Datos de 2011, según Amnistía Internacional:
La mayoría de las ejecuciones tuvieron lugar en China, que ejecutó ella sola a más de mil personas (este país no hace público el dato oficial, que es secreto), más que el resto del mundo en su conjunto.
Arabia Saudí ejecutó a al menos a 82, Corea del Norte al menos a 30,, Estados Unidos a 43 (fue el único país americano que ejecutó), Irak al menos a 68, Irán al menos 360, Somalia a 10 y Yemen al menos a 41.
El uso de la pena de muerte está cada vez más restringido en los países que aún la aplican. Japón, Corea del Sur, Taiwán, Singapur y Estados Unidos son las únicas naciones consideradas primermundistas que mantienen la pena de muerte. Durante los años 1980, la democratización de América Latina supuso un gran incremento en la cantidad de países abolicionistas. Tanto la Unión Europea como el Consejo de Europa exigen de manera estricta a los estados miembros que prohíban expresamente la pena de muerte, con excepción del Protocolo 6 de la Convención para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, que aún autoriza el uso de la pena capital dentro de la Unión para crímenes ocurridos en tiempos de guerra.13
El único miembro que aún se acoge a esa excepción es Bielorrusia: esa es la razón de que dicho país esté aún excluido del Consejo de Europa. Por otro lado, la rápida industrialización en Asia ha incrementado la cantidad de estados desarrollados retencionistas. En dichos países, la pena de muerte cuenta con un amplio apoyo popular, y recibe poca o ninguna atención por parte del gobierno y los medios. Curiosamente, algunos países africanos y de Oriente Medio en los que el apoyo a la pena de muerte es bajo, han seguido la misma tendencia de ignorar el tema.
Algunos países han reanudado la práctica de la pena capital tras haber suspendido las ejecuciones durante largos periodos. Los casos más notables son los de Estados Unidos, que suspendió las ejecuciones en 1973 pero volvió a iniciarlas en 1977; la India, donde no hubo ninguna ejecución entre 1995 y 2004; y Sri Lanka, que recientemente ha declarado el fin de su moratoria sobre la pena de muerte, pero que aún no ha realizado ninguna ejecución. En las Filipinas se reintrodujo la pena capital en 1993 tras su abolición en 1987, pero volvió a ser abolida en 2006.
Una encuesta internacional del Grupo Gallup del año 2000 aseguraba que «El apoyo a la pena de muerte a nivel mundial se encuentra en un 52%». El desglose del porcentaje de apoyo y repudio a la pena de muerte por continentes es: a nivel mundial, 52%/39%, América del Norte 66%/27%,14 Asia 63%/21%, Europa Central y del Este 60%/29%, África 54%/43%, América Latina 37%/55%, Europa Occidental 34%/60%.
En Estados Unidos, las encuestas suelen mostrar pues un apoyo mayoritario a la subsistencia de la pena capital. La postura de un político a favor de la abolición o incluso medidas de gracia a favor de los condenados a la pena capital son considerados como muestras de debilidad ante el crimen y conducen al fin de la carrera política de quien la haya concedido. Una encuesta hecha por ABC News en julio del 2006 mostraba un apoyo de un 65% a favor de la pena de muerte, de manera coherente con otros resultados del año 2000.15 De acuerdo con otra encuesta del Grupo Gallup de mayo del 2006, la mitad del público norteamericano opina que la pena de muerte no se aplica con suficiente frecuencia, y el 60% considera que se aplica de manera justa.16 Sin embargo, las encuestas muestran también que el público está más dividido cuando se le pide elegir entre la pena capital y la cadena perpetua, o cuando deben opinar sobre delincuentes juveniles.17 18 Aproximadamente 6 de cada 10 norteamericanos opinan que la pena de muerte no tiene un efecto disuasorio en los casos de asesinato, y la mayoría opina que por lo menos un inocente ha sido ejecutado en los últimos cinco años 19 20
Una encuesta reciente en la web de Al-Yazira concluye que el 52,7% de los encuestados estaba a favor de la prohibición de la pena de muerte, un 39,3% en contra de su prohibición, y un 8% se mostraba indeciso.
Delitos capitales en la actualidad
En la mayoría de los Estados con pena capital, ésta se aplica actualmente sólo para delitos especialmente graves, como los de sangre (asesinato, parricidio u homicidio). Muchos Estados castigan también con la pena capital, en tiempo de guerra, los delitos de traición, espionaje, sabotaje, o deserción.
También se aplica la pena capital a los siguientes delitos:
-robo de bancos (Arabia Saudí);
-secuestro (Guatemala);
-tráfico de personas (China);
-fraude fiscal grave (China);
-robo con resultado de muerte (Estados Unidos);
-violación (China, Arabia Saudita);
-utilización ilegal de armas de fuego (Singapur);
-ataques terroristas a instalaciones petroleras (India);
-tráfico de drogas, posesión de drogas en cierta cantidad (Indonesia, Arabia Saudí, Malasia, Singapur, Tailandia, Taiwán);
-fabricación y venta ilegales de alcohol (India);
-corrupción de funcionarios (China, Irak hasta la caída de Sadam Hussein);
-proxenetismo (Arabia Saudí);
Argumentos a favor de la existencia de la pena de muerte.
A favor de la pena de muerte suele alegarse bien que es una pena justa y moral (argumento ético), bien que es una pena eficaz para prevenir delitos (argumento utilitarista), bien el argumento religioso o de autoridad:
Argumentos éticos
La pena de muerte es justa y moral, por los siguientes motivos:
Justicia[editar]
Es la única pena justa para determinados delitos atroces (asesinato, violación de niños, traición a la patria...), sobre todo los que privan a otros de sus vidas, que son bienes irreemplazables. Quien a hierro mata, a hierro muere.
Pérdida del derecho a la vida
Quien comete ciertos delitos gravísimos ha roto el contrato social (Rosseau) y no tiene ya derecho alguno frente a la sociedad que ha sufrido sus crímenes, ni tan siquiera derecho a la vida ni a la protección de la sociedad, pues quien los comete ha roto con ello sus lazos con ella.
Consuelo a las víctimas[editar]
Es la única pena que da cierto consuelo o satisfacción a los parientes de los asesinados por el que va a ser ejecutado, que merecen un mejor trato que el que se vaya a dar al criminal.
Argumentos utilitaristas[editar]
La pena de muerte es la única pena posible o la más eficaz para impedir determinados delitos.
Prevención general[editar]
La pena de muerte previene nuevos delitos, sobre todo cuando es comúnmente conocida su aplicabilidad y se publicita su aplicación efectiva (con noticias sobre ejecuciones, ejecuciones públicas, o retransmisiones televisadas): Asusta a los posibles futuros autores de los delitos castigados con ella más eficazmente que otro tipo de penas, previniendo así mejor esos delitos que otros tipos de pena que infunden menos miedo a los criminales.
Prevención especial
Además, evita que los criminales ejecutados puedan estar nuevamente en situación de cometer más delitos, por ejemplo fugándose de la prisión. Determinados delincuentes encerrados en prisión pueden continuar siendo peligrosos, ya sea para los demás reclusos o funcionarios de prisiones, ya sea para la población en general (jefes de bandas terroristas o mafiosas). Mantener a ciertos criminales en prisión puede estimular a bandas criminales a liberarlos por la fuerza o por métodos extorsivos.
Menor costo que la prisión perpetua
La pena capital es más barata que mantener encerrado de por vida al criminal condenado a costa de la sociedad víctima de sus crímenes.
Estado de necesidad
En situaciones de guerra, en las que el Estado está en un estado de necesidad, aunque la pena sea extremadamente dura para los delitos por los que se la aplica, que normalmente no serían merecedores de ella es la única pena eficaz para impedir deserciones, actos de cobardía, traiciones, derrotismo, o contrabando, pues de otro modo, los autores de tales crímenes podrían preferir la cárcel a arriesgarse a morir en el campo de batalla, o los traidores podrían esperar ser salvados por el enemigo si saliera finalmente triunfante. (Este argumento no justifica directamente la pena de muerte con carácter general, pero la admite o comprende basándose en una situación de necesidad que hace variar las reglas provisionalmente).
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