¿QUÉ TIPO DE RECLAMOS PUEDEN PRESENTARSE ANTE UNA OFICINA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR?
Las oficinas de defensa del consumidor reciben aquellos reclamos relacionados con diversos incumplimientos en la oferta y contratación de bienes y servicios en el mercado, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 24.240 de Defensa del Consumidor.
El consumidor también puede informarse y presentar reclamos por infracciones a la Ley N° 22.802 de Lealtad Comercial. En uno de sus aspectos principales, dicha ley busca asegurar que el consumidor disponga de información acerca de las condiciones en que los bienes y servicios son ofrecidos antes de efectuar su opción de compra, y que dicha información se corresponda con lo realmente suministrado.
Regula aspectos tales como la publicidad engañosa, el contenido neto, el rotulado de productos, las promociones y los concursos, las normas de seguridad de productos, etc.).
Los reclamos por incumplimientos o violación a la Ley N° 25.065 de Tarjetas de Crédito, se reciben en dependencias de la Secretaría de la Competencia, la Desregulación y la Defensa del Consumidor, autoridad nacional de aplicación en lo referente a sus aspectos comerciales. Los aspectos financieros son fiscalizados por el Banco Central de la República Argentina.
Reclamos por servicios públicos (luz, gas, aguas, teléfonos, etc.): Es competencia de los entes reguladores la medición de consumos, el control de calidad y las tarifas reguladas.
Son competencia de la Subsecretaría de Defensa de la Competencia y Defensa del Consumidor los siguientes casos:
- aquellos en los que no hay legislación específica que regule el caso planteado;
- los planes comerciales; los cargos adicionales a la tarifa regulada;
- los servicios adicionales no regulados (memobox, línea control, plan domingo libre, etc.);
- la venta de equipos;
- la publicidad;
- el incumplimiento de oferta.
CÓMO Y DÓNDE EFECTUAR UN RECLAMO:
Para presentar un reclamo tenes que dirigirte a la oficina de defensa del consumidor que corresponda al lugar donde se realizó la compra o la contratación (por ej: Avellaneda, Ciudad de Buenos Aires, San Justo, ciudad de Córdoba).
En cada localidad se encuentran disponibles oficinas de defensa del consumidor para que efectúe su reclamo, en el caso de Gral. San Martín, funciona la oficina de Defensa al Consumidor en la Municipalidad de San Martín. (Averiguen en la municipalidad donde efectuaron la compra)
Son competencia de la Subsecretaría de Defensa de la Competencia y Defensa del Consumidor para los siguientes casos:
- aquellos en los que no hay legislación específica que regule el caso planteado (art. 25, 3° párrafo, ley 24.240);
- los planes comerciales;
- los cargos adicionales a la tarifa regulada los servicios adicionales no regulados (memobox, línea control, plan domingo libre, etc.);
- la venta de equipos;
- la publicidad;
- el incumplimiento de oferta
Para todos los casos:
- las denuncias deben efectuarse en forma personal, por el titular o quien haya efectuado la compra o adquisición del servicio
- deben ser presentadas por escrito y acompañadas de la documentación correspondiente
- en todos los casos, son gratuitas !!!
RECLAMOS POR TARJETAS DE CREDITO:
La Subsecretaría de Defensa de la Competencia y Defensa del Consumidor es competente para intervenir en relación a los aspectos comerciales de los contratos de tarjetas de crédito (su contenido, impugnación de cargos, contenido del resumen, plazos, renovación, finalización del plazo contractual, etc.)
Los aspectos financieros de los contratos son de competencia del Banco Central de la República Argentina.
Los reclamos relacionados con tarjetas de crédito pueden efectuarse ante la Subsecretaría de Defensa de la Competencia y Defensa del Consumidor (autoridad de aplicación de la ley 25.065 de Tarjetas de Crédito).
A dichos reclamos les corresponde el mismo procedimiento que las oficinas de defensa del consumidor.
Para efectuar un reclamo por Tarjetas de Crédito dirigirse a:
Subsecretaría de Defensa de la Competencia y Defensa del Consumidor, Av. Julio A. Roca 651, 4° piso sector 18, Capital Federal, de lunes a viernes de 9 a 17 has.
DÓNDE INFORMARSE Y PRESENTAR OTRO TIPO DE RECLAMOS?[/color]
RECLAMOS POR SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS
1.- RECLAMOS ANTE LA EMPRESA PRESTADORA DEL SERVICIO
Salvo en casos de urgencia (pérdida de gas, falta de suministro, etc.) siempre hay que iniciar el reclamo en la empresa prestadora del servicio.
Es conveniente no dejar pasar más de 30 días desde el vencimiento de la factura para presentar el reclamo.
Plazos que tienen las empresas para darle una respuesta a su reclamo:
Telecomunicaciones: 15 días hábiles.
Gas: 15 días hábiles
Electricidad: 15 días hábiles
Agua y cloacas: 30 días hábiles.
2.- RECLAMOS ANTES LOS ENTES REGULADORES
Si la empresa prestadora no le resuelve su problema, usted debe elevar el reclamo ante el Ente Regulador correspondiente.
También se puede acudir a ellos directamente en casos de urgencia (corte de suministro, pérdida de gas, etc. )
Son competencia de los entes reguladores:
- la medición de consumos
- el control de calidad
- las tarifas reguladas.
Plazos para reclamar ante los entes reguladores:
Telecomunicaciones (CNC): 60 días del vencimiento de la factura.
Link: http://www.cnc.gov.ar/
Electricidad (ENRE): según ley de procedimientos administrativos del organismo.
Link: http://www.enre.gov.ar/
Gas (ENARGAS): según ley de procedimientos administrativos del organismo.
Link: http://www.enargas.gov.ar/
Agua y cloacas (ETOSS): 90 días hábiles computados a partir de la notificación de la decisión de la prestadora, o en cualquier tiempo si la decisión del mismo fuere tácita.
En todos los casos se recomienda no dejar pasar más de 15 días de recibida la facturación para reclamar, y de este modo evitar inconvenientes como aviso de corte, cómputo de intereses, etc.
Plazos que tienen los entes reguladores para resolver los reclamos presentados:
Telecomunicaciones (CNC): 90 días.
Link: http://www.cnc.gov.ar/
Electricidad (ENRE): según ley de procedimientos administrativos.
Link: http://www.enre.gov.ar/
Gas (ENARGAS): según ley de procedimientos administrativos.
Link: http://www.enargas.gov.ar/
Agua y cloacas (ETOSS): 30 días corridos.
Link:
Para mayor información, podes visitar el sitio del ente especifico.
Las oficinas de defensa del consumidor reciben aquellos reclamos relacionados con diversos incumplimientos en la oferta y contratación de bienes y servicios en el mercado, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 24.240 de Defensa del Consumidor.
El consumidor también puede informarse y presentar reclamos por infracciones a la Ley N° 22.802 de Lealtad Comercial. En uno de sus aspectos principales, dicha ley busca asegurar que el consumidor disponga de información acerca de las condiciones en que los bienes y servicios son ofrecidos antes de efectuar su opción de compra, y que dicha información se corresponda con lo realmente suministrado.
Regula aspectos tales como la publicidad engañosa, el contenido neto, el rotulado de productos, las promociones y los concursos, las normas de seguridad de productos, etc.).
Los reclamos por incumplimientos o violación a la Ley N° 25.065 de Tarjetas de Crédito, se reciben en dependencias de la Secretaría de la Competencia, la Desregulación y la Defensa del Consumidor, autoridad nacional de aplicación en lo referente a sus aspectos comerciales. Los aspectos financieros son fiscalizados por el Banco Central de la República Argentina.
Reclamos por servicios públicos (luz, gas, aguas, teléfonos, etc.): Es competencia de los entes reguladores la medición de consumos, el control de calidad y las tarifas reguladas.
Son competencia de la Subsecretaría de Defensa de la Competencia y Defensa del Consumidor los siguientes casos:
- aquellos en los que no hay legislación específica que regule el caso planteado;
- los planes comerciales; los cargos adicionales a la tarifa regulada;
- los servicios adicionales no regulados (memobox, línea control, plan domingo libre, etc.);
- la venta de equipos;
- la publicidad;
- el incumplimiento de oferta.
CÓMO Y DÓNDE EFECTUAR UN RECLAMO:
Para presentar un reclamo tenes que dirigirte a la oficina de defensa del consumidor que corresponda al lugar donde se realizó la compra o la contratación (por ej: Avellaneda, Ciudad de Buenos Aires, San Justo, ciudad de Córdoba).
En cada localidad se encuentran disponibles oficinas de defensa del consumidor para que efectúe su reclamo, en el caso de Gral. San Martín, funciona la oficina de Defensa al Consumidor en la Municipalidad de San Martín. (Averiguen en la municipalidad donde efectuaron la compra)
Son competencia de la Subsecretaría de Defensa de la Competencia y Defensa del Consumidor para los siguientes casos:
- aquellos en los que no hay legislación específica que regule el caso planteado (art. 25, 3° párrafo, ley 24.240);
- los planes comerciales;
- los cargos adicionales a la tarifa regulada los servicios adicionales no regulados (memobox, línea control, plan domingo libre, etc.);
- la venta de equipos;
- la publicidad;
- el incumplimiento de oferta
Para todos los casos:
- las denuncias deben efectuarse en forma personal, por el titular o quien haya efectuado la compra o adquisición del servicio
- deben ser presentadas por escrito y acompañadas de la documentación correspondiente
- en todos los casos, son gratuitas !!!
RECLAMOS POR TARJETAS DE CREDITO:
La Subsecretaría de Defensa de la Competencia y Defensa del Consumidor es competente para intervenir en relación a los aspectos comerciales de los contratos de tarjetas de crédito (su contenido, impugnación de cargos, contenido del resumen, plazos, renovación, finalización del plazo contractual, etc.)
Los aspectos financieros de los contratos son de competencia del Banco Central de la República Argentina.
Los reclamos relacionados con tarjetas de crédito pueden efectuarse ante la Subsecretaría de Defensa de la Competencia y Defensa del Consumidor (autoridad de aplicación de la ley 25.065 de Tarjetas de Crédito).
A dichos reclamos les corresponde el mismo procedimiento que las oficinas de defensa del consumidor.
Para efectuar un reclamo por Tarjetas de Crédito dirigirse a:
Subsecretaría de Defensa de la Competencia y Defensa del Consumidor, Av. Julio A. Roca 651, 4° piso sector 18, Capital Federal, de lunes a viernes de 9 a 17 has.
DÓNDE INFORMARSE Y PRESENTAR OTRO TIPO DE RECLAMOS?[/color]
RECLAMOS POR SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS
1.- RECLAMOS ANTE LA EMPRESA PRESTADORA DEL SERVICIO
Salvo en casos de urgencia (pérdida de gas, falta de suministro, etc.) siempre hay que iniciar el reclamo en la empresa prestadora del servicio.
Es conveniente no dejar pasar más de 30 días desde el vencimiento de la factura para presentar el reclamo.
Plazos que tienen las empresas para darle una respuesta a su reclamo:
Telecomunicaciones: 15 días hábiles.
Gas: 15 días hábiles
Electricidad: 15 días hábiles
Agua y cloacas: 30 días hábiles.
2.- RECLAMOS ANTES LOS ENTES REGULADORES
Si la empresa prestadora no le resuelve su problema, usted debe elevar el reclamo ante el Ente Regulador correspondiente.
También se puede acudir a ellos directamente en casos de urgencia (corte de suministro, pérdida de gas, etc. )
Son competencia de los entes reguladores:
- la medición de consumos
- el control de calidad
- las tarifas reguladas.
Plazos para reclamar ante los entes reguladores:
Telecomunicaciones (CNC): 60 días del vencimiento de la factura.
Link: http://www.cnc.gov.ar/
Electricidad (ENRE): según ley de procedimientos administrativos del organismo.
Link: http://www.enre.gov.ar/
Gas (ENARGAS): según ley de procedimientos administrativos del organismo.
Link: http://www.enargas.gov.ar/
Agua y cloacas (ETOSS): 90 días hábiles computados a partir de la notificación de la decisión de la prestadora, o en cualquier tiempo si la decisión del mismo fuere tácita.
En todos los casos se recomienda no dejar pasar más de 15 días de recibida la facturación para reclamar, y de este modo evitar inconvenientes como aviso de corte, cómputo de intereses, etc.
Plazos que tienen los entes reguladores para resolver los reclamos presentados:
Telecomunicaciones (CNC): 90 días.
Link: http://www.cnc.gov.ar/
Electricidad (ENRE): según ley de procedimientos administrativos.
Link: http://www.enre.gov.ar/
Gas (ENARGAS): según ley de procedimientos administrativos.
Link: http://www.enargas.gov.ar/
Agua y cloacas (ETOSS): 30 días corridos.
Link:
Para mayor información, podes visitar el sitio del ente especifico.