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El Limbo... (Existencia)

Info8/20/2010
El Limbo Que es? Existe En la tradición católica, limbo describe el estado o lugar temporal de las almas de los buenos creyentes que han muerto antes de la resurrección de Jesús (limbo de los patriarcas), y el estado o lugar permanente de los no bautizados que mueren a corta edad sin haber cometido ningún pecado personal, pero sin haberse visto librados del pecado original por el bautismo (limbo de los niños). Teóricamente, al menos según algunas interpretaciones, y a pesar de su nombre, también irían a éste aquellos adultos que, no habiendo cometido pecado personal alguno, no hubieran tenido la oportunidad de conocer la doctrina cristiana ni ser bautizados; aunque el estado de concupiscencia debido al pecado original haría muy remota la posibilidad de que un caso así haya llegado a darse. El significado de limbo es borde u orla, y penetró en el lenguaje cuando se quiso indicar que los niños muertos sin pecados personales van a residir en la región fronteriza del infierno, en una especie de nivel superior, adonde no alcanza el fuego. Aunque popularmente se entiende como un sitio "al que las almas van", desde el punto de vista teológico el concepto nunca estuvo completamente definido; era lo que en teología se conoce como "teologúmeno". En realidad, el limbo nunca fue declarado dogma por la Iglesia (como sí lo fue el Purgatorio) si bien esta creencia fue ampliamente difundida en el mundo católico. Sí fue declarado dogmáticamente que el pecado original merece las penas del infierno, y que sólo a través del bautismo, en cualquiera de sus formas, puede ser perdonada la culpa que lo acompaña. Historia La primera doctrina en ser fijada respecto al destino de los no bautizados fue desarrollada por San Agustín, en el marco de su oposición a la doctrina pelagiana del pecado original, que por su iniciativa fue declarada herética en el Concilio de Cartago (418). Según sus conclusiones, el pecado original merece las penas del infierno, incluidos sus tormentos, por sí solo, y los niños no bautizados no pueden tener otro destino, aunque el propio Agustín afirmaba su convicción de que sólo debían sufrir allí una pena levísima (Mitissima sane omnium poena…), limitada para algunos a la privación de la visión beatífica (visión de Dios). La doctrina fue reafirmada en los concilios segundo de Lyon (1274, Denzinger: 464) y de Florencia (1439-1445, Denzinger: 693). Comentar no cuesta nada
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