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Discutamos la pena de muerte o "aborto tardío" (serio)

Espero no me baneen por esto, por favor mantener la cordura en los comentarios, esto es un post serio.

Discutamos la pena de muerte o "aborto tardío" (serio)


Ante lo que nos toca vivir en estos momentos en la sociedad Argentina, podría ser una opción viable rever la cuestión de la pena máxima en casos aberrantes. Hasta ayer un planteo de este tipo violaba los derechos humanos fundamentales, pero hoy a raíz de la decisión de la cámara de diputados, parece oportuno poner en discusión este tema.

Razonemos: La discusión de fondo es un problema ontológico, es decir, del orden del ser y un problema antropológico, es decir un problema propio del hombre. Más allá de que hay un componente pragmático en la discusión que se refiere a lo que efectivamente sucede en la realidad social, la discusión seria sobre el tema no puede prescindir de una mirada profunda y coherente.

Veamos, el problema onto-antropológico se refiere al momento en que puede considerarse persona al ente en proceso de gestación. La mirada científica sobre este tema podría establecer un criterio aceptable que demarcaría claramente la cuestión, pero como esto aun no está del todo determinado surge la necesidad de buscar una alternativa que pueda ser pensada y aplicada sensatamente.

Analicemos, si nadie está en condiciones de afirmar que la vida comienza en un momento u otro del proceso, ya que no hay consenso, lo más lógico sería presumir la vida ante la imposibilidad de determinarlo.

Un ejemplo, cuando alguien se encuentra desaparecido, no puede considerarselo vivo o muerto ya que no se sabe el estado actual de dicha persona, por ende como es lógico, se lo presume con vida hasta su aparición con o sin vida que venga a definir su estado.

Simplificando, ante la duda se lo presume vivo, porque este es un derecho fundamental.
El ente en gestación (hablo de ente porque teniendo en cuenta la falta de consenso por la cual no puedo asumir que es persona) por principio fundamental tiene derecho a manifestar su potencialidad que naturalmente se realiza en su nacimiento.

La persona gestante (tal como se autoconsideran los defensores del aborto) no está en principio en riesgo de muerte inminente, su acción al abortar, más allá de que constituya un delito, no es una necesidad irresoluble que necesariamente (si y solo si) deba resolver por ese medio.
En esta discusión se confunden las causas con los efectos. La mujer no muere como consecuencia de estar embarazada sino como consecuencia del aborto.

Conclusión, ante lo dicho anteriormente y tomando posición por la presunción de vida de cualquier ser en proceso de gestación, asumo que un aborto es la interrupción de una vida y por ende una muerte.

Cuando se mata a un hombre, no solo se le quita lo que es sino también lo que pueda llegar a ser.


Siguiendo esta lógica y entendiendo que la vida no es considerada en este país un derecho fundamental, puedo suponer la viabilidad de discutir la pena máxima en casos donde así se amerite. Si el derecho a la vida de alguien inocente, como lo es quien aun no ha nacido, por qué deberíamos respetar el derecho a la vida de alguien que está comprobado es dañino para la sociedad.

Resumen lvl 5: Ante la imposibilidad de llegar a un consenso científico sobre el comienzo de la vida, ante la duda, es preferible pensar el mal menor y presumir la vida. Por consiguiente sería lícito proponer la discusión de la pena máxima . Si lees esto, tomate un minuto y lee lo de arriba, está mejor fundamentado.
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