El Ente de Cooperación Técnica y Financiera del Servicio Penitenciario Federal fue creado por la Ley 24.372 y su finalidad es propender al mejor funcionamiento y modernización de los métodos operativos de los talleres de laborterapia para las personas privadas de la libertad alojados en la jurisdicción de la DIRECCION NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.
El ENCOPE funciona con el carácter, derechos y obligaciones de las personas jurídicas de derecho público y la cooperación técnica y financiera se hace sin cargo para el Estado Nacional mediante las siguientes prestaciones:
1) Adquisición de materias primas, insumos y suministros, necesarios para la explotación, mantenimiento o conservación de los talleres de laborterapia.
2) Adquisición, usufructo, locación, comodato o arrendamiento de bienes inmuebles, muebles, semovientes, automotores, maquinarias, equipos, herramientas, objetos inmateriales y todo otro elemento susceptible de satisfacer su objeto y finalidad.
3) Locación de obras, de servicios y contrataciones de personal técnico especializado.
4) Seguros respecto de las personas privadas de la libertad, del personal, de los bienes y de responsabilidad civil que correspondan.
5) Pago de incentivos no remunerativos por producción, calidad, eficiencia, etc.
Cabe destacar que la Ley 24.372 establece que las utilidades que produzca el trabajo o la producción penitenciaria deberá ser destinado exclusivamente al trabajo de las personas privadas de la libertad.
Por último destacamos que el trabajo en el sistema carcelario es un instrumento clave para el tratamiento de las personas privadas de la libertad con el fin de lograr su inclusión al medio social. Realizamos hincapié en la formación personal mediante la capacitación y el desarrollo de la creatividad, lo que le permitirá a cada persona proyectar su actividad laboral en la vida libre.
EN.CO.PE. - BRINDANDO OPORTUNIDADES CON CAPACITACION Y TRABAJO.
PRODUCTOS:
BLOQUES
POSTE OLIMPICO
HERRERIA
MUEBLES
VER MAS EN : http://www.encope.com.ar/productos.aspx
El ENCOPE funciona con el carácter, derechos y obligaciones de las personas jurídicas de derecho público y la cooperación técnica y financiera se hace sin cargo para el Estado Nacional mediante las siguientes prestaciones:
1) Adquisición de materias primas, insumos y suministros, necesarios para la explotación, mantenimiento o conservación de los talleres de laborterapia.
2) Adquisición, usufructo, locación, comodato o arrendamiento de bienes inmuebles, muebles, semovientes, automotores, maquinarias, equipos, herramientas, objetos inmateriales y todo otro elemento susceptible de satisfacer su objeto y finalidad.
3) Locación de obras, de servicios y contrataciones de personal técnico especializado.
4) Seguros respecto de las personas privadas de la libertad, del personal, de los bienes y de responsabilidad civil que correspondan.
5) Pago de incentivos no remunerativos por producción, calidad, eficiencia, etc.
Cabe destacar que la Ley 24.372 establece que las utilidades que produzca el trabajo o la producción penitenciaria deberá ser destinado exclusivamente al trabajo de las personas privadas de la libertad.
Por último destacamos que el trabajo en el sistema carcelario es un instrumento clave para el tratamiento de las personas privadas de la libertad con el fin de lograr su inclusión al medio social. Realizamos hincapié en la formación personal mediante la capacitación y el desarrollo de la creatividad, lo que le permitirá a cada persona proyectar su actividad laboral en la vida libre.
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