Quienes finalizan su trámite jubilatorio pueden elegir de inmediato una obra social del Listado correspondiente (link al fin del párrfo) si no desean permanecer en PAMI. El link al detalle es el siguiente:
http://www.sssalud.gov.ar/index/index.php?cat=agsis&opc=listRnosc&tipo=5
Los beneficiarios titulares de beneficios previsionales reciben con su grupo familiar primario las prestaciones médicas de la obra social en la que se encontraban, durante 90 (noventa) días.
Finalizado este período y de no haber obtenido su jubilación, pueden solicitar una credencial provisoria para recibir prestaciones por PAMI con el número de expediente otorgado por ANSES
En el Registro de Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud, se inscriben las obras sociales que deseen recibir los jubilados y pensionados de su propia actividad o de cualquier actividad.
Las obras sociales registradas están obligadas a recibir a los beneficiarios que opten por ellas y a sus respectivos grupos familiares. No pueden condicionar su ingreso por ninguna causa.
Los jubilados y pensionados pueden ejercer su opción de cambio una vez por año, en cualquier fecha.
El trámite se realiza en ANSES o en la UDAI más cercana al domicilio, con el último recibo de cobro y DNI. La opción se hace efectiva a los 90 (noventa) días de realizado el trámite. No hace mucho han incorporado la posibilidad de hacer el trámite por la web, pero es necesaria la Clave ünica de la Seguridad Social
FUENTES: ANSES y Superintendencia Seguros de Salud