Esta nota fue publicada en el Diario Los Andes el 3 de Julio de 2008, hace 3 años y 1 día.....aplica 100% a estos días en los cuales la Cadena Nacional es usada reiteradamente. En el marco del conflicto con el campo existe una cuestión poco mencionada: el uso improcedente de la cadena nacional por parte de la Presidenta de la Nación. En menos de un mes Cristina usó la cadena nacional cuatro veces: el 25 de mayo en el acto oficial, el 9 de junio para anunciar el plan de redistribución social, el 17 de junio -cuando anunció el envío del proyecto de ley de retenciones- y el 18 de junio en el acto de Plaza de Mayo. La mandataria superó con creces a sus antecesores, que generalmente recurrieron a este mecanismo de excepción para dar a conocer temas trascendentes, realizar la apertura de las sesiones parlamentarias, dar a conocer medidas económicas de envergadura y, en algunos casos, para saludos de fin de año. Incluso su marido la usó sólo dos veces en cuatro años. Según la Ley de Radiodifusión, los medios están obligados a transmitir sin cargo los discursos presidenciales cuando el Comfer lo disponga. El artículo 43 enumera situaciones relevantes como la grave emergencia nacional, regional o local; el requerimiento de las autoridades de Defensa Civil; las situaciones de peligro que afecten los medios de transporte o de comunicación y la emisión de los programas que requiera el Ministerio de Cultura y Educación. La figura de la cadena nacional está mejor reglamentada en otras partes del mundo, donde su uso se da en casos puntuales, sólo en situaciones de emergencia y de necesidad evidente. Tal es el caso de Honduras, cuya ley reglamentaria afirma que la transmisión de cadena nacional será procedente en casos de “desastres naturales, seguridad ciudadana” y “extrema urgencia, donde no se disponga de tiempo suficiente”. Se la admite también para la transmisión de mensajes oficiales de los presidentes de los tres poderes del Estado, cuestiones de seguridad nacional y “asuntos de interés nacional, cultural y cívico de suma importancia”, pero ello deberá ser solicitado con tres días de anticipación, salvo los casos de emergencia. El artículo 10 establece que “la cadena nacional tendrá un tiempo de duración de hasta de 7 minutos”, momento a partir del cual las transmisoras no están obligadas a mantener en el aire la transmisión. El gobierno actual transformó la cadena nacional en un recurso de uso político, algo contrario a la figura que contempla la ley. A ello se suma un marco de distribución discrecional de la pauta de publicidad oficial, manejada en sintonía con los intereses políticos y comerciales de funcionarios y amigos del Gobierno nacional. Este avasallamiento que sufren los medios de comunicación, que deben ser serviles al Gobierno porque están constreñidos por la presión política, parapolítica y económica del kirchnerismo, atenta contra los intereses republicanos y coarta las opiniones disidentes que puedan surgir. Con este modelo, caemos en el peligro de percibir sólo una versión de todo lo que ocurre, la cual es obviamente la versión oficial. Fuente: http://www.losandes.com.ar/notas/2008/7/3/escribeellector-367494.asp Para cerrarla, se aplaude todo, incluso hechos negativos.
Uso Indebido de la Cadena Nacional
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