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Bueno gente el motivo de este post es que me entere x medio de un familiar, que hay un seguro de retiro llamado "La Estrella" que le corresponde a los empleados de comercio que hayan quedado sin trabajo ya sea por renuncia o por despedido.
O sea que te dan plata por no tener trabajo dicho vulgarmente.
Lo que me llamo la atencion fue de que nunca antes habia oido hablar de este seguro, y es algo de gran ayuda mas aun cuando uno no tiene trabajo.
Bueno aca les dejo la informacion que pude encontrar, me fue dificil llegar a esta pagina, y en la pagina oficial del "Seguro La Estrella" la unica informacion que dan es a las empresas para que depositen la plata A proposito, aca les dejo el link para que vean que no les miento:
Bueno basta de chachara y lean los empleados de comercio que les va a interesar y mucho, y los que todavia conservan su trabajo estaria bueno que pregunten de que se trata esto a sus jefes a ver que onda
El seguro de la estrella es un aporte que el empleador realiza todos los meses en Seguros la Estrella S.A. el cual no es descontado del sueldo, por lo que no figura ni debe figurar en el mismo, sino que es depositado aparte. Este seguro lo podés cobrar cualquier sea el motivo de tu desvinculación, ya sea despido o renuncia, no importa, te corresponde si trabajaste bajo el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75.
Aka les dejo el link del Convenio Colectivo 130/75
http://www.aecpuntaalta.com.ar/modules.php?name=Downloads&d_op=getit&lid=4
Tenés que pedirle a la oficina de personal que te de la "planilla del seguro de la Estrella", con eso, el último recibo de sueldo (el de la liquidación final) y tu DNI ya podés pasarte por San Martín y Av. Corrientes y cobrarlo ese mismo día. Se calcula que de un sueldo de $1000 pesos aproximadamente corresponderían unos $50 por mes. Recomendamos que no olviden pasar a buscar ese dinero.
Quien sea cambiado a otro convenio colectivo de trabajo también puede pasar a retirar ese dinero, pero con el último recibo de sueldo en el que figure el SEC.
Ver Póliza 134 del Seguro La Estrella en donde se aplican las disposiciones Nº 4701/91 y 5883/91 sobre el CCT 130/75 del SEC.
Link abajo:
Seguros La Estrella (Gruppo BNL, ahora HSBC):
San Martín 483, 6to piso, Capital Federal .
Teléfono: 4320-7000
ATENCIÓN, hay call centers que no están queriendo pagar el Seguro de Retiro de la Estrella, si es tu caso, te recomendamos intimarlos a que depositen tu dinero, previa consulta con tu abogado, el modelo de telegrama laboral (gratuito) que necesitás enviarles es el siguiente:
"Intímole inmediato pago de los aportes (faltantes) a su cargo, correspondientes al seguro de retiro complementario (3.5%), desde _________________ a ________________ inclusive, correspondientes al convenio colectivo de trabajo 130/75, suscripto conforme RES. D.N.R.T. 4701/91 y 5883/91 del M.T.S.S. A tal efecto deberán uds. realizar los correspondientes aportes a La Estrella Cia. de Seguros de Retiro, así como la presentación de declaraciones juradas mensuales a la misma. Caso contrario accionaré judicialmente."
Call centers confirmados que se niegan a pagar el seguro:
Teletech:
Ingresa aqui para conocer la investigación realizada sobre Teletech.
Teleperformance (Citytech):
Ingresa aqui para conocer cómo nos enteramos que tampoco lo paga TP, pero exclusivamente para la razón social Citytech, con la razón social FST si lo está depositando.
Bueno lo mejor va a ser que llamen para averiguar primero y se saquen todas sus dudas.
Despues me chiflan como les fue
Mucha suerte!
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Bueno gente el motivo de este post es que me entere x medio de un familiar, que hay un seguro de retiro llamado "La Estrella" que le corresponde a los empleados de comercio que hayan quedado sin trabajo ya sea por renuncia o por despedido.
O sea que te dan plata por no tener trabajo dicho vulgarmente.
Lo que me llamo la atencion fue de que nunca antes habia oido hablar de este seguro, y es algo de gran ayuda mas aun cuando uno no tiene trabajo.
Bueno aca les dejo la informacion que pude encontrar, me fue dificil llegar a esta pagina, y en la pagina oficial del "Seguro La Estrella" la unica informacion que dan es a las empresas para que depositen la plata A proposito, aca les dejo el link para que vean que no les miento:
Bueno basta de chachara y lean los empleados de comercio que les va a interesar y mucho, y los que todavia conservan su trabajo estaria bueno que pregunten de que se trata esto a sus jefes a ver que onda
Seguro de La Estrella.
El seguro de la estrella es un aporte que el empleador realiza todos los meses en Seguros la Estrella S.A. el cual no es descontado del sueldo, por lo que no figura ni debe figurar en el mismo, sino que es depositado aparte. Este seguro lo podés cobrar cualquier sea el motivo de tu desvinculación, ya sea despido o renuncia, no importa, te corresponde si trabajaste bajo el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75.
Aka les dejo el link del Convenio Colectivo 130/75
http://www.aecpuntaalta.com.ar/modules.php?name=Downloads&d_op=getit&lid=4
Tenés que pedirle a la oficina de personal que te de la "planilla del seguro de la Estrella", con eso, el último recibo de sueldo (el de la liquidación final) y tu DNI ya podés pasarte por San Martín y Av. Corrientes y cobrarlo ese mismo día. Se calcula que de un sueldo de $1000 pesos aproximadamente corresponderían unos $50 por mes. Recomendamos que no olviden pasar a buscar ese dinero.
Quien sea cambiado a otro convenio colectivo de trabajo también puede pasar a retirar ese dinero, pero con el último recibo de sueldo en el que figure el SEC.
Ver Póliza 134 del Seguro La Estrella en donde se aplican las disposiciones Nº 4701/91 y 5883/91 sobre el CCT 130/75 del SEC.
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Seguros La Estrella (Gruppo BNL, ahora HSBC):
San Martín 483, 6to piso, Capital Federal .
Teléfono: 4320-7000
ATENCIÓN, hay call centers que no están queriendo pagar el Seguro de Retiro de la Estrella, si es tu caso, te recomendamos intimarlos a que depositen tu dinero, previa consulta con tu abogado, el modelo de telegrama laboral (gratuito) que necesitás enviarles es el siguiente:
"Intímole inmediato pago de los aportes (faltantes) a su cargo, correspondientes al seguro de retiro complementario (3.5%), desde _________________ a ________________ inclusive, correspondientes al convenio colectivo de trabajo 130/75, suscripto conforme RES. D.N.R.T. 4701/91 y 5883/91 del M.T.S.S. A tal efecto deberán uds. realizar los correspondientes aportes a La Estrella Cia. de Seguros de Retiro, así como la presentación de declaraciones juradas mensuales a la misma. Caso contrario accionaré judicialmente."
Call centers confirmados que se niegan a pagar el seguro:
Teletech:
Ingresa aqui para conocer la investigación realizada sobre Teletech.
Teleperformance (Citytech):
Ingresa aqui para conocer cómo nos enteramos que tampoco lo paga TP, pero exclusivamente para la razón social Citytech, con la razón social FST si lo está depositando.
Bueno lo mejor va a ser que llamen para averiguar primero y se saquen todas sus dudas.
Despues me chiflan como les fue
Mucha suerte!