Buenas noches, lince. Sé que seguro vas a querer pasártela crapeando con T! at night pero dale una oportunidad al post. Estoy seguro de que tenías idea de ésto pero a mi parecer, es algo injusto. Primero, te voy a tirar la data y después dejo mi opinión argumental de la que podes diferir, obviamente. ¡Vamos al post!
Lince: ¿Sabías que en Argentina un obispo recibe un salario que está entre 8.000 y 11.000 pesos por mes? Ésto es el 80% de la remuneración de un juez argentino de primera instancia y como se sabe, ninguna iglesia ni sacerdote u obispo tiene que pagar impuesto alguno, lo cual es un privilegio que otros cultos no tienen en éste país.
Los obispos a diferencia del ciudadano común no hacen aportes jubilatorios y se jubilan con más de once mil pesos. Claro, maquinola, que ésto sucede en casi todos los países con las religiones oficiales correspondientes a cada uno y no solo es discriminatorio, si no que también, es injusto; Sin mencionar todas las contrariedades que existen en diferentes partes del mundo en las cuales existen disturbios y enfrentamiento a causa de conflictos entre estas instituciones.
“Cada golpe de Estado le dió privilegios a la Iglesia Católica. Estas son deudas de la democracia. Ahora que asume Francisco y dice que va a venir en diciembre se está pidiendo una reunión urgente por la reforma del Código Civil porque les molesta el acceso a los nuevos derechos”, manifestó Fernando Esteban Lozada, representante ateo de Mar del Plata, y militante por el laicisno.
Para explicar la anterior afirmación, Lozada refirió que la Iglesia Católica recibe del Estado argentino, pese a ser éste un estado laico , 36 millones de pesos anuales en concepto de sueldos. “Los obispoc cobran unos $22.000 por mes, los seminaristas, cobran como empleados públicos, y a los curas de frontera además se le abonan viáticos”.
El representante de Mar del Plata contó también, que los sacerdotes gozan del trato de embajadores en las aduanas, pudiendo pasar valijas sin que éstas sean revisadas.
En su reflexión, afirmó que una de las cuestiones que lograron aprovechar como institución, fue durante el gobierno de facto de Onganía, en el que se les permitió convertirse en la única persona no estatal que es persona jurídica de caracter público, “lo que le da privilegios y la vuelve inembargable”.
Otro de los aspectos fuertemente cuestionados por el movimiento de mujeres fue que el Código Civil aprobado mantiene los privilegios de la Iglesia Católica en cuanto a que continúan definiéndola como una “persona pública”. Mientras tanto, el resto de los cultos mantienen su estatus de “personas privadas”.
El estatus que se le otorga a la Iglesia Católica implica que es completamente autónoma y no tiene que ajustar su organización y funcionamiento a ninguna norma del Estado. Sus normas internas quedan regidas al derecho canónico. Este estatus privilegiado vulnera el principio de laicidad estatal y el de igualdad y no discriminación por motivos religiosos en cuanto no se reconoce el mismo privilegio a otros cultos.
El estatus que se le otorga a la Iglesia Católica implica que es completamente autónoma y no tiene que ajustar su organización y funcionamiento a ninguna norma del Estado. Sus normas internas quedan regidas al derecho canónico. Este estatus privilegiado vulnera el principio de laicidad estatal y el de igualdad y no discriminación por motivos religiosos en cuanto no se reconoce el mismo privilegio a otros cultos.
En la Argentina, 26 obispos y arzobispos retirados cobran jubilaciones de privilegio, aun sin haber hecho aportes en toda su vida. Son, por así decirlo, "jubilaciones divinas", que están sustentadas íntegramente por el Estado Nacional y se otorgan con exclusividad a la máxima jerarquía de la Iglesia Católica, generando un gasto mensual de $ 287.560. Es decir, $ 3.450.720 al año, que deben pagar con sus impuestos todos los argentinos. Los creyentes y los no creyentes. Incluso, los que pertenecen a otros cultos religiosos.
La Ley 21.540, sobre la "Asignación a determinados dignatarios pertenecientes al Culto Católico Apostólico Romano", fue sancionada el 25 de febrero de 1977. A través de ella, la dictadura dispuso que arzobispos y obispos retirados gozaran "de una asignación mensual y vitalicia equivalente al 70% de la remuneración fijada al cargo de Juez Nacional de Primera Instancia". Además, se determinó que este dinero fuese otorgado a los prelados que acreditaran "75 años de edad o incapacidad" y que la remuneración sería "móvil", con lo que, a cada aumento del sueldo básico de los magistrados, también se produce, automáticamente, un incremento en las jubilaciones de la jerarquía eclesiástica.
Quienes sí accedieron a este privilegio conforman, según informó la Secretaría de Culto de la Nación, un total de 26 religiosos: 21 obispos y cinco arzobispos. Siguiendo la medida del 70% del salario de un juez nacional de primera instancia -que en la actualidad cobra exactamente un básico de $ 15.805,94- cada uno de los prelados que se acogieron a este ventajoso régimen percibe $ 11.060 al mes, lo que equivale a ocho jubilaciones mínimas. Dicho de otra forma: Un solo "jubilado divino" cobra lo mismo que ocho comunes.
La Ley 21.540, sobre la "Asignación a determinados dignatarios pertenecientes al Culto Católico Apostólico Romano", fue sancionada el 25 de febrero de 1977. A través de ella, la dictadura dispuso que arzobispos y obispos retirados gozaran "de una asignación mensual y vitalicia equivalente al 70% de la remuneración fijada al cargo de Juez Nacional de Primera Instancia". Además, se determinó que este dinero fuese otorgado a los prelados que acreditaran "75 años de edad o incapacidad" y que la remuneración sería "móvil", con lo que, a cada aumento del sueldo básico de los magistrados, también se produce, automáticamente, un incremento en las jubilaciones de la jerarquía eclesiástica.
Quienes sí accedieron a este privilegio conforman, según informó la Secretaría de Culto de la Nación, un total de 26 religiosos: 21 obispos y cinco arzobispos. Siguiendo la medida del 70% del salario de un juez nacional de primera instancia -que en la actualidad cobra exactamente un básico de $ 15.805,94- cada uno de los prelados que se acogieron a este ventajoso régimen percibe $ 11.060 al mes, lo que equivale a ocho jubilaciones mínimas. Dicho de otra forma: Un solo "jubilado divino" cobra lo mismo que ocho comunes.
Antes que nada entiendan que no me opongo a ningún tipo de creencia o religión siempre que éstas NO influyan en el estado en ningún aspecto. No considero justo que el estado -que nos pertenece a todos y cada uno- deba mantener u otorgar privilegio alguno a ningún culto en particular: Más claro, la libertad de culto consiste en la libre práctica de cultos siempre que no influyan negativamente en la sociedad -o en cualquier grupo humano por reducido que fuese- pero en ningún ámbito lógico se entiende que el estado mantenga -con el dinero de impuestos de todos- a uno o más, cultos puesto que existen personas neutrales, indiferentes, que discrepan o son practicantes de cultos a los que no favorecen.
Básicamente considero oportuna, justa y lógica la libertad de cada individuo de creer y participar de cultos siempre que la financiación salga de los mismos practicantes -o del mismísimo vaticano, en este caso- pero el mantenimiento de la iglesia de manera estatal es injusta y sinsentido. Entiendo que la iglesia sirve, también, como refugio de muchos casos sociales aberrantes y se tiene al templo o la iglesia como el primer lugar de socorro para chicos de la calle, mujeres golpeadas, etcétera; lo cual tampoco, según mi criterio es argumento válido, puesto que según el altruísmo que predican deberían ser los fieles quienes financien éste tipo de cosas: ¿Por qué? Porque un no-creyente o alguien de un credo distinto y posiblemente carente de sede, cree que un lugar de rehabilitación o refugio estatal para éste tipo de cosas sería mucho más útil si fuese, en todo caso, meramente estatal o privado que brinde mucho más asesoría legal y jurídica que una oración...
Sin embargo, algo fuera de toda cabida en lógica, están los privilegios de los obispos y arzobispos que nombre anteriormente y no creo que alguien discrepe de mi opinión sobre lo injusto que resulta la jubilación y el salario divino: ¿Sabían que en la antiguedad el sacerdocio era más una salidad económica que voluntario y por fe?
Básicamente considero oportuna, justa y lógica la libertad de cada individuo de creer y participar de cultos siempre que la financiación salga de los mismos practicantes -o del mismísimo vaticano, en este caso- pero el mantenimiento de la iglesia de manera estatal es injusta y sinsentido. Entiendo que la iglesia sirve, también, como refugio de muchos casos sociales aberrantes y se tiene al templo o la iglesia como el primer lugar de socorro para chicos de la calle, mujeres golpeadas, etcétera; lo cual tampoco, según mi criterio es argumento válido, puesto que según el altruísmo que predican deberían ser los fieles quienes financien éste tipo de cosas: ¿Por qué? Porque un no-creyente o alguien de un credo distinto y posiblemente carente de sede, cree que un lugar de rehabilitación o refugio estatal para éste tipo de cosas sería mucho más útil si fuese, en todo caso, meramente estatal o privado que brinde mucho más asesoría legal y jurídica que una oración...
Sin embargo, algo fuera de toda cabida en lógica, están los privilegios de los obispos y arzobispos que nombre anteriormente y no creo que alguien discrepe de mi opinión sobre lo injusto que resulta la jubilación y el salario divino: ¿Sabían que en la antiguedad el sacerdocio era más una salidad económica que voluntario y por fe?
Ésto es todo por hoy, espero el post les haya gustado, titanes.