Amigos,
Quiero compartir mi experiencia cuando intenté grabar las autopartes de mi moto para dar cumplimiento a la ley vigente.
Estarán al tanto que la Ley 3708 del 13 de diciembre de 2010, estableció en el ámbito de CABA la obligatoriedad del grabado de autopartes en todos los automotores registrados en la DNRPA (Dirección Nacional de la Propiedad de Automotor).
Para el caso de automóviles la ley expresa claramente que los seis números de la patentes (tres letras y tres números) deben grabarse en seis partes del vehículo: capot, baúl y cuatro puertas (siempre del lado interno). El costo del trámite a octubre de 2016 es de $650, no lleva más de 20 minutos y se entrega una oblea numerada que se pega en el parabrisas y un sticker para pegar al costado de la patente.
Para concurrir a un centro de grabado se debe pedir turno en http://www.buenosaires.gob.ar/tramites/grabado-de-autopartes-de-vehiculos-automotores.
Los vehículos cuya patente termine en 1, 2, 3, 4, 5, 6 que no hayan realizado el grabado están en infracción, y los que terminen el 7, 8, 9 tienen tiempo hasta el 14 de diciembre de 2016. Pasado este plazo pasará a costar $1.150 (http://www.clarin.com/ciudades/vence-plazo-hacer-grabado-autopartes_0_1603639748.html ) Vencido el plazo, la multa por carecer del grabado es de 150 UF (cada UF es de $9.65)
Sin entrar a discutir la utilidad o no de este trámite para la prevención del delito de comercialización de autopartes robadas, me encontré con la dificultad de que nada se dice de los motovehículos. Si bien éstos son considerados automotores, no se menciona en que partes de la moto debe hacerse el grabado.
Consulté en un Centro de Grabado y me dijeron “se graba en tres partes: los 2 barrales y el caño de escape, en realidad en donde se pueda y entre la máquina”. ¿Si son tres partes solamente porqué se cobra lo mismo?, “nosotros no fijamos el precio” me contestaron.
Queda en evidencia así la falta de reglamentación de la Ley 3708 respecto de motovehiculos, las pistolas neumáticas son de dimensiones considerables y no están preparadas para grabar las partes de nuestras motos. Además las partes a grabar quedan a criterio de la persona que nos atiende en ese momento.
En la provincia de Córdoba, donde hubo varios problemas, se especifica solo tres puntos de grabado para las motos “dependiendo del modelo y características, las 3 piezas más importantes para evitar comercialización clandestina”. Allí por lo menos cobran $250 para las motos y $490 para los autos. (http://portaldetramites.cba.gov.ar/v/717)
Envié mails a la RVA (Registro de Verificación de Partes) con estas consultas, y me contestaron que los puntos de grabado son cinco: 2 en los barrales delanteros derecho e izquierdo, 2 en los lados derecho e izquierdo de la horquilla trasera y 1 en el caño de escape. Les cuestioné que esto no estaba especificado en ninguna parte de la ley, a lo que no tuve respuesta.
El trámite de grabado de autopartes en motovehículos no solo es de un costo desproporcionado comparado con el costo en un automovíl, sino que carece de la reglamentación específica correspondiente, lo que lo hace impracticable.
Otro comentario más, la pagina del Gobierno de la Ciudad no acepta los números de dominios de motos, por lo que el turno debe solicitarse en forma telefónica.
Quiero compartir mi experiencia cuando intenté grabar las autopartes de mi moto para dar cumplimiento a la ley vigente.
Estarán al tanto que la Ley 3708 del 13 de diciembre de 2010, estableció en el ámbito de CABA la obligatoriedad del grabado de autopartes en todos los automotores registrados en la DNRPA (Dirección Nacional de la Propiedad de Automotor).
Para el caso de automóviles la ley expresa claramente que los seis números de la patentes (tres letras y tres números) deben grabarse en seis partes del vehículo: capot, baúl y cuatro puertas (siempre del lado interno). El costo del trámite a octubre de 2016 es de $650, no lleva más de 20 minutos y se entrega una oblea numerada que se pega en el parabrisas y un sticker para pegar al costado de la patente.
Para concurrir a un centro de grabado se debe pedir turno en http://www.buenosaires.gob.ar/tramites/grabado-de-autopartes-de-vehiculos-automotores.
Los vehículos cuya patente termine en 1, 2, 3, 4, 5, 6 que no hayan realizado el grabado están en infracción, y los que terminen el 7, 8, 9 tienen tiempo hasta el 14 de diciembre de 2016. Pasado este plazo pasará a costar $1.150 (http://www.clarin.com/ciudades/vence-plazo-hacer-grabado-autopartes_0_1603639748.html ) Vencido el plazo, la multa por carecer del grabado es de 150 UF (cada UF es de $9.65)
Sin entrar a discutir la utilidad o no de este trámite para la prevención del delito de comercialización de autopartes robadas, me encontré con la dificultad de que nada se dice de los motovehículos. Si bien éstos son considerados automotores, no se menciona en que partes de la moto debe hacerse el grabado.
Consulté en un Centro de Grabado y me dijeron “se graba en tres partes: los 2 barrales y el caño de escape, en realidad en donde se pueda y entre la máquina”. ¿Si son tres partes solamente porqué se cobra lo mismo?, “nosotros no fijamos el precio” me contestaron.
Queda en evidencia así la falta de reglamentación de la Ley 3708 respecto de motovehiculos, las pistolas neumáticas son de dimensiones considerables y no están preparadas para grabar las partes de nuestras motos. Además las partes a grabar quedan a criterio de la persona que nos atiende en ese momento.
En la provincia de Córdoba, donde hubo varios problemas, se especifica solo tres puntos de grabado para las motos “dependiendo del modelo y características, las 3 piezas más importantes para evitar comercialización clandestina”. Allí por lo menos cobran $250 para las motos y $490 para los autos. (http://portaldetramites.cba.gov.ar/v/717)
Envié mails a la RVA (Registro de Verificación de Partes) con estas consultas, y me contestaron que los puntos de grabado son cinco: 2 en los barrales delanteros derecho e izquierdo, 2 en los lados derecho e izquierdo de la horquilla trasera y 1 en el caño de escape. Les cuestioné que esto no estaba especificado en ninguna parte de la ley, a lo que no tuve respuesta.
El trámite de grabado de autopartes en motovehículos no solo es de un costo desproporcionado comparado con el costo en un automovíl, sino que carece de la reglamentación específica correspondiente, lo que lo hace impracticable.
Otro comentario más, la pagina del Gobierno de la Ciudad no acepta los números de dominios de motos, por lo que el turno debe solicitarse en forma telefónica.