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Condena a un periodista por injuriar a gobernador

Info•Fecha desconocida
Controvertida condena a un periodista por injuriar a Romero
Sergio Poma no podría ejercer el periodismo por un año


¿Poma inhabilitado?

El polémico veredicto de un año de prisión en suspenso y un año de inhabilitación profesional para ajercer el periodismo a Sergio Poma, por injuriar al gobernador Juan C. Romero, tuvo rebote en casi todos los medios nacionales. El fallo originado en Salta, disparó la controversia por la mordaza sin precedentes impuesta a la libertad de expresión en el país. La Asociación de Periodistas de Salta, (APES) repudió y denunciará a diversos foros internacionales, entre ellos al Foro de Periodistas Argentinos (FOPEA) y Periodistas sin Fronteras, porque este fallo no se registra antecedentes de esta forma de ataque contra la prensa en países democráticos.

Finalmente se conoció el fallo contra el periodista Sergio Poma quien fue condenado a un año de prisión en suspenso y a un año de inhabilitación profesional. No obstante, aun no es un fallo en firme y el periodista podrá seguir con su actividad en FM Noticias.

Al termino de la luctura del fallo, casi un centenar de personas presentes en la sala, insultaron al juez “alcahuete”, "Payaso", "Corrupto" y cantaron: "se va acabar la dictadura militar...". Apenas conocido el veredicto del juez, generó controversia y fue cuestionado por abogados y representantes de diversas organizaciones civiles y políticas de la capital, quienes además expresaron su enérgico repudio a la condena.

Uno de los defensores Danitel Tort, dijo a Salta Libre que se apelara la sentencia ya que sienta un precedente único y muy peligroso en el país, por ser propio de la época de las dictaduras. Siempre los fallos giraron en torno a la retractación. Una inhabilitación dentro del periodismo, no entemos como se va a cumplir, porque el periodismo no está colegiado. Esta inhabilitación sin duda que es una acto de censura previa durante un año".

"Esto para nosotros recien comienza, ahora empieza las vías recursivas que hasta ahora están resultando favorables en la corte nacional, donde obviamente la fuerza del poder político no se hace sentir".

Penalización a la opinión critica


Poma condenado

La condena a Poma consagra la penalización de la opinión, afirma la Asociación de Periodistas de Salta (APES). La institución expresó anoche su más enérgico rechazo a la decisión de condenar al periodista Sergio Poma a un año de inhabilitación profesional, dispuesta por el juez correccional Héctor Martínez.

"Además de constituir un hecho sin precedentes en el último cuarto de siglo en la Argentina y de desconocer la jerarquía de valores jurídicos que el Estado debe tutelar y promover, entre ellas la libertad de opinión y de expresión, la condena a Poma consagra la penalización de la opinión crítica, que toda democracia debe garantizar y de la que ella misma se nutre. Este hecho adquiere más gravedad, porque que se castiga la opinión de un periodista sobre un funcionario público y sobre actos de éste que tienen trascendencia pública".

El comunicado de repudio con la firma de los directivos de APES, Gregorio Caro Figueroa (presidente), Elena Corvalán (vicepresidenta), Andrés Gauffin, (secretario), expresa además que "la penalización de las opiniones introduce un componente más al cuadro de inseguridad jurídica que sobsiste en la Provincia y. además, lo agrava. Antes que castigar las opiniones, el Estado debe respetarlas y constituirse en garante y en promotor de esa libertad.

Salta sin derechos constitucionales


Esperando el polémico fallo

Dice el especialista José María Desantes que "la política es algo criticable por definición". Por su misma naturaleza, la política y las personas que se dedican a esa actividad están expuestas a las críticas y la valoración que se haga de ellos - no sólo las laudatorias - "es públicamente comunicable". "Donde la crítica no existe no hay reconocimiento práctico del derecho a la participación democrática. Las consecuencias, a plazo más o menos largo, suelen ser lamentables", añade Desantes.

"La vía penal para castigar una opinión adversa hacia quien desde hace doce años ejerce como gobernador de la Provincia, y la enorme desproporción de la sentencia dictada contra un periodista independiente y crítico con el gobierno provincial, han logrado que Salta se haya convertido en la primera provincia del país en la que un periodista recibe una condena de inhabilitación para ejercer su profesión durante un año, por hacer pública sus opiniones, sentando así un precedente insólito de avasallamiento de los derechos constitucionales".

"La polémica condena al periodista Poma -agraga el comunicado- no puede entenderse sino como una grave violación al ejercicio de la libertad de expresión a un gobierno que no tolera ni siquiera los límites de la crítica".


El Dr. Palmier lee

Frente a este atropello, APES, se refirió a la declaración de Chapultepec cuando señala que "una prensa libre es condición fundamental para que las sociedades resuelvan sus conflictos, promuevan el bienestar y protejan su libertad. No debe existir ninguna ley o acto de poder que coarte la libertad de expresión o de prensa, cualquiera sea el medio de comunicación".

Que en una sociedad la libertad de expresión comience a ser vulnerada significa claramente que en la misma sociedad un único poder político ha avanzado sobre el resto de las instituciones, limitándola en el ejercicio de sus funciones autónomas.

La condena a Poma, dispuesta en un juicio con serias irregularidades procesales, es también un claro indicio de que la declamada seguridad jurídica no está garantizada para los ciudadanos, mucho menos para quienes quieren ejercer su derecho a expresarse libremente.

Este hecho pone al descubierto la desigualdad que existe entre el gobierno, desde donde se alienta y dan recursos económicos a medios que hacen de la injuria un oficio y el periodismo independiente del poder que es condenado por el delito de ejercer la libertad de opinión.


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El texto completo del polémico fallo contra Poma

El juez Correccional y de Garantías de Salta, Héctor Martínez, ademas de condenar a Poma a un año de prisión en suspenso y lo inhabilitó para ejercer su profesión ordenó remitir las actuaciones al COMFER para que disponga eventuales sanciones y dispuso publicar una retractación en los diarios de mayor circulación y en las radios de mayor alcance de Salta.

Al escuchar el veredicto el público, integrado por allegados al periodista, profirió insultos para la justicia y entonó cánticos contra el gobernador, mientras el abogado del demandado, Daniel Tort, calificó como un acto de "censura previa" la inhabilitacion profesional de su cliente.

La querella había pedido una condena "ejemplificadora" para que "el periodismo entienda que existen límites". Esta condena se produjo en la misma semana en la que más de medio millar de magistrados y funcionarios judiciales se reunirán en esa provincia para participar de un conferencia nacional, con el objetivo declarado de mejorar el funcionamiento de los tribunales.

El texto completo del fallo

1) Condenar al sr. Sergio Enrique Poma, a la pena de un año de prisión de ejecución en suspenso por el termino de un año e inhabilitación por el termino de un año para el ejercicio de la actividad periodística y costas por encontrarlo penalmente responsable del delito de injurias, atento a lo dispuesto por los artículos 110, 2010, inc. 3ro, 26, 29, 40, 41, y concordante del CP y 545 y concordante del Código Procesal Penal, conforme y considerando imponiéndole por el termino de dos años de acuerdo a lo previsto por los artículos 27 Bis de la Ley Penal Sustantiva, con la condición de fijar residencia.

2) Disponiendo en caso de corresponder que oportunamente se proceda a la unificación de penas según los considerandos.

3) Ordenando de acuerdo al artículos 442 del CPP, la oportuna publicación de esta causa con la mención de la carátula, número de expediente y tribunal a cargo a costa del sr. Sergio Enrique Poma en los dos diarios de mayores circulación en esta provincia, por el término de cuatro días en página impar, en avisos que permita su adecuada y fácil lectura, difundiendo lo resuelto por igual término y en horario matutino en un medio radial de mayor alcance en esta provincia.

4) Ordenando el oportuno libramiento al COMFER, Comité Federal de Radio Difusión, comunicando la sentencia recaída en autos para su toma de razón y más efectos.

5) Difiriendo la lectura de los fundamentos que conjuntamente con el fallo integren la sentencia de la causa para el 5to día hábil posterior a esta audiencia a horas 12.30 la que se realizará en la sala de audiencias del Juzgado Correccional y de garantías Numero 1, a mi cargo.

6) Ordenando se registre, oficie y cumpla, llevando la firma del suscripto, la secretaria actuante es el veredicto, el fallo de la causa y como se ha explicitado, de la lectura de los fundamentos se dará a conocer en término de 5 días.



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