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Ley contra las usurpaciones - Código Penal
Código Penal Argentino. Capítulo VI Usurpación ARTICULO 181.- Será reprimido con prisión de seis meses a tres años: 1º el que por violencia, amenazas, engaños, abusos de confianza o clandestinidad despojare a otro, total o parcialmente, de la posesión o tenencia de un inmueble o del ejercicio de un …
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