Bueno aca les dejo algunos apuntes de contratos para aquellos que los necesiten. Esperop que les sirva y dejen puntos si es asi
CONTRATOS
Concepto:
La fuente más importante y más fecunda de obligaciones es el contrato (contractus). Podemos decir que es ´´el acuerdo de dos o más personas con el fin de constituir una relación obligatoria reconocida por la ley.´´
´´Hay contrato cuando varias personas se ponen de acuerdo sobre una declaración de voluntad común, destinada a reglar sus derechos.´´ Art. 1137 del Código Civil Argentino
Clasificación:
El contrato, convección generadora de obligaciones, dotada de una causa civilis y de una actio que le eficacia jurídica, se diversifica en distintos tipos:
• Los contratos formales
• Los contratos reales
• Los contratos consensuales
• Los contratos Innominados
Art 1138 del Código Civil Argentino:
Los contratos se denominan en este Código unilaterales, o bilaterales. Los primeros son aquellos en que una sola de las partes se obliga hacia la otra sin que ésta le quede obligada. Los segundos, cuando las partes se obligan recíprocamente la una hacia la otra.
Art 1139 del Código Civil Argentino:
Se dice también en este código, que los contratos son a titulo oneroso, o a título gratuito: Son a titulo oneroso, cuando las ventajas que procuran a una u otra de las partes no le es concedida sino por una prestación que ella la ha hecho, o que se obliga a hacerlo; son a título gratuito, cuando aseguran a una u otra de las partes alguna ventaja, independientemente de toda prestación por su parte.
Art 1140 del Código Civil Argentino:
Los contratos son consensuales o reales. Los contratos consensuales, sin perjuicio de lo que se dispusiere sobre las formas del contrato, quedan concluidos para producir sus efectos propios, desde que las partes hubieses recíprocamente manifestado su consentimiento.
Art. 1141 del Código Civil Argentino:
Los contratos reales, para producir sus efector propios, quedan concluidos desde que una de las parte haya hecho a la otra tradición de la cosa sobre que versare el contrato.
Art 1142 del Código Civil Argentino:
Forma la clase de los contratos reales, el mutuo, el comodato, el contrato de depósito, y la constitución de prenda y de anticresis.
Art 1143 del Código Civil Argentino:
Los contratos son nominados, o innominados, según que la LEY lo designa o no, bajo una denominación especial.
La primera clasificación de los contratos atiende a las causa civilis determinante de su perfeccionamiento y, como hemos señalado, abarca los contratos verbales, literales, reales y consensuales. Dentro de estos tipos cabe distinguir los contratos formales de los no formales. En los que verbales y los literales el consentimiento se prestaba dentro de una determina forma prescripta por la Ley, oral en los primeros, escritas en los segundos. Eran no formales los contratos reales y los consensuales.
Elementos del contrato:
El contrato tiene los elementos y requisitos propios de un Acto Jurídico cuales son los elementos personales, elementos reales y elementos formales.
--Elementos Personales: Los sujetos pueden ser persona física o jurídica con la capacidad jurídica, y de obrar, necesaria para obligarse.
--Elementos Reales: Integran la denominada Prestación, o sea, la cosa u objeto del contrato, por un lado, y la Contraprestación, por ejemplo, dar suma de dinero, u otro acuerdo.
--Elemento Formales: La forma es el conjunto de signos mediante los cuales se manifiestan el consentimiento de las partes en la celebración de un contrato. En algunos contratos es posible que se exija una forma específica de celebración. Por ejemplo, puede ser necesaria la forma escrita, la firma ante notario o ante testigos, etc.
Requisitos del Contrato:
Básicamente son tres, aquellos requisitos que, en casi todos los sistemas jurídicos, exigen las leyes, para alcanzar la eficiencia del contrato.
1- Consentimiento: Es el elemento volitivo, el querer interno, la voluntad que, manifestada bajo el consentimiento, produce efectos en derechos. La perfección del contrato exige que el consentimiento sea prestado libremente por todas las partes intervinientes. La voluntad se exterioriza por la concurrencia sucesiva de la oferta y de la aceptación, en relación a la cosa y la causa que han de constituir el contrato.
La ausencia de vicios en el consentimiento es imprescindible para la validez y eficacia del contrato. Los cuales son el error, cuando exista una equivocación sobre el objeto de contrato; la fuerza o violencia, en la violencia se ejerce una fuerza irresistible que causa un grave temor a una de las partes del contrato, o que una de las partes haya abusado de la debilidad de la otra; y el dolo; todo medio artificioso, fraudulento o contrario a la buena fe, empleado con el propósito de engañar, confundir, para inducir a una persona a consentir un contrato que, de haber conocido la verdad, no lo hubiera aceptado, es considerado dolo.
2- Objeto: Pueden ser objeto de contratos todas las cosas que no estén fuera del comercio de los hombres, aun las cosas futuras. Pueden ser igualmente objeto de contrato todos los servicios que no sean contrarios a las leyes, a la moral, a las buenas costumbres o al orden público.
3- Causa: Normalmente, la normativa civil de los ordenamientos jurídicos exige que haya una causa justa para el nacimiento de los actos jurídicos. La causa es el motivo determinante que llevó a las partes a celebrar el contrato.
Ineficiencia de los contratos: Son eficaces los contratos que carezcan de algunos elementos esenciales, o aunque estos se dieren, no obstante estuvieren viciados de algún modo. La ineficacia tiene distintas manifestaciones y efectos según la clase de e invalidez que se cause al contrato, tal como:
• Anulabilidad.
• Nulidad.
• Resciliación.
• Rescisión.
• Resolución.
• Revocación.
Principales tipos de contratos:
Es ilimitado el número de modalidades de contratos que puede ofrecer un sistema jurídico que cuenta con libertas de contratación, como casi infinitos son los derechos y obligaciones que pueden crear las partes, incluyendo el hacerlo de manera pura y simple, o sometida a alguna modalidad. Algunos de estos tipos de contratos son los siguientes:
• Compra Venta.
• Cesión de créditos.
• Permuta.
• Locación.
• Donación.
• Mandato.
• Fianza.
• Contratos alegatorios (Juegos, apuestas, etc.)
• Oneroso de rentas vitalicias.
Contrato de COMPRAVENTA
El contrato de COMPRAVENTA es el que tiene mayor importancia entre los de su clase porque se trata del contrato tipo traslativo de dominio y, además, porque constituye la principal forma moderna de adquisición de riqueza: es decir, tanto en su función jurídica como económica, debe merecer un estudio especial.
La compraventa constituye el medio primordial de adquirir el dominio. Las formas de adquisición del dominio están representadas por el contrato, la herencia, la prescripción, la ocupación, la accesión, la adjudicación y la ley.
Habrá compra y venta cuando una de las partes se obligue a transferir a la otra la propiedad de una cosa, y ésta se obligue a recibirla y a pagar por ella un precio cierto en dinero. Art. 1323 del Código Civil Argentino.
------------Ejemplo de contrato de compraventa-----------
CONTRATO DE COMPRA-VENTA: Entre el Sr.________________,(nacionalidad),(estado civil),_________con (identificar tipo de documento) N° _________ domiciliado en la calle __________, de la localidad _________ provincia de ______ en adelante la parte VENDEDORA y el Sr.__________ , (nacionalidad), (estado civil), con (identificar tipo de documento) N°_________ con domicilio en la calle _____________ , de la localidad de ___________ provincia de ______ en adelante la parte COMPRADORA; todos mayores de edad y hábiles para contratar en los términos fijados por la legislación vigente, acuerdan en celebrar el presente boleto de compra-venta, sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: La parte VENDEDORA VENDE y la parte COMPRADORA COMPRA, Ad-Corpus, un inmueble de propiedad de la primera, ubicado en la calle ____________ N° ___________ entre las de __________ y ____________ de la ciudad de ___________ , provincia de ________ identificado con Nº ________ de partida municipal Unidad Funcional Nº ____, Piso:___ Letra: ___ provincia de ________ e inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble bajo en la matricula N°_______, según consta en dicho título que la parte COMPRADORA ha tenido a la vista y declara su total conformidad. La propiedad se entregará con todo lo edificado, plantado, clavado y adherido al suelo y en el estado actual que la parte COMPRADORA conoce y acepta por haberla visitado e inspeccionado previamente a la firma del presente.
SEGUNDA: La presente venta se realiza sobre la base de títulos perfectos, libre de todo tipo de gravámenes y/o inhibiciones con todos sus impuestos, tasas, contribuciones y servicios pagos al día de la escrituración y/o posesión, libre de ocupantes y/o intrusos y sin oposición de terceros. El inmueble aludido no se encuentra limitado en cuanto a su disposición, situación que se acredita con el certificado de dominio expedido por el Registro de la Propiedad Inmueble Nº ___________ de fecha __/__/____. Asimismo se deja expresa constancia que no se encuentran inhibidos los vendedores para disponer de sus bienes, según surge del certificado de inhibición expedido por el Registro de la Propiedad Inmueble bajo el Nº _______ de fecha __/__/___.
TERCERA: El precio del inmueble será a abonado en la siguiente forma: a) Dólares Estadounidenses _________(U$S____) en este acto según recibo por separado; b) Dólares Estadounidenses _________ (U$S____) a entregar en el acto de escrituración.
CUARTA: El acto de firma de la escritura traslativa del dominio se firmará el día __del mes de ___ del año____ ante el escribano interviniente _____________ con N° de Registro________, con estudio en la calle __________ Piso __ , quién deberá citar fehacientemente a las partes con cinco (5) días de antelación al acto de la escrituración estableciendo la hora exacta de celebración. La vendedora se compromete especifica y especialmente a no hipotecar ni constituir ningun derecho real de ningun tipo sobre la propiedad durante el periodo que surja de la firma del presente y hasta que se realice la escritura translativa de dominio bajo apercibimiento por los daños y perjuicios que pudieran generarse.
QUINTA: La presente operación tiene carácter de firme e irrevocable y ninguna de las partes podrá dejarla sin efecto sin mediar incumplimiento de la otra. La parte que no diere cumplimiento, dará derecho a la otra a su sola opción a: A) Dejar sin efecto la presente operación, con pérdida para la parte COMPRADORA de los importes entregados, si ésta fuera la remisa; y si fuere la parte VENDEDORA, deberá reintegrar los importes percibidos más otro tanto; B) Exigir el cumplimiento de ésta operación, en cuyo caso la parte remisa deberá abonar a la otra una multa de Dólares Estadounidenses _______ (U$S____) diarios, por cada día de demora. En ambos casos la mora se produce de pleno derecho, sin necesidad de interpelación judicial o extra-judicial alguna bastando el presente de notificación suficiente subsistiendo ambas opciones mientras no se opte por alguna de ellas.
SEXTA: La parte VENDEDORA se obliga a transferir a la parte COMPRADORA la línea y aparato telefónico Nº ___-____, existente en el inmueble de referencia, corriendo todos los gastos de transferencia si los hubiere por cuenta exclusiva de la parte COMPRADORA.
SEPTIMA: La parte VENDEDORA se compromete a notificar cualquier circunstancia que pueda afectar la situacion juridica del inmueble dentro de las 24 horas que tome conocimiento de la misma.
OCTAVA: Se establece de común y mutuo acuerdo para todos los efectos legales derivados de la aplicación del presente boleto de compra-venta que las partes se someten voluntariamente a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de ________________, haciendo expresa renuncia a cualquier otra jurisdicción que pudiere corresponderles, fijando domicilios sus legales y especiales, a efectos de cualquier notificación, citación judicial o extra-judicial, en los arriba declarados.
En la Ciudad de __________ leído que es el presente documento y de plena conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, a los ___ días del mes de __________ del año __________. Se deja constancia que cada parte retira su ejemplar.