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Te sentis discriminado? entra acà

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Hola, en esta oportunidad uso este medio para informar a todo aquel que se sienta discriminado ,por el motivo que sea y en caso de que no lo sepa... que HAY LEYES QUE LOS AMPARAN en estas situaciones... TODOS tenemos los mismos derechos, y vale la pena ejercerlos. Por lo tanto si te sentis discriminado por alguna persona u organismo por tu condicion (ya sea racial, sexual, de religion, etc,)lee la ley 23.592 que paso a continuacion y hace la denuncia correspondiente al INADI ACTOS DISCRIMINATORIOS. Ley N° 23.592Adóptanse medidas para quienes arbitrariamente impidan el pleno ejercicio de los derechos y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional.Sancionada: agosto 3 de 1988 Promulgada: agosto 23 de 1988El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de ley:ARTICULO 1°.- Quien arbitrariamente impida, obstruya, restrinja o de algún modo menoscabe el pleno ejercicio sobre bases igualitarias de los derechos y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional, será obligado, a pedido del damnificado, a dejar sin efecto el acto discriminatorio o cesar en su realización y a reparar el daño moral y material ocasionados. A los efectos del presente artículo se considerarán particularmente los actos u omisiones discriminatorios determinados por motivos tales como raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición económica, condición social o caracteres físicos. Art. 2°.- Elévase en un tercio el mínimo y en un medio el máximo de la escala penal de todo delito reprimido por el Código Penal o Leyes complementarias cuando sea cometido por persecución u odio a una raza, religión o nacionalidad, o con el objeto de destruir en todo o en parte a un grupo nacional, étnico, racial o religioso. En ningún caso se podrá exceder del máximo legal de la especie de pena de que se trate. Art. 3°.- Serán reprimidos con prisión de un mes a tres años los que participaren en una organización o realizaren propaganda basados en ideas o teorías de superioridad de una raza o de un grupo de personas de determinada religión, origen étnico o color, que tengan por objeto la justificación o promoción de la discriminación racial o religiosa en cualquier forma. En igual pena incurrirán quienes por cualquier medio alentaren o iniciaren a la persecución o el odio contra una persona o grupos de personas a causa de su raza, religión, nacionalidad o ideas políticas.Art 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional. JUAN C. PUGLIESE - VICTOR H. MARTINEZ - Carlos A. BRAVO - Antonio J. MACRIS.DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TRES DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO. ------------------------------------------NOTA: PARA TODOS AQUELLOS QUE SE SUFRAN UNA SITUACION DE DISCRIMINACION LES DEJO EL LINK DEL INADI PARA QUE PUEDAN HACER LA DENUNCIA CORRESPONDIENTE, HAGAN VALER SUS DERECHOS.El INADI es un ente descentralizado en la órbita del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, con facultades para recibir denuncias, investigar, realizar campañas, y apoyar a las víctimas, en cuestiones relacionadas con toda forma de discriminación http://www.inadi.gov.ar/Bueno, espero les sirva, Saludos a todos y por favor dejen su comentario!. Fuentes:http://www.infoleg.gov.ar (Ley 23.592)http://www.inadi.gov.ar/
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