ROBO UN CELULAR, LO DEVOLVIO ¡Y LA JUSTICIA LO ABSOLVIO!
Un hombre le robó el teléfono a una mujer y se lo devolvió “porque no le gustaba”. El insólito hecho lo fue aún más cuando la Cámara del Crimen de la Ciudad de Buenos Aires decidió liberarlo “porque desistió voluntariamente del delito”. Ah, bue…
Increíble. Un robo más en la calle terminó de una manera poco común. Un hombre le sustrajo un celular a una mujer, caminó unos metros, se dio media vuelta y le devolvió el aparato. ¿Motivo? No le gustaba.
Ahí no terminó todo. Porque, después, cuando la mujer hizo la denuncia la Justicia ¡falló a favor del ladrón! Sí, en su resolución, los jueces expresan que "la formación de la presente (causa penal) en nada afecta el buen nombre y honor de que gozare" el imputado.
Los hechos contados, son increíbles. El joven procedió a devolverle el celular "que ya tenía en su poder" a la víctima, "manifestándole que no le gustaba, que se diera vuelta y que no dijera nada, para luego continuar su camino".
Los jueces dijeron que se "decidió libremente no apoderarse del elemento sustraído y no consumar la acción dañosa, pese a que ésta era susceptible de conclusión, máxime cuando la víctima no opuso resistencia alguna".
En ese sentido, según los magistrados, debe aplicarse el artículo 43 del Código Penal que establece que "el autor de tentativa no estará sujeto a pena cuando desistiere voluntariamente del delito".
El insólito fallo del aún más insólito robo es fundamentado por los juristas Eugenio Zaffaroni, Alejandro Slokar y Alejandro Alagia en su tratado de Derecho Penal.
Un hombre le robó el teléfono a una mujer y se lo devolvió “porque no le gustaba”. El insólito hecho lo fue aún más cuando la Cámara del Crimen de la Ciudad de Buenos Aires decidió liberarlo “porque desistió voluntariamente del delito”. Ah, bue…
Increíble. Un robo más en la calle terminó de una manera poco común. Un hombre le sustrajo un celular a una mujer, caminó unos metros, se dio media vuelta y le devolvió el aparato. ¿Motivo? No le gustaba.
Ahí no terminó todo. Porque, después, cuando la mujer hizo la denuncia la Justicia ¡falló a favor del ladrón! Sí, en su resolución, los jueces expresan que "la formación de la presente (causa penal) en nada afecta el buen nombre y honor de que gozare" el imputado.
Los hechos contados, son increíbles. El joven procedió a devolverle el celular "que ya tenía en su poder" a la víctima, "manifestándole que no le gustaba, que se diera vuelta y que no dijera nada, para luego continuar su camino".
Los jueces dijeron que se "decidió libremente no apoderarse del elemento sustraído y no consumar la acción dañosa, pese a que ésta era susceptible de conclusión, máxime cuando la víctima no opuso resistencia alguna".
En ese sentido, según los magistrados, debe aplicarse el artículo 43 del Código Penal que establece que "el autor de tentativa no estará sujeto a pena cuando desistiere voluntariamente del delito".
El insólito fallo del aún más insólito robo es fundamentado por los juristas Eugenio Zaffaroni, Alejandro Slokar y Alejandro Alagia en su tratado de Derecho Penal.