En la materia Derecho Romano uno suele saciar ciertas dosis de curiosidad respecto de el origen de muchas de las intitucioines, terminos, conceptos y definiciones que se utilizan en la vida corriente. Alli, en la facultad de derecho, fue donde la curse y donde se me dijo que significa, etimologicamente, la palabra MATRIMONIO. Quiero aclarar que esto no adelanta mi posicion respecto de los derechos de los homosexuales (es mas: considero que siempre el reconocimiento y otorgamiento de derechos sea cual sea la circunstancia y sin que perjudique a terceros es algo positivo, incluyendo esta nueva posibilidad de casarse de los gays). Creo, sin embargo, que la palabra matrimonio no deberia ser la utilizada para tal fin, y me baso en lo siguiente:
Etimología
La palabra matrimonio como denominación de la institución social y jurídica deriva de la práctica y del Derecho Romano. El origen etimológico del término es la expresión "matri-monium", es decir, el derecho que adquiere la mujer que lo contrae para poder ser madre dentro de la legalidad.
La concepción romana tiene su fundamento en la idea de que la posibilidad que la naturaleza da a la mujer de ser madre quedaba subordinada a la exigencia de un marido al que ella quedaría sujeta al salir de la tutela de su padre y de que sus hijos tendrían así un padre legítimo al que estarían sometidos hasta su plena capacidad legal: es la figura del pater familias.