La apostasia es la renuncia a la fe cristiana recibida por medio del bautismo. Es decir, la renuncia explícita y voluntaria a las creencias y dogmas de la Iglesia que, según la mitología cristiana, son recibidas en el bautismo por medio del Espíritu Santo, aunque en ese instante no se tenga consciencia de ello, ni se posea capacidad crítica para decidir si estará o no dispuesto algún día a abrazar voluntariamente dicha fe.

¿Puedo hacer la apostasía si tomé la comunión/confirmación o me casé por iglesia?
Si, el proceso es el mismo.
¿Puedo hacer la apostasía si fui bautizado en Argentina pero resido en otro país?
Si, aunque en tal caso conviene disponer de alguna dirección de contacto local.
¿Cómo puedo saber donde/cuando fui bautizado?
Puedes preguntarle a familiares o amigos de la familia. También puedes consultar en las parroquias del barrio o donde tus padres asistian a misa.
Ya envié mi carta ¿Cuando voy a tener una respuesta?
En plazo legal para la respuesta es de 5 dias hábiles según la Ley de Habbeas Data. Pero raras veces se cumple con dichos tiempos.
No me respondieron o me negaron la apostasía ¿Qué puedo hacer?
La apostasia no es mas que el ejercicio de tu derecho a la protección de tus datos personales. Puedes realizar tu denuncia ante la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales
Por qué debería apostatar?
En nuestra sociedad por tradición, y por presión social, que por creencias personales, la mayoría de las personas se encuentran con que en su infancia fueron bautizadas, adscritas a una confesión religiosa, por lo general la Iglesia católica, a una edad en que ni podían valorar el significado de ese rito, ni podían tomar sus propias decisiones, por lo que al alcanzar la edad adulta se encuentran perteneciendo activa o pasivamente a una confesión que ellos no han escogido, con la que no se identifican, que no les proporciona ninguna satisfacción y que indirectamente los perjudica (¿alguna vez pensaste el bien que podrían hacer los fondos destinados a la Iglesia católica si se dedicaran a la educación o a la ayuda social, o incluso a la ciencia?)
En cambio las confesiones, si, sacan provecho de esta situación. Gracias a los registros de bautismo la Iglesia católica hace aumentar artificiosamente su número de fieles en las estadísticas con el fin de obtener mayores ventajas sociales y ejercer mayor presión política sin preocuparle demasiado la integridad de las creencias de esos fieles, ni si sus prácticas se corresponden realmente con su supuesta condición.
Amparándose en ese tipo de subterfugios continuamente el estado favorece a la Iglesia católica con el argumento de que la mayoría de la población pertenece a esa confesión religiosa, sin tener en cuenta que gran parte de los ciudadanos considerados católicos según las estadísticas nunca practicaron esa religión, o incluso se oponen a ella.
Elegir la propia adscripción ideológica o religiosa es un derecho incuestionable de todos los ciudadanos, reconocido legalmente en el artículo 14 de la Constitución Argentina y en el artículo 18 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, por ello desde aquí se anima a aquellos que no se consideren creyentes a expresar sus ideas y, en caso que lo deseen, a manifestar su derecho a dejar de pertenecer a la Iglesia católica mediante el ejercicio de la apostasía.
Para las personas que consideramos la libertad como un bien supremo, la adscripción de una persona a una confesión religiosa desde el momento mismo del nacimiento, sin intervención ninguna de su voluntad, es una infamia que sólo se mantiene en vigor a causa de una tradición, la discriminación, la presión social y el interés de la Iglesia en hinchar su número de fieles en las estadísticas con el fin de obtener mayores beneficios ligados a una supuesta representatividad social que no responde a la realidad.
Cómo puedo apostatar?
Reune la información necesaria:
Para realizar la apostasía necesitas saber en que parroquia fuiste bautizado y a que diócesis pertenece esta parroquia. Si sabes en que fecha fuiste bautizado esto puede ayudar a agilizar el trámite. También necesitaras una fotocopia de tu DNI y de ser posible una copia de tu partida bautismal (opcional).
Descarga y completa la carta modelo:
Aunque podés armar tu propia carta de apostasía con tus propias razones y fundamentos facilitamos un modelo de carta para agilizar el trámite. Podés bajar la carta en estos 2 formatos: DOC: o ODT: http://www.argatea.com.ar/pub/apostasia.odt
Aclaración: Algunas versiones de Firefox presentan complicaciones a la hora de abrir el .DOC. Para evitarlo primero debera guardar el archivo en el disco, luego abrirlo y cuando Word pida que seleccione la codificacion hacer clic en cancelar.
Envia la carta:
Una vez completados los datos en la carta indica en el exterior del sobre "Referencia: apostasía", adjunta la copia del DNI y la partida bautismal (de tener esta última) y enviala a la diócesis apropiada. La carta la puedes enviar tanto por correo común como por correo certificado.
A dónde envío mi apostasía?
Aqui podras encontrar las direccion e informacion sobre las diferntes diocesis de la Republica Argentina. Para hacer efectiva la apostasia, deberas enviarla a la parroquia donde fuiste bautizado con copia a la diocesis a la cual corresponde esa parroquia.
Recuerda que segun la ley de Habbeas Data estos tienen la obligacion legal de responder a tus demandas en el plazo maximo de 5 dias habiles.
http://www.catolicos.com/diocesisargentina.htm

-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Toda esta info la saqué de
