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Feliz día a todos los abogados

Info8/29/2008

Día del abogado en conmemoración al natalicio de Juan Bautista Alberdi


El abogado ha cumplido siempre una función social. Desde los orígenes mismos de la humanidad, no hay otro Don otorgado
por Dios al hombre, que supere a la palabra. La facultad de abogar por los derechos de los ciudadanos es un medio poderoso, porque al decir de Cicerón «no hay cosa más magnífica, que ver allanados con un discurso los movimientos populares y la rigidez de los jueces».

La tarea del abogado, implica ponerse en el lugar «del otro», de un vecino, de un amigo o simplemente de una persona que se encuentra desamparada y necesita del esfuerzo solidario de alguien que circunstancialmente, está en mejores condiciones intelectuales, materiales o espirituales de brindar esa ayuda.

El oficio de defensor nació con la humanidad misma, porque la naturaleza humana en perpetuo devenir, busca siempre el equilibrio.

Desde el mismo momento en que se abrasa esta profesión, no se deja de ser abogado nunca, ya que, la misma, va mucho más allá de un título o de un proceso arreglado a derecho, va incita al sentimiento mismo de justicia en donde éste se considere vulnerado.


Es obligación ineludible de un buen abogado el asesorar con veracidad, ya que, es el primer juez del asunto llevado a su consideración y en consecuencia, el primer obligado a decirle a quién requiere sus servicios, cuáles son las reales posibilidades que le asisten en la sentencia final que se dicte.

La confianza es otro aspecto insoslayable en la tarea del defensor, en razón de que sus obligaciones para la comunidad son muchas y las mismas se corporizan ante el cliente individual, con relación al cual se debe actuar con honestidad y transparencia, para responder a la confianza que en el se deposita.

En esta relación interactiva de abogado - cliente, cliente-abogado, hay derechos y obligaciones recíprocas, que deben quedar perfectamente establecidas desde su comienzo, regulando la actividad de cada parte.

Por lo tanto, es importante que el abogado conozca los límites de su actuación, desdeñando la falsa creencia de que, porque la abogacía es una profesión «liberal», todo le esta permitido, sin sujeción alguna a normas que limitan su actuación. Aquí también se aplica el principio constitucional que establece, que ningún derecho es absoluto y que cualquiera de ellos está sujeto o encuadrado dentro de las normas que reglamentan su ejercicio.

Con el colega, el abogado debe actuar con fraternidad y lealtad, con ayuda y respeto recíproco, intentando asimismo colaborar con los abogados iniciados con orientación y consejo desinteresado, amplio y eficaz.

Observamos cotidianamente, que los profesionales de nuestro país cada día, con más frecuencia, están siendo responsabilizados por el resultado de su actuación por los requirentes de sus servicios, que exigen así que dicho accionar puntual corresponda a las expectativas que en ellos depositaron cuando solicitaron la intervención. Para cumplir con esas expectativas, incumbe al abogado el deber constante de actualizar y profundizar sus conocimientos jurídicos.

No quisiera terminar de expresar estos pensamientos en el día que se conmemora el natalicio de Juan Bautista Alberdi, sin antes recordar a aquellos abogados que formaron parte de nuestro Colegio y ya se acogieron a un merecido retiro, y a quienes ya no están entre nosotros en esta vida, pero con su conducta y trayectoria nos marcaron un camino esclarecedor, que es luz y guía para los que tenemos en el presente la difícil responsabilidad de contribuir a mantener la dignidad de nuestra profesión.



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