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Las facturas de gas se podrán pagar sin el aumento tarifari

Info7/22/2010
Los usuarios de gas natural podrán pagar la factura del servicio sin aumentos , más allá de las bonificaciones temporarias dispuestas por el Gobierno. Así lo indicó el fallo de la Sala N° 5 de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, que se conoció ayer. La resolución hizo lugar a una medida cautelar presentada por el defensor adjunto del Pueblo de la Nación, Anselmo Sella.

El fallo ordena al Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) que instruya a las distribuidoras "para que los usuarios afectados por los efectos del decreto 2067/08 y normas complementarias puedan seguir pagando sus facturas de acuerdo con el régimen tarifario anterior, con el carácter de pago a cuenta". Asimismo, resolvió "que en el supuesto de falta de pago de los cargos las empresas prestadoras no suspendan, interrumpan o corten la prestación del servicio".

El decreto 2067/08 había dispuesto un aumento en las facturas de gas a los clientes de altos consumos, de las categorías R 33 y R 34, por el costo de la importación del gas . Después de marchas y contramarchas, ese cargo fue bonificado en un 100% para el bimestre junio- julio y en un 70% para agosto-septiembre. Más allá de estas medidas provisionales, la Cámara ordenó que, hasta que no se resolviera la "cuestión de fondo" (la legalidad de los aumentos , sobre los que la Justicia aún no se expidió), se dispusiera la opción de pagar la factura sin el cargo. Según indicaron fuentes del sector, en la práctica implica una suspensión. "¿Quién va a preferir pagar más?", coincidieron.



El fallo de la Cámara revocó uno anterior, de primera instancia, a favor del Gobierno y concedió "parcialmente" la medida cautelar presentada por la Defensoría del Pueblo. El ombudsman pedía la anulación del controvertido decreto.

Según Sella, la resolución debería advertir a las autoridades nacionales "sobre el impacto excesivo" de los aumentos . "Esta decisión es una muestra más de que no estábamos equivocados en nuestro reclamo. Los usuarios tienen derecho a tarifas que respeten los principios de razonabilidad y legalidad", dijo. Además, aseguró que continuará con el pedido de anulación. "Suspender los aumentos de luz y gas para los bimestres de junio-julio y agosto-septiembre sólo se trata de una política provisoria. No existe todavía una solución definitiva para la problemática."

El Enargas, el organismo que tiene la autoridad para dar las instrucciones de cómo se debe implementar la medida, fue notificado del fallo ayer por la tarde. Pero, al cierre de esta edición, las distribuidoras aún no estaban al tanto, al menos no en forma oficial, y la resolución se prestó a diferentes interpretaciones.
Confusión no aclarada

El ente regulador emitió un comunicado que intentó echar algo de luz. Aclaró que la decisión judicial no suspende la vigencia del decreto: "Según surge de su lectura, por dicha resolución no se suspende la aplicación del decreto 2067/08. Se destaca que los pagos que se realicen de acuerdo con la modalidad indicada por la Cámara tendrán el carácter de pago a cuenta, razón por la cual, si la demanda sobre la cuestión de fondo es rechazada, los usuarios deberán cancelar los saldos respectivos".

En el texto, el Enargas aseguró que la medida no resuelve la cuestión de fondo, y que "sólo establece que las distribuidoras deberán permitir que los usuarios puedan pagar sus facturas de acuerdo con el régimen tarifario vigente, sin el concepto por el costo de gas de importación".

Sin embargo, la confusión no fue del todo aclarada. El ministro de Planificación, Julio De Vido, ratificó ayer la vigencia del esquema de eliminación progresiva de los subsidios estatales a las tarifas del gas durante la presentación de las obras en la Autopista Rosario-Córdoba (ver página 3). "No se suspende el pago sino que el usuario podrá pagar las facturas con el subsidio vigente, a cuenta de lo que corresponda cuando se conozca el fallo definitivo", dijo a la agencia DyN.

El funcionario se refería al subsidio estatal que bonifica el aumento. Las dudas surgen porque para el bimestre junio-julio el cargo se bonificó en un 100%; para el bimestre agosto-septiembre, sólo se acredita un 70% del subsidio, mientras que para los siguientes el aumento golpeará plenamente. Las interrogantes sobre cuándo y cómo será implementada esta medida judicial en cada uno de esos períodos aún no tienen respuestas.

Aunque coincidieron en que en la práctica la norma da por tierra con el aumento, las fuentes del sector consultadas no estuvieron de acuerdo sobre cómo se llevaría a cabo la medida. Unos especularon con que la orden será reflejar en la factura las dos opciones: pagar con el cargo o sin él. Otros estimaron probable que la facturación será directamente sin el aumento.

En este punto, las distribuidoras tienen antecedentes. Ya facturan sin el cargo del decreto 2067/08 para los usuarios de Avellaneda, Quilmes, Mar del Plata y Río Negro, entre otras. Allí, la Justicia en primera instancia suspendió los aumentos tarifarios en forma provisional, hasta que se resuelva la legalidad o ilegalidad de las alzas.
Ordenan la regularización del ENRE y el Enargas

* La Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal exigió al Gobierno que realizara la convocatoria pública para regularizar a las autoridades del Ente Nacional Regulador de la Electricidad ( ENRE ) y del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas). Tras el reclamo de organizaciones no gubernamentales, que cuestionaron los procedimientos de las designaciones, se ordenó dar cumplimiento con las normas que fijan el procedimiento para nombrar a los integrantes de los directorios. Se trata de dos resoluciones: una de la Sala V de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, de anteayer, para la regularización del ENRE y otra del Juzgado número 8 del mismo fuero, del mes pasado, para el Enargas.
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