InicioAutos MotosAsí se transfiere un auto lince


transferencia automotor

transferencia de un auto

1.- Presentar la documentación requerida en el Registro Seccional correspondiente.
  
IMPORTANTE: para obtener una constancia del certificado de transferencia se debe realizar el trámite “Certificado de la transferencia del automotor, moto o maquinaria” en el Registro Seccional donde está radicado.
transferir un auto

comprar y  vender autos

Qué documentación presentar?


1.- Formulario “08”. Firmas certificadas de las partes. Si el titular es casado debe también firmar el cónyuge.
  
2.-  Verificación  en Solicitud Tipo “12” (obligatoria para automotores inscriptos inicialmente a partir del 01/01/85).
La verificación física realizada tendrá una validez de 150 días hábiles administrativos y deberá ser realizada en la  planta verificadora  habilitada para el Registro Seccional donde se presentará el trámite.
 
3.- Título del automotor, moto o maquinaria.
 
4.- Cédula verde del rodado.
 
5.- Certificado de Transferencia Automotor (Ce.T.A.) para automotores valuados en $30.000.- o más. Lo debe obtener el titular vendedor del rodado en la  página web de AFIP  con clave fiscal o en la agencia AFIP que le corresponde por el domicilio al titular. Lo imprimirá y se debe presentar al registro junto con la documentación de la transferencia. Nota: en caso de condominio ese monto se dividirá según los porcentajes de participación de cada uno de los condóminos.
 
6.- Formulario "13 C" - Informe impositivo para realizar la baja por transferencia o cambio de radicación.
 
7.- Formulario "13 i" Informe sobre infracciones de tránsito para realizar la transferencia y Formulario libre deuda de patentes.
  
8.-  Formulario "13"  - Declaración Jurada de patentes firmada por el presentante del trámite. 
 
9.- Declaración Jurada del adquirente o comprador sobre si él es o no es una persona expuesta políticamente, con firma certificada por el registro o por escribano público si es que no concurrirá en persona al registro; cuando el monto de la adquisición supere $300.000.- se deberá probar la procedencia del dinero utilizado para la adquisición mediante instrumentos fehacientes.
  
10.- Constancia de inscripción del comprador o adquirente de CUIT, CUIL o CDI.
a) CUIT o CUIL: se podrá acreditar mediante alguno de los siguientes elementos:
- Constancia emitida por la AFIP o ANSES.
b) CDI: Formulario de declaración jurada Nº 663 o Formulario 622 de AFIP.
 
11.- En caso de existir prenda, constancia fehaciente (carta documento o telegrama colacionado) de haber comunicado la transferencia al acreedor prendario.  
 
12.- En caso de encontrarse inscripto contrato de leasing, constancia de que el tomador del leasing está en conocimiento de la venta, mediante presentación de la copia del telegrama o carta documento emitida por el correo. 
 
13.- Documento que acredite el domicilio del adquirente o de la guarda habitual del automotor:
a) PERSONAS DE EXISTENCIA VISIBLE CON CIUDADANIA ARGENTINA:
- DNI, Libreta de Enrolamiento, Libreta Cívica, (original y fotocopia certificada).
b) PERSONAS DE EXISTENCIA VISIBLE CON CIUDADANIA EXTRANJERA:
- DNI otorgado por la Dirección Nacional de Migraciones para los extranjeros con residencia permanente en el país (original y fotocopia certificada).
- Declaración jurada (debidamente certificada por Escribano Público o Encargado del Registro) manifestando su residencia o habitación en el país (original y fotocopia certificada).
c) PERSONAS DE EXISTENCIA IDEAL DE CARÁCTER PRIVADO:
- Contrato social, estatuto o constancia del organismo estatal de contralor de las personas jurídicas o de cualquier otro organismo estatal del que resulte el domicilio del titular o adquirente (en original y fotocopia certificada).
- Instrumento emanado por Escribano Público del que resulte el domicilio legal, del cual da fe por haber tenido la documentación (Contrato social, estatuto, etc.) a la vista o por constarle ese hecho.
d) PERSONAS JURIDICAS DE CARACTER PUBLICO:
- Constancia suscripta (debidamente certificada) por la persona autorizada para representar a la entidad.
e) GUARDA HABITUAL PARA PERSONAS FISICAS Y JURIDICAS:
- Acta notarial en la que el titular de dominio, o el adquirente que posea un Formulario “08” en condiciones de ser inscripta, declaren bajo juramento que el lugar que denuncian, que detallarán debidamente, es la real guarda del automotor cuya inscripción o radicación solicitan, y manifiesten en qué carácter hacen uso del referido lugar y expongan las razones por las cuales dicha guarda difiere de su domicilio.
- Documentos que acrediten el carácter invocado para hacer uso del lugar denunciado como guarda habitual (v.g. título de propiedad, escritura de usufructo, contrato de locación o sus respectivos recibos de pago e informe del dominio del Registro de la Propiedad Inmueble para acreditar la titularidad del locador, u otro documento fehaciente).
Asimismo se presentará una fotocopia de los documentos certificados.
- En caso de condominio en la adquisición fijarán la radicación los condóminos que individual o conjuntamente fuesen titulares de más del 50% del dominio. En caso de que los porcentajes sean similares, los condóminos elegirán de común acuerdo quién fijará la radicación; todos los condóminos deberán expresar su conformidad por escrito.  
Así se transfiere un auto lince

 
NOTA:
- En el caso de que la transferencia no sea presentada por el titular, el representante legal del titular o un apoderado, quien presente el trámite deberá presentar Formulario 59 y DNI. Si lo realiza el cónyuge o un descendiente sólo debe presentar documentación que acredite el vínculo y DNI. 
 
- Para informarse acerca de la certificación de firmas, ver el Item “Observaciones”.
transferencia automotor

Cuanto cuesta lince?


Los trámites se realizan previo pago de los aranceles que a ese efecto fija el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Se paga por la petición y no por el resultado favorable de ésta. Los aranceles tienen una validez de 90 días hábiles administrativos.
Puede consultar los  ARANCELES .
 
PARA AUTOMOTOR:
Determinación del valor de mercado de los automotores:
a) 1% del valor que surja de la  tabla de valuación  aprobada por la Dirección Nacionalo en su defecto,
b) El valor declarado en la Formulario "08".  
En caso de no poder determinarse ese valor a través de alguna de las alternativas mencionadas se percibirá el arancel mínimo establecido para cada categoría.  
El arancel se reducirá en un 10% si el transmitente fuere comerciante habitual que hubiere inscripto el automotor a su nombre (art. 9º del R.J.A.) y siempre que se peticione dentro de los 90 días posteriores.  
- Si el automotor a transferir registrare prenda el arancel se incrementará.
- Si la transferencia se acompaña con un certificado de dominio vigente, se descontará el costo del certificado. 
El arancel del Formulario 13 C no es uniforme en todo el país. Consultar en el  Registro correspondiente . 
 
PARA MOTOVEHICULOS
Si la transferencia se acompaña con un certificado de dominio vigente, el costo de ese certificado al momento de la transferencia, se descontará del arancel.
Si el motovehículo registrare prenda el arancel se incrementará.
El arancel del Formulario 13 C no es uniforme en todo el país. Consultar en el  Registro correspondiente .
 
PARA MAQUINARIAS AGRICOLA VIAL O INDUSTRIAL
- Formulario “08”: 1,5 por mil del monto del rodado.
- Transferencia de dominio de maquinarias de fabricación nacional: el UNO POR MIL (10/00) del valor de adquisición.
- Transferencia de dominio de maquinarias importadas: el DOS POR MIL (2‰) del valor de adquisición.
A los fines de determinar los valores indicados en los párrafos precedentes deberá tenerse en cuenta, en cada caso, el valor declarado en la Solicitud Tipo "08".
Si la maquinaria a transferir registrara prenda el arancel a percibir se incrementará.
Si la transferencia se acompaña con UN (1) certificado de dominio vigente el costo de ese certificado al momento de la transferencia se descontará del arancel.  
El arancel del Formulario 13 C no es uniforme en todo el país. Consultar en el  Registro correspondiente .
 
IMPORTANTE: los formularios se entregan gratuitamente en caso de certificarse las firmas de ambas partes en el Registro y presentar la transferencia en el mismo acto. 
transferencia de un auto

transferir un auto

Quien puede hacer la transferencia?


- Titular registral y adquirente, Representante legal o apoderado.
 
Al sólo efecto de la presentación, la misma podrá ser efectuada por:
- un tercero que deberá adjuntar Formulario 59 y DNI.
- el cónyuge o un descendiente presentando documentación que acredite el vínculo y DNI.
comprar y  vender autos

Qué vigencia tiene el documento tramitado?


La cédula verde tiene un vencimiento de un año excepto para el titular para quien no vence.
La exhibición de una cédula verde vigente hace presumir la autorización del titular a circular a terceros, por lo que no es necesario tramitar la cédula azul.
Así se transfiere un auto lince

Cuantas veces tenes que ir a hacer el trámite?


DOS (2) veces:
1.- Presentar la documentación requerida.
2.- Retirar la cédula verde y el alta impositiva de rentas.
 
En caso del trámite no presente observaciones debería asistir al organismo UNA vez
transferencia automotor

Tiempo desde la solicitud hasta la entrega:


A partir de las 48 hs.
transferencia de un auto

Donde se puede realizar?
- En el Registro Seccional que corresponda por domicilio del interesado o guarda habitual. Puede consultar el  Registro Seccional por domicilio  o  por código de Registro .
 
- En el Registro Seccional donde está radicado el automotor. Puede consultar el  Registro Seccional por domicilio  o  por código de Registro .
transferir un auto

Algunas observaciones


DATOS SOBRE LOS FORMULARIOS
Los Formularios serán provistos gratuitamente por el Registro Seccional, siempre que:
a) El trámite sea presentado ante el Registro de la radicación, o el de la futura radicación si se peticiona también el trámite de Cambio de Radicación.
b) Que el peticionario suscriba el Formulario ante el encargado de Registro, quien le certificará su firma.
Cuando se tratare de la inscripción de contratos o de peticiones para los que se requiere del concurso de dos partes contratantes, éstas deberán suscribir en el mismo acto el Formulario en presencia del encargado, quien procederá a su certificación.
Los Formularios deberán presentarse totalmente completos.
Los Formularios tienen una validez de 90 días hábiles administrativos a partir de la fecha de la primera certificación de firmas, salvo las que instrumentan el otorgamiento de derechos ("08", "15", "03", "01", "20" y "24" que no tienen vencimiento pero transcurridos 90 días hábiles administrativos se abonará un arancel progresivo por mora.
  
CERTIFICACIÓN DE FIRMAS EN LOS FORMULARIOS
La firma del peticionario (y cuando correspondiere su cónyuge) en los Formularios deberá estar certificada por:
a) Encargado del Registro de la radicación del automotor o donde se presentará el trámite o;
b) Escribano Público o;
c) Otros certificantes.
Consultar en la Oficina de Asesoramiento de la DNRPA.
 
No se requerirá certificación:
a) En los Formularios referidos a contratos de prenda con registro y sus trámites posteriores, cuando el acreedor sea el Estado, sus reparticiones autárquicas y los bancos y demás entidades financieras autorizadas por el Banco Central de la República Argentina, las instituciones financieras de carácter internacional de las que la República Argentina sea miembro y las sociedades cooperativas.
b) Las firmas estampadas por los jueces, secretarios, personas autorizadas a diligenciar el trámite o letrados, en los Formularios que deban acompañarse con carácter de minuta, ni las que con el mismo carácter suscriban los Escribanos autorizantes de las transferencias celebradas por escritura pública o las suscriptas por éstos en los supuestos previstos para las transferencias realizadas con Formulario “08” especial.
c) Las firmas estampadas en el Formulario "99" y en los Formularios "57" y "58"




comprar y  vender autos

Datos archivados del Taringa! original
61puntos
973visitas
0comentarios
Actividad nueva en Posteamelo
0puntos
3visitas
0comentarios
Dar puntos:

Dejá tu comentario

0/2000

Autor del Post

C
Customjarri🇦🇷
Usuario
Puntos0
Posts164
Ver perfil →
PosteameloArchivo Histórico de Taringa! (2004-2017). Preservando la inteligencia colectiva de la internet hispanohablante.

CONTACTO

18 de Septiembre 455, Casilla 52

Chillán, Región de Ñuble, Chile

Solo correo postal

© 2026 Posteamelo.com. No afiliado con Taringa! ni sus sucesores.

Contenido preservado con fines históricos y culturales.