hola chicos, hoy les traigo los requisitos para adoptar un niño aqui en Argentina.
si estas pensando en adopar como yo. les dejo aca toda la info necesaria.
un besito a todos y mucha suerte.
- Carta dirigida al juez explicando las razones de la decisión de adoptar.
- Acta de matrimonio de la pareja.
- Partida de nacimiento de ambos.
- Fotocopia de 1º y 2º página del documento de identidad (DNI) de ambos.
- Fotos de padres adoptantes.
- Certificado de salud de hospital público u obra social. – Certificado de análisis de HIV de ambos.
-Informe socio-ambiental y psicológico del matrimonio peticionante hecho por el Consejo Nacional del Menor y la Familia o la institución patrocinante.
- Certificados de trabajos e ingresos.
- Certificado de domicilio de ambos.
- Certificado de antecedentes policiales de ambos.
como se adopta un niño en Argentina.
Con la entrada en vigencia el 9 de abril de 1997 de la nueva ley de adopción N°24.779, que fuera aprobada por las Cámaras el 28 de febrero de 1997, derogando la ley N° 19.134 del año 1971, se incorporó al Código Civil.
Algunos comentarios sobre ella
1. Se debe tener cumplidos los 30 años de edad y siendo el estado civil: soltero, viudo, casado o divorciado.
No obstante y a modo de excepción siendo de estado civil casado se puede suplir la falta de edad, 30 cumplidos, acreditando que se tiene más de tres años de casado o por debajo de ese término con la acreditación médica de la imposibilidad de tener hijos.
2. Debe haber una diferencia de edad entre adoptado y adoptantes de 18 años, para poder adoptar.
3. Sólo puede adoptar una persona, salvo que los adoptantes sean cónyuges, pudiendo en este caso hacerlo los dos. Si viviera en pareja (concubinato) sólo uno puede adoptar.
4. Se podrá adoptar un menor, no emancipado o más de uno simultánea o sucesivamente de uno u otro sexo.
5. Tener residencia permanente en el país por lo menos por cinco años anteriores a la petición de guarda. En especial si son extranjeros, ya que si no se acreditara tal extremo, se trataría de adopción internacional, lo que no esta admitida.
Respecto a los Registros Únicos Nacional y Provinciales que las autoridades de aplicación debían organizar conforme la ley referida, algunas provincias lo han creado, en realidad las menos.
Es decir, los aspirantes a adoptar, para poder estar hoy, inscriptos en mayor cantidad de provincias para aumentar las posibilidades de ser llamados para hacerse cargo de la guarda con fines de adopción de un niño, están muy limitados, por cuanto son pocas las provincias que están adheridas al Registro Nacional. En orden a ello, deberán consultar cuáles son las provincias que no están inscriptas y concurrir a cada una de ellas solicitando ser inscriptos, en esa jurisdicción si esa provincia aceptara aspirantes de extraña jurisdicción.
Cuando tomen esta decisión deberán tener cuidado de no caer presas de delincuentes diseminados por todo el territorio argentino, disfrazados de monjas, sacerdotes, médicos, parteras, funcionarios, jueces, directores de hospitales, etc.
Por favor, si desean hacer alguna consulta sobre alguna propuesta que ustedes no comprendan o les parezca rara, no duden en comunicarse con nosotros a: [email protected]
porque optar por la adopcion legal:
Nunca nos explicaron con claridad por qué, siempre que deseamos adoptar, debemos utilizar la vía legal.
Aunque esté ansioso, angustiado, desesperado, NO trate ni acepte “CONSEGUIR” un niño o una niña por vía ilegal.
12 RAZONES QUE LO AYUDARÁN A CONSIDERARLO
1- “Conseguir” un niño por vía ilegal configura un delito tipificado en el Código Penal Argentino y considerado como figura delictiva en todos los países civilizados del Mundo.
2- Cuando ello ocurre, se lo considera un delito de “acción pública”. Es decir, el Estado puede iniciar la persecución del “delincuente”, por iniciativa propia o por denuncia de terceros interesados o no interesados.
3- Desde que la maniobra es descubierta, Ud. será despojado de la “tenencia” del niño, quien será internado en un instituto de recepción de menores, a la espera de la resolución del su problema legal.
4- Ud. muy probablemente, perderá toda posibilidad de que ese mismo niño vuelva al seno de su hogar, como consecuencia de la conducta delictiva generada por Ud. mismo. Ante tal circunstancia, si Ud. deseara inscribirse en el Registro de Postulantes del Tribunal dependiente de su jurisdicción como aspirante legal a adoptar, la causa penal iniciada en su contra podría ser un antecedente negativo para la decisión de los Tribunales de otorgarle un niño en Guarda Legal.
5- La internación del niño provocará la angustia que Ud. supone sufre el pequeño, que quizá ya ha recibido contacto con Ud. por algún tiempo y por razones que están lejos de su comprensión, se encuentra nuevamente desahuciado, abandonado, ahora por Ud., antes… por su familia biológica.
6- Estadísticas de la Fundación Adoptar, indican que los aspirantes a adoptar prefieren niños hasta de un año de vida. Si la circunstancia legal del que era su bebé no ha podido resolverse hasta ese momento, muy probablemente ese niño sufrirá la condena de no poder lograr un hogar donde desarrollarse como persona, casualmente como consecuencia de la circunstancia que le toca vivir, generada por Ud. con aquel acto ilícito.
7- Ud., “consiguiendo” un niño, colabora con las mafias instaladas en todo el Mundo dedicadas al tráfico de personas. Los niños sustraídos y comercializados por estas bandas pueden tener cuatro tipos de destino:
a) Para adopciones ilegales dentro del territorio del país elegido para la sustracción.
b) En la exportación para adopciones internacionales.
c) Para prostitución infantil y pornografía.
d) Para desguace.
8- Ud., al “conseguir” un niño, contribuye con dinero para esas organizaciones delictivas, incrementando no sólo las ganancias económicas de estos grupos, sino estimulando como posible este método ilegal para la trata de personas. Al niño que Ud. acaba de “conseguir” ilegalmente no le conoce su procedencia… puede haber sido una criatura arrebatada de los brazos de su mamá por ejemplo. Ella sufre en estos momentos por esa pérdida injusta, en contrapartida con la alegría provisoria y condicionada que Ud. posee.
9- Al ser ilegal la relación suya con ese niño, al pretender inscribirlo como persona en el Registro Civil, se verá envuelto en una cadena de actos delictivos para la adquisición de documentación necesaria para poder colocarle su apellido y registrarlo como “hijo propio”.
Ud. no está acostumbrado a ello, en razón de la formación moral, ética y religiosa que Ud. ha recibido de sus padres. Ud., para completar esta “inscripción” deberá involucrar a empleados y profesionales que por caridad mal entendida o por dinero lo ayudarán.
10- Observe Ud. hasta este momento, cómo ha iniciado la relación con “su hijo”: CON UN FRAUDE, muy difícil de explicarle algún día si él, ya joven, le pide explicaciones sobre su origen: quién y porqué lo abandonaron o de dónde proviene. Muy probablemente esta situación desgraciada para Ud. lo hará optar por mentirle sobre su procedencia, más aún si hubo dinero en la entrega, con lo que podría complicar más aún la relación con “su hijo”.
11- Recuerde que desde el descubrimiento del análisis de ADN, Ud. puede ser confrontado con cualquier persona que lo intime a realizarse dicha prueba para demostrar que Ud. no es el verdadero padre o madre, con todas las cuestiones judiciales que Ud. nunca podrá probar.
12- Usted no conoce los antecedentes de enfermedad de la familia biológica del niño que “consiguió”. Él posee un precedente genético inevitable. Cuando grande, puede necesitar tomar contacto con su familia originaria por razones emocionales, espirituales o para conseguir material genético para salvar su vida. Usted se verá impedido de prestarle ayuda.
Por todo ello, no confíe en nadie, por más que muestre un rostro serio y preocupado por su necesidad.
Los montos de dinero que se pagan por “conseguir” un niño son muy importantes y pueden desviar el comportamiento de la voluntad habitual de su amigo, pariente, médico, vecino o conocido. En este negocio puede haber involucradas parteras, médicos, jueces, sanatorios, hospitales, organizaciones no gubernamentales y profesionales de toda clase.
para mas informacion sobre este y otros temas entra aca:
http://http://www.adoptar.org.ar/category/adopcion/