Existe una Ley por la que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires indemnizará a aaquellas personas perjudicadas por temporales y/o inundaciones como la de ayer. PERO la persona debe hacer el reclamo dentro de los 7 días y que “el máximo a otorgar es de $ 5.000″. Sí, dentro de los siete días, ya que sino pierde su oportunidad de reclamo (hijos de p…). Si saben de alguien a quien pueda serle útil la siguiente información, avísenle. Aquí les dejo el link de la página del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires donde pueden leer el Instructivo para Fondo de Emergencia para Subsidios por Inundaciones (es bastante claro, y dice lo que se debe presentar y dónde). Cita:http://www.buenosaires.gov.ar/guiaba/guia/?info=detalle&menu=1&id=1296 Si desean leer la Ley 1575 CABA sobre Indemnización por Inundaciones(Liga del COnsorcista de la propiedad horizontal). Cita:http://www.ligadelconsorcista.org/node/1435
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