InicioCiencia EducacionAcceso irrestricto a las universidades
Con aval del gobierno, declararon inconstitucional el acceso irrestricto a las universidades Allá por octubre de 2015, en medio del agitado calendario electoral, el Congreso reformó la «Ley de Educación Superior» que, en los hechos, terminó prohibiendo los exámenes de ingreso. La autora del proyecto, Adriana Puiggrós, se había mostrado por aquellos días satisfecha porque era la primera vez que se lograba “perforar” la ley nacida durante el menemismo, afectando así sus “puntos neurálgicos”. Si bien la norma reconocía a las universidades la posibilidad de establecer cursos de nivelación, destacaba que ello no debía tener “un carácter selectivo, excluyente o discriminador”. Sin embargo, algunos meses después, todo cambió. Durante el fin de semana pasado se conoció un fallo del juez federal Pablo Cayssials mediante el cual, con argumentos cuestionables, declaró la inconstitucionalidad de la ley. La demanda había sido interpuesta a fines de 2015 por las autoridades de la Universidad de La Matanza (UNLaM), quienes se quejaban de que la norma violaba la autonomía que les reconoce la Constitución Nacional. Según sus dichos, con la nueva ley, el Congreso pretendía “regir sobre el acceso, permanencia y egreso” de los estudiantes. “El Estado Nacional decidió inmiscuirse directamente en contenidos propios de las decisiones académicas”, adujo la UNLaM. El PRO antes de las elecciones La «autonomía» es uno de esos términos que los jueces y los abogados siguen discutiendo porque nadie lograr precisar su alcance. En cualquier caso, la autonomía es una regla. Así, hay mayores y menores grados de autonomía y, por tanto, ámbitos de decisión más o menos específicos en los cuales los poderes Ejecutivo y Legislativo no tienen injerencia. ¿Pero puede una ley prohibir los exámenes de ingreso de una universidad? ¿O es algo que debe decidir cada una por sí misma? Pues bien, ello fue lo que se discutió en la causa. Aunque antes, bastante antes, los diputados y los senadores nacionales ya lo había debatido y resolvieron por amplia mayoría que sí, que podían hacerlo. Y así lo hicieron. En ambas Cámaras, cada una a su tiempo, el proyecto de Puiggrós recibió respaldo multipartidario, aunque con una excepción que hoy se vuelve relevante: el PRO. En 2013, cuando tuvo lugar la sesión en Diputados, los macristas no dudaron y votaron en contra de la propuesta sin mayores dilaciones. En el Senado, sin embargo, el asunto fue distinto. Si bien la senadora Gabriela Michetti había anunciado que el bloque del PRO votaría en contra, el calendario electoral de 2015 los obligó a moderar su postura. Michetti se retiró del recinto para evitar el voto, pero el resto de la bancada procuró evitar el escándalo acompañando la propuesta. Algunas semanas después Mauricio Macri y Daniel Scioli se disputarían la presidencia en segunda vuelta y era conveniente cuidar la imagen. El PRO después de las elecciones Pablo Cayssials es el juez que impidió que el Grupo Clarín deba adecuarse de oficio a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. En esta oportunidad, respecto al acceso irrestricto, consideró que “la enseñanza superior no debe ser generalizada, sino sólo disponible sobre la base de la capacidad; capacidad que habrá de valorarse con respecto a los conocimientos especializados y la experiencia de cada cual”. Una formal sutil de defender las restricciones. Aunque todo ello, por supuesto, como dice el fallo, “sin perjuicio de las nobles intenciones que motivaron al Congreso Nacional”. Así, con diversas consideraciones de igual tenor, el juez declaró la inconstitucionalidad del acceso irrestricto. Notificó luego la sentencia a las partes y se sentó a esperar la apelación. Pero ella nunca llegó. En su reemplazo, los abogados del Ministerio de Educación presentaron un escrito en el cual comunicaron al tribunal que “habían recibido instrucciones de no apelar la sentencia dictada”. Y además, como si fuera poco, informaron que según el gobierno debería “mantenerse dicho criterio en casos similares en los cuales se halle en contradicción los artículos de la Ley de Educación Superior cuestionados”. Es decir, cualquier universidad que plantee al igual que la UNLaM la inconstitucionalidad de la ley, recibirá la complacencia del gobierno como respuesta. Apenas días después, con fecha 3 de mayo, finalmente la Sala III de la Cámara Contencioso Administrativo Federal cerró la causa al considerar que la sentencia había sido consentida por el Poder Ejecutivo. Y así fue. Historia en 3 actos: 1) Se vota y aprueba el acceso irrestricto a las universidades. Las autoridades de la Universidad Nacional de La Matanza QUE COBRAN para que los estudiantes puedan acceder a la universidad pública (sí, pública), inician una demanda contra el Estado. 2) El juez Pablo Cayssials falla a favor de las autoridades de la UNLaM, señalando que “la enseñanza superior no debe ser generalizada, sino sólo disponible sobre la base de la capacidad; capacidad que habrá de valorarse con respecto a los conocimientos especializados y la experiencia de cada cual”. Avalando el caracter restrictivo del Curso de Ingreso de la UNLaM, que además de ser pago, se sustenta sobre exámenes con dudosos resultados (que ni siquiera pueden ser consultados por los estudiantes, luego de entregada la nota). 3)Se declara inconstitucional la Ley. El Gobierno de Cambiemos, no apela dicha medida, ya que en un principio se mostró en oposición a dicha ley que se aprobó sin el apoyo manifiesto de su bloque en una de las cámaras (diputados) y con voto dividido en la otra( senadores). La sentencia queda firme porque el Gobierno Nacional no apeló, se cierra la causa y el acceso irrestricto no se aplicará sobre la UNLaM ni otras universidades que inicien demanda similar.
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