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Te explico el artículo 93 de la constitución Lince

Offtopic12/5/2015





La cosa es así papu, si bien yo no soy K, no puedo ser K porque aborrezco a Cristina y un kirchnerista tiene que amarla mas que a su madre, siempre estuve mucho mas cerca de los K que de Macri. Y lo sigo estando, sin embargo se diferenciar la paja del trigo y creo que en este caso, hay que dejar un rato las diferencias de lado y tratar que la transición sea en paz y armonía.

Por eso creo que la entrega de los atributos presidenciales debe hacerse donde lo reclama el presidente electo Mauricio Macri. Pero ¿es esto constitucional? Por supuesto que sí y ahora te muestro fiera.

¿que dice el articulo 93 de la CN que tanto les gusta a los Kirchneristas?

Al tomar posesión de su cargo el presidente y vicepresidente prestarán juramento, en manos del presidente del Senado y ante el Congreso reunido en Asamblea, respetando sus creencias religiosas, de: "desempeñar con lealtad y patriotismo el cargo de presidente (o vicepresidente) de la Nación y observar y hacer observar fielmente la Constitución de la Nación Argentina".

¿Me lo explicas fiera?

Por supuesto papu. El artículo en primer término habla del juramento, que en realidad es una mera formalidad pues el artículo 92 dice que

El presidente de la Nación cesa en el poder el mismo día en que expira su período de cuatro años; sin que evento alguno que lo haya interrumpido, pueda ser motivo de que se le complete más tarde.

Por lo tanto Cristina Kirchner deja de ser presidente a las 00 horas del dia 10. Como el país no puede estar acéfalo, (sin presidente) se sobreentiende que Macri ya es presidente a partír de esa hora AUNQUE NO HAYA JURADO.

En segundo lugar, hay que destacar que se habla del congreso reunido en asamblea. El problema es que al edificio situado en Entre Ríos nº 50, se le dice Congreso, pero en realidad congreso se llama a la reunión de los congresistas, es decir diputados y senadores. Que puede darse en cualquier otro lugar si las circunstancias así lo ameritan. Por ejemplo el Congreso general constituyente del 94, se celebró en Sta Fe.

El acto simbólico de entregar los atributos de la presidencia, que son el bastón y la banda, no está contemplado en la constitución nacional y se supone que algún día va a quedar obsoleto por ser una reminiscencia de las costumbres monárquicas. Sin embargo, todavía se realiza, y si bien por sentido común se supone que debe realizarse siguiendo ciertas formalidades, tampoco es que lo podes hacer en la cancha de Boca, no hay un lugar establecido y eso queda a criterio del presidente electo, que en todo caso puede "negociarlo" con el presidente saliente para hacerlo en un lugar que quede cómodo a ambos. Mas nunca puede ser imposición del presidente saliente que para ese entonces ya no está objetivamente en funciones.

¿te quedó claro papu?

resumiendo, la constitución nacional no habla ni de que debe realizarse en el lugar físico conocido como Congreso, ni habla de los Atributos presidenciales. Lo único importante es que el nuevo presidente jure ante los congresistas reunidos en asamblea. El congreso es el lugar mas sensato para hacerlo obviamente, pero la ley no estipula que sea obligatorio realizarlo allí.









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