18 de Diciembre de 2007,un dictador preso y una gota de justicia...
Uruguay adoptó el año pasado el delito de desaparición forzada en su legislación, pero en varios países existe hace varios años.
La jornada comenzó muy temprano en la mañana en el Parque Batlle, en el domicilio de Gregorio Álvarez, y terminó sobre el mediodía en Piedras Blancas, donde está ubicada la Unidad Penitenciaria Nº 8, que es una cárcel especial donde están presos otros policías y militares vinculados a la violación de los Derechos Humanos durante la dictadura.
Álvarez habría sido conducido en la mañana desde su casa hasta dependencias de Interpol, pero hay otra versión que afirma que él mismo se habría presentado en esas instalaciones.
Algunos vecinos del ex dictador dijeron que salió temprano en su auto y estiman que fue directamente a Interpol porque luego no regresó a su casa.
Álvarez pudo verse con muy mala cara en Interpol, vestido con un traje verde y dialogando con otros funcionarios policiales. Más tarde fue retirado de allí y llevado a Cárcel Central, donde fue fichado y realizó una serie de trámites burocráticos.
A esa altura ya había trascendido que el dictador no iría al juzgado sino que sería trasladado directamente a la cárcel para militares, que es el ex Batallón Nº 6 de Caballería. Allí llegó sobre las 11:30 horas. Ingresó por un portón ubicado en el fondo del recinto para evitar el contacto con la prensa.
Esta cárcel especial está en un predio bastante grande y ordenado, con varios galpones y algunas canchas de fútbol cercadas con alambrados bastante altos.
Los vecinos de la zona le han dado muy poca importancia al tema y han actuado con indiferencia. Sólo había algunos militantes del Frente Amplio observando el panorama.
El traslado de Álvarez desde Cárcel Central hasta Piedras Blancas implicó un pequeño operativo despiste por parte de la Policía, que organizó primero la salida de unos presos comunes escoltados con un vehículo de la guardia metropolitana. Recién unos minutos después de ese episodio Álvarez fue trasladado en un segundo operativo.
La fiscal del caso, Mirtha Guianze, brindó a Índice 810 los detalles de la resolución. "Se decreta el procesamiento con prisión de Gregorio Álvarez y de Juan Carlos Larcebeau, imputados de la comisión de reiterados delitos de desaparición forzada, sin perjuicio. Además, se libró la orden de captura a nivel nacional e internacional con respecto de Jorge Tróccoli, que no está procesado porque no declaró nunca, no hizo la audiencia que habitualmente se conoce como 126, en alusión a ese artículo del Código de Proceso Penal. O sea que es necesario que venga acá; en Uruguay no hay proceso en rebeldía así que hay que ubicarlo primero y tiene que declarar con su defensor", explicó.
Guianze se refirió a los casos de las personas detenidas desaparecidas en Argentina, que en 1978 fueron trasladados a Uruguay , cuando Gregorio Álvarez era el comandante en jefe del Ejército.
"Las detenciones se produjeron entre los últimos días, cerca de Navidad y fin de año, del 77. Esas personas estuvieron detenidas después en los Pozos de Banfield y los de Quilmes y algunos en el Coti Martínez, que era otro 'chupadero' argentino, y ahí eran interrogadas por uruguayos. A principios del 78 hubo algún traslado en el cual vinieron a Uruguay algunos de ellos, otros fueron trasladados con destino desconocido; todo en ese año, cuando Álvarez era justamente comandante en jefe del Ejército", expresó Guianze.
La jerarca también se refirió a la pena que establece el delito de desaparición forzada. "El delito este tiene una pena mínima que empieza en dos años y después termina en más de 20, si no me equivoco. El quantum de la pena se determina en la sentencia definitiva y también la tipificación final del delito", señaló Guianze.
En tanto, el abogado patrocinante de la denuncia en representación de los Familiares de Detenidos Desaparecidos Óscar López Goldaracena, afirmó que hoy se está viviendo un "momento histórico". Destacó en particular "la lucha impulsada por los familiares de detenidos desaparecidos, de toda la sociedad uruguaya, de los abogados de Derechos Humanos y organizaciones de defensa de los Derechos Humanos".
Sin embargo, también señaló que "este es un primer paso" y que el propio gobierno debe exigir más información a los militares. "Creo que debemos valorar el fallo de la Justicia aplicando las normas más avanzadas en materia de derecho internacional de los Derechos Humanos recogidas en nuestro orden jurídico, pero al mismo tiempo también tener presente que la labor judicial y de búsqueda continúa, que frente a la confirmación de los traslados del año 78 por parte del Poder Judicial al determinar el encausamiento de Gregorio Álvarez debe seguir la instancia judicial, pero al mismo tiempo también el Poder Ejecutivo debe activar los pedidos de información a los militares subalternos por parte del jefe supremo de las Fuerzas Armadas, el presidente de la República, doctor Tabaré Vázquez, para que se sepa qué pasó, dónde están", expresó López Goldaracena.
"La señal es que en este país no hay lugar para dictaduras ni para dictadores", acotó. También se refirió al origen de la denuncia que desemboca hoy en el procesamiento de Álvarez.
"Aquí se presenta una denuncia por parte de más de 30 familiares de detenidos desaparecidos en Argentina, familias enteras desaparecidas a fines del año 77, en una acción represiva conjunta entre la dictadura uruguaya y la argentina. En el año 1978 se puede comprobar que existieron traslados de estos (...) desde Argentina hacia Uruguay . Particularmente los primeros traslados por vía fluvial, por lancha. Esto se ha podido comprobar mediante testimonios, declaraciones de testigos sobrevivientes de los pozos de detención en Argentina y de los centros clandestinos de detención en Uruguay y, al mismo tiempo, mediante documentos desclasificados, información que aporta al contexto y testimonios directos en relación con estos traslados en lancha. En tal sentido, nosotros entendíamos que había elementos de convicción más que suficientes para proceder al encausamiento en base a que el comandante en jefe del Ejército en el año 78 era el dictador Álvarez, que existe una responsabilidad penal por acción y omisión del 'hombre de atrás', de la jerarquía de la época, y por otra parte en forma expresa el dictador se hizo responsable de las violaciones a los Derechos Humanos ocurridas durante la dictadura. No solamente en la carta pública por parte de los (...) comandantes sino también mediante una resolución especial cuando él asume, cuando está ejerciendo la comandancia del Ejército", explicó López Goldaracena.
Reconoció que la incorporación del delito de desaparición forzada a la legislación uruguaya "fue una llave clave para el procesamiento de Gregorio Álvarez".
"Creemos que sí en el momento en que se incorporó a nuestra legislación la desaparición forzada como delito permanente, tal cual lo señalan las convenciones internacionales, tanto universales como interamericanas en la materia. Es decir, no es aplicación de un tiempo penal hacia el pasado sino la aplicación del tiempo penal presente en cuanto a que el delito se está cometiendo en el día de hoy. Por otra parte, recordemos que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha reiterado que la desaparición forzada es un crimen de lesa humanidad aún antes que se utilizara dicho vocablo en los convenios internacionales", explicó López Goldaracena
Por ellos y todos los demas..Justicia!
Fuente
http://www.espectador.com/1v4_contenido.php?id=111427