Leí el protocolo y mi intención no es otra que subir material que pueda ser util al resto de la comunidad. Es por ello, que pensé en divulgar escritos propios, trabajos elaborados para distintas cátedras. Gracias por el espacio! Y espero que sea de utilidad! El presente trabajo esta basado en el Cáp. VI del libro de Bobbio "iusnaturalismo" LINK de descarga: http://www.archivosbackup.com/download.php?file=435Bobbio_Iusnaturalismo.zip La intencion es que tengan una vision introductoria, propedéutica acerca del contrato social segun la concepcion de diferentes filosofos, a saber: Locke, Spinoza y Hobbes El contrato social El capitulo versa sobre el contrato social como principio de legitimación de la sociedad política. El apartado analiza la concepción que tiene los filósofos iusnaturalistas acerca del contrato social. Para lograr dicho cometido, primeramente se establece una genealogía, analizando a los escritores antiguos como Platón (en “Leyes”) y Cicerón ( en “De republica”) en donde se puede apreciar un posible fundamento contractualista del estado. No obstante, es en la tradición sofistica donde se hace hincapié al carácter convencional de las leyes reguladoras de la conducta humana. Asimismo se analiza el contractualismo medieval a partir de un fragmento del jurista romano Ulpiano, que alude a la ley del imperio, es decir, al poder del imperio de concebir leyes dado que el pueblo (Populus) le ha otorgado dicho poder. Estamos en presencia de un pacto de sujeción, que puede interpretarse de dos formas, por un lado, como la alineación total por parte del pueblo del ejercicio y la titularidad del poder. Por otro lado, como una concesión limitada por parte del príncipe del poder, pero no la titularidad del mismo. Un tema a destacar al que se alude en el apartado es la historicidad del acto contractual, al que responde Locke, sosteniendo la realidad histórica del contrato original, fundamentado en los orígenes del estado romano, de quien se tiene noticias. Para Locke, el contrato es un instrumento de legitimación política basada en el consenso de aquellos sobre los cuales se ejerce el poder. Es por ello, que en el origen de la sociedad civil necesariamente se estableció un pacto, un acuerdo. Estamos en presencia de una verdad de razón, de un fundamento de carácter racional, dejando de lado, pues, la historicidad del hecho. Amen del carácter legitimador del contrato, el mismo se presenta como principio de explicación. El contrato como idea regulativa de la razón, también es sostenida por Kant, a quien no le preocupa la historicidad del contrato social. Si no mas bien que, el soberano debe actuar como si su poder estuviese fundado en un contrato. Los escritores del derecho publico sostienen que son necesarias dos convenciones sucesivas para dar origen al estado, primeramente un pacto de sociedad, en la cual un gran numero de individuos deciden mediante un acuerdo vivir en sociedad, transformándose esa multitud en un pueblo. Seguidamente un pacto de sujeción, en la cual los individuos reunidos se someten a un poder común, transformándose en ciudadanos. Según la opinión del jurista alemán Pufendorf, se establecen un doble pacto social, un primer pacto de unión, asociación perpetua de los individuos, resultando de ello la sociedad civil y luego un segundo pacto de sumisión, en el cual se delega el gobierno, cualquiera sea su forma, democracia, aristocracia o monarquía. No obstante, Thomas Hobbes elimina uno de los dos pactos, el pacto de sujeción o sumisión. Dado que en el pacto de unión los individuos dejan el estado de naturaleza en miras de seguridad y se someten al poder de un tercero que esta fuera del pacto, que no es otro que el estado absoluto (Leviatán). La reducción de los pactos también se puede apreciar en Spinoza, no obstante, la forma política que le interesa a Spinoza es la democrática. Los hombres en el estado de naturaleza, tiene tanto derecho como poder, las consecuencias de este estado son las previstas por Hobbes. No obstante, es la razón, la que sugiere al hombre salir de ese estado, ya que, como bien dice Spinoza “(...) El hombre que se guía por la razón es mas libre en el estado, donde vive según sus leyes que obligan a todos, que en la soledad, donde solo obedece a si mismo(...) ” (Spinoza B, “Ética demostrada según el orden geométrico”, IV proposición LXX III, editora nacional, Madrid, 1980, Pág. 1336) es por ello que el individuo transfiere su poder a la sociedad, la cual tendrá el supremo poder, y a la que se deberá obedecer, ya que es necesario un orden social donde el hombre pueda desarrollar al máximo su razón. Profesora de filosofia Mariela Escaño Imagenes Spinoza Baruch Locke Jhon Thomas Hobbes LIBROS: LINK:http://www.archivosbackup.com/download.php?file=519Spinoza Baruch - Etica Demostrada Segun El Orden Geometrico Doc.ZIP LINK: http://www.archivosbackup.com/download.php?file=36Hobbes Leviatan.pdf LINK:http://www.archivosbackup.com/download.php?file=123locke segundo ensayo.pdf
Datos archivados del Taringa! original
22puntos
190visitas
0comentarios
Actividad nueva en Posteamelo
0puntos
6visitas
0comentarios
Dar puntos:

Dejá tu comentario

0/2000

Autor del Post

m
Usuario
Puntos0
Posts6
Ver perfil →
PosteameloArchivo Histórico de Taringa! (2004-2017). Preservando la inteligencia colectiva de la internet hispanohablante.

CONTACTO

18 de Septiembre 455, Casilla 52

Chillán, Región de Ñuble, Chile

Solo correo postal

© 2026 Posteamelo.com. No afiliado con Taringa! ni sus sucesores.

Contenido preservado con fines históricos y culturales.