por enfermedad. Relato: Entonces, ¿qué hice? ese mismo día llamé a un médico a domicilio el cual me dio dos días justificados, pero con la sutura que tenía en el dedo no podía trabajar aún. En fin, fuí a muchos médicos (algo así como cinco o seis, de la obra social del trabajo y de la mía) todos me daban vueltas y no me justificaban nada, saqué turno con un cirujano y éste me dio los días correspondientes. Ahora lo peor, voy al trabajo, presento todos los papeles y mi jefa (vieja de mierda) me dice: No voy a pasarte los días porque no me avisaste que ibas a faltar estos días yo le dije: ¿cómo querés que venga a trabajar con el dedo así? En fin, me fui con mucha rabia y puse manos a la obra. La denuncia: No es complicada de hacer, pero sí tenés que dar muchas vueltas, por eso les cuento cómo hice yo: googlee "denunciar al trabajo" o algo así. me saltó esta página http://www.trabajo.gov.ar/denuncias/ Si vivis en capital federal (como mi caso, no te sirve) tenés que ir a esta: http://www.buenosaires.gob.ar/areas/seguridad_justicia/justicia_trabajo/trabajo/denuncia.php El fin de mi post es que no hayan más injusticias en el mundo laboral, hagan valer sus derechos como trabajadores, que es lo único que los ampara y recuerden: 208 (Plazo - Remuneración). Cada accidente o enfermedad inculpable que impida la prestación del servicio no afectará el derecho del trabajador a percibir su remuneración durante un período de tres (3) meses, si su antigüedad en el servicio fuere menor de cinco (5) años, y de seis (6) meses si fuera mayor. En los casos que el trabajador tuviere carga de familia y por las mismas circunstancias se encontrara impedido de concurrir al trabajo, los períodos durante los cuales tendrá derecho a percibir su remuneración se extenderán a seis (6) y doce (12) meses respectivamente, según si su antigüedad fuese inferior o superior a cinco (5) años. Al final cobré lo que me debían y una vez más pude hacer justicia por mi y por los demás, porque antes no pagaban a nadie los días por enfermedad Eso es todo, espero que les haya gustado mi crap
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