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Esta es la ley quieren meter en Argentina -ley del aborto-

Info•11/13/2011
HOLA AMIGOS DE TARINGA LES CUENTO QUE EN ARGENTINA SE ABRIÓ UN DEBATE ACERCA DE LA DE LA DESPENALIZACION DEL ABORTO Y LES DIGO QUE LA MEJOR MANERA DE AGRADECER MI POST NO ES CON PUNTOS NI CON COMENTARIOS SOLO LES PIDO QUE LO LEAN Y SEPAN LO QUE ESTA PASANDO EN LA ARGENTINA Y QUE ESTOS POLITICO NO NOS HAGAN CREER COSAS QUE NO EXISTEN Y PENSEMOS POR NOSOTROS MISMOS Y QUE NO NOS TAPEN LA BOCA CON NETBOOK O PLASMA Y TANTAS COSA MATERIALES QUE NO AYUDAN AL CRECIMIENTO HUMANO SINO TODO LO CONTRARIO LO HACE MAS ESTUPIDO (no quier ofender a nadie pero esta comprabado)


Ahora que es el aborto?

El aborto es la muerte del producto de la concepción y su expulsión del organismo materno en cualquier fase de su desarrollo pre-natal.

¿Como se hacen un Aborto? asi




¿Cual es la ley del aborto?

Artículo 1º: Toda mujer tiene derecho a decidir la interrupción voluntaria de su embarazo durante las primeras doce semanas del proceso gestacional.

Artículo 2º: Toda mujer tiene derecho a acceder a la realización de la práctica del aborto en los servicios del sistema de salud, en las condiciones que determina la presente ley.

Artículo 3º: Fuera del plazo establecido en el art 1º toda mujer tiene derecho a decidir la interrupción del embarazo en los siguientes casos:

a) Si el embarazo fuera producto de una violación, acreditada con denuncia judicial o policial o formulada en un servicio de salud.
b) Si estuviera en riesgo la salud o la vida de la mujer.
c) Si existieran malformaciones fetales graves.

Artículo 4º: Previamente a la realización del aborto en los casos previstos en la presente ley, se requerirá el consentimiento informado de la mujer expresado por escrito.

Artículo 5º: Los servicios de salud del sistema público garantizarán el acceso gratuito a las prestaciones mencionadas en los arts. 1º y 3º y los de la seguridad social de salud y de los sistemas privados las incorporarán a sus coberturas en igualdad de condiciones con sus otras prestaciones.
Asimismo deberán garantizar en forma permanente las prestaciones enunciadas en la presente ley, incluyendo el personal de salud, instalaciones e insumos requeridos.

Artículo 6º: Aquellos médicos/as y demás personal de salud que manifiesten objeción de conciencia para intervenir en los actos médicos a que hace referencia esta ley, deberán hacerlo saber a las autoridades de los establecimientos a los que pertenezcan dentro del plazo de treinta días corridos contados a partir de la promulgación de la presente ley. Quienes ingresen posteriormente podrán manifestar su objeción de conciencia en el momento en que comiencen a prestar servicio. Los/as profesionales que no hayan expresado objeción en los términos establecidos no podrán negarse a efectuar las intervenciones. En todos los casos la autoridad responsable del servicio de salud deberá garantizar la realización de la práctica.

Artículo 7º: Las prácticas profesionales establecidas en la presente ley se efectivizarán sin ninguna autorización judicial previa.

Artículo 8º: En caso de que la interrupción del embarazo deba practicarse a una mujer de menos de catorce años se requerirá el asentimiento de al menos uno de sus representantes legales, o en su ausencia o inexistencia de su guardador de hecho. En todos los casos la niña deberá ser oída y frente a cualquier otro interés se considerará primordial la satisfacción del interés superior de la niña en el pleno goce de sus derechos y garantías consagrados en la Convención Internacional de los Derechos del Niño (Ley 23.849).

Artículo 9º: Si se tratara de una mujer declarada incapaz en juicio se requerirá el consentimiento informado de su representante legal.


¿Que les parecio?

A mi sinceramente me pareció una locura, (no soy el unico) ademas de ser Inconstitucional (segun el tradado internacional de los derechos humanos la VIDA empieza desde la concepcion en el ceno materno) tambien es contraria a los dipuestos por nuestro Codigo Civil de la Republica Argentina (que dice que los actos obrados por los menores de 14 años no tiene eficia es decir q no pueden reputarse validos por enden no podrian abortar tampoco, pero leyendo la ley dice "que los menores de 14 nesesitas una autorización" y les cuento que se trata de una autorizacion de hecho, es decir, que puede ser cualquier persona , hermano, padre, amigo, novio, alguien que paso por la calle incluso) hay mas fundamentos. pero yo creo que el mas importante funtamento es que se trata DE UN VIDA HUMANA







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