InicioApuntes Y MonografiasLa edad de imputabilidad de los menores: opiniones
El ya antiguo debate por la edad de imputabilidad de los menores volvió a ocupar el centro de la escena. En la Argentina, de acuerdo con el Régimen Penal de la Minoridad modificado en mayo de 1983, los menores de 16 años no son punibles. En el caso de los adolescentes de 16 a 18 años, son plenamente punibles pero recién a los 18 se les puede contabilizar el inicio de una pena. Pero la misma ley aclara que si el menor es pobre o está en riesgo moral, el juez podrá decidir internarlo en un instituto penal el tiempo que se considere necesario para su reinserción en la sociedad.
De esta forma un menor de 14 o 15 comete un asesinato y queda alojado en un instituto de menores, y si el delito es menor, como puede ser un robo, queda en custodia de sus padres o tutores.
No estamos hablando de un joven de 14 años que se roba una manzana en la verdulería y sale corriendo, sino de jóvenes de esa edad que tienen un frondoso prontuario y salen armados a la calle a matar o robar.
Alguien dijo alguna vez: “Delito de adulto, pena de adulto”. Pero por nuestra legislación vigente esto no puede llevar a la práctica.




¿Qué opinan los expertos?


Omar Breglia Arias

"En muchos países la edad de imputabilidad ya es más baja que en la Argentina, incluso en Uruguay, que ha demostrado criterios acertados, no sólo respecto de la edad, sino también en casos de delitos culposos graves en los que no se pone en libertad enseguida a un imputado, como ocurre en la Argentina" consideró el abogado penalista Omar Breglia Arias. El especialista añadió que "lo más acertado es bajar la edad [de imputabilidad] a los 14 años" y así lo justificó: "El desarrollo mental del niño y del adolescente ha avanzado muchísimo. En los años 20, cuando se sancionó nuestro código original, un chico de 15 estaba esperando el pantalón largo para incorporarse a la vida social. Hoy ya están incorporados a los 12. La madurez de los niños ha crecido y es esencial ponerse a la altura del criterio de otros países".
"Estamos ante un contexto muy complejo, pero creo que el de la edad es uno de los caminos", completó. "El argumento de que no se tiene lugar y que por eso se deja a delincuentes peligrosos en libertad con sistemas de morigeración como las pulseras es un disparate. Es simple: si hay más delincuentes tiene que haber más cárceles", concluyó.




Alejandro Carrió

Para Alejandro Carrió, también abogado penalista, justamente la situación de los institutos de menores es "esencial" a la hora de instrumentar políticas contra el delito. "Hay un debate previo al de la edad que debería analizarse muy seriamente y es que los institutos carcelarios y de menores no son los suficientemente sanos como para albergar a nadie. Lo importante es pensar dónde van a poner a la gran cantidad de menores que van a engrosar el universo de detenidos, porque si los van a poner en lugares de los que van a salir en peores condiciones, entonces no se estará resolviendo el problema", alertó el penalista.
En el mismo sentido, añadió: "Si esta discusión no se acompaña con una explicación clara de dónde se va a poner a los menores, en qué condiciones y con qué recursos, vamos a estar legislando con un ojo tapado".




Ricardo Gil Lavedra

Ricardo Gil Lavedra, por su parte, coincidió con que el debate por la edad es insuficiente. "Hay que profundizar la discusión de establecer un régimen penal especial para menores que contemple la Convención de los Derechos del Niño. Esto implica debatir la posibilidad de bajar la edad pero también de garantizarle a los menores derechos de los que hoy carecen", explicó.
El ex ministro de Justicia agregó que la polémica en torno a la edad de imputabilidad aparece como una "reacción espasmódica" de las autoridades cada vez que se producen episodios.
Entre los temas que, según Gil Lavedra, deberían estar contemplados en el régimen penal diferenciado para menores que propone figuran el derecho de defensa, el que se le pueda imputar un delito como a un adulto y que no se lo trate como un disminuido, sino como un sujeto de derecho.




Ricardo Monner Sans

En sentido similar se expresó el abogado Ricardo Monner Sans. "Una vez más se está yendo a las consecuencias y no a las causas. Nuevamente se toma sólo el final de la película, se renuncia a reducir brecha entre ricos y pobres y a asistir seriamente a miles de chicos que en muchos casos no tienen más referentes que la droga", apuntó. Para el especialista, el aumento de la delincuencia responde a un "conjunto de situaciones irresueltas" entre las que incluyó "la falta de educación, el cartonerismo, la mendicidad social, la ausencia de trabajo y la falta de referentes democráticos". También atribuyó parte de las dificultades en la reducción de la delincuencia a las "torpezas" que, afirmó, prevalecen en los códigos procesales, no sólo respecto de los menores, sino también de los mayores". Y remató: ¿Por qué no los matamos a los 10 si son pobres?".
A la hora de proponer otras formas de solución, Monner Sans apuntó a "la modificación integral de los criterios de educación" y a una "auténtica distribución de la riqueza" como dos pilares fundamentales.




Germán Garavano.

“Impulsamos la reforma del régimen penal juvenil porque la ley actual es de la época de la dictadura y debe ser modificada. En esa discusión se pondrá sobre la mesa el tema de la edad de imputabilidad pero, principalmente, el tratamiento de los jóvenes en conflicto con la ley penal” el ministro de Justicia, Germán Garavano. “Nuestro objetivo es que en el futuro haya menos jóvenes en conflicto con la ley penal; que cada vez sean más los que estudien y trabajen y que sean valorados socialmente para lograr una sociedad más pacífica”, remarcó el ministro. En esa línea, la intención oficial es que el nuevo régimen penal juvenil esté orientado esencialmente a la reinserción de los jóvenes más que al castigo y el cumplimiento de una condena. Por eso, la comisión también deberá enfocarse en el tratamiento que se le dará a esos jóvenes. Sin apartarse, claro, de la Convención sobre los Derechos del Niño -en Argentina tiene jerarquía constitucional- que establece que los menores de edad deben cumplir sus penas apartados de adultos y no pueden ser castigados en ningún caso con prisión perpetua. Esta vez, para que no haya vencedores ni vencidos y evitar oportunismos políticos, el macrismo propondrá que durante 2017 se dé la discusión y recién en 2018 se trate en el Congreso. Al cabo, el actual régimen penal juvenil lo fija la ley 22.278 promulgada por Jorge Rafael Videla.


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