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Declaran hoy nulidad de los Indultos

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Al igual que con las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, el máximo tribunal establecerá la inconstitucionalidad del beneficio dictado por el ex presidente Menem a militares acusados por delitos de lesa humanidad


De esta manera, la Corte Suprema de Justicia afianzará su postura contra delitos considerados de lesa humanidad, un camino que empezó hace tres años tras declarar la nulidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final y la imprescriptibilidad de este tipo de delitos considerados "aberrantes".

La cuestión será resuelta en la causa iniciada contra el ex comandante de Institutos Militares Santiago Omar Riveros, acusado de haber cometido homicidios, privaciones ilegítimas de la libertad y torturas durante la pasada dictadura.

En esa investigación la Justicia de primera instancia de San Martín había declarado la inconstitucionalidad del indulto, pero luego la Cámara de Apelaciones revocó esa decisión.

El caso también pasó por la Cámara de Casación Penal que nuevamente decretó la inconstitucionalidad del indulto y finalmente recaló en la Corte, donde se pondrá punto final a la cuestión.

El abogado constitucionalista Daniel Sabsay dijo que la Corte Suprema se manifestará de la misma manera que lo hizo con las leyes de Obediencia Debida y Punto Final. Sobre la decisión del ex presidente Menem de indultar tanto a militares como a guerrilleros, dijo que se trataba de "delitos de lesa humanidad, imprescriptibles, que no pueden ser objetos de perdón".

Según los trascendidos el fallo de la Corte contará con el apoyo de Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti, Helena Highton y Raúl Zaffaroni. La ministra Carmen Argibay haría un voto con argumentos propios pero también a favor de la inconstitucionalidad del indulto, mientras que el ministro Carlos Fayt votaría en contra y Santiago Petracchi no firmaría la resolución.

El decreto de indulto que benefició a Riveros es el 1002 y el también alcanzó a otro grupo importante de militares que estaban siendo juzgados en alrededor de 30 causas.

La resolución fue firmada en 1989 y también alcanzó entre otros a los tenientes generales Leopoldo Galtieri y Cristino Nicolaides; los generales Juan Bautista Sasiaiñ, José Montes, Andrés Ferrero, Adolfo Sigwald, Jorge Olivera Rovere y Albano Harguindeguy.

En mayo pasado el procurador general de la Nación, Esteban Righi, presentó un dictamen mediante el cual avaló la inconstitucionalidad del decreto 1002 y se basó en los propios fallos del Alto Tribunal mediante los cuales se sostuvo que los crímenes de lesa humanidad no prescriben ni pueden ser amnistiados.

"Lo único vedado a los Estados es el dictado de leyes o de cualquier otra disposición con la finalidad de impedir la investigación y la eventual sanción de las graves violaciones de derechos humanos", reflexionó Righi.

Así como el fallo de la Corte sobre la inconstitucionalidad de las leyes del perdón facilitó el avance de los expedientes contra militares de menor jerarquía, este nuevo pronunciamiento sobre el indulto permitirá la continuación de los procesos contra los ex jefes acusados de haber dado las órdenes directas durante la represión.

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