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Perros y Gatos vivos utilizados de carnada para tiburones

Info5/30/2009

Destinados a servir como carnada para la pesca, numerosos perros de la isla Reunion (Francia) son utilizados como carnadas vivientes para la captura de tiburones.

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Muchas partes del cuerpo sirven de anzuelo: las patas traseras, las patas delanteras, un hilo de nailon cosido al hocico o al craneo, o un gancho en la boca.

Es sobre toda la costa Este de la isla Reunion donde los perros y gatos vivientes sirven como cebo para atrapar tiburones, actos de barbarie severamente castigados por la ley cuando los torturadores son sorprendidos in fraganti.
La isla Reunion cuenta con casi 150 000 perros callejeros viviendo por si solos, victimas de maltratos regulares y particularmente crueles. Y como si fuera poco, los perros son utilizados como carnadas vivientes para la pesca de tiburones, clavandoles anzuelos antes de lanzarlos al mar!


Me cuentan... me dicen... leo... ke es todavía peor...
Esta foto donde un perro aparece con un pequeño anzuelo en el hocico que un tirón algo violento desgarra sin mas, y evidentemente clavado por accidente, sirve a falta de algo mejor para ilustrar la noticia. Lamentablemente la practica común es enlazarlos por el cuello con cable acero y abrirles el vientre justo antes de lanzarlos por la borda. Cuando se emplean anzuelos estos son bastante mayores y se introducen en partes carnosas donde soportan el peso del animal (cuartos traseros normalmente)

El paraíso de la isla Reunión, situada al este de Madagascar en pleno Océano Indico pertenece a Francia desde 1638, año en que fue ocupada y nombrada departamento de ultramar y región francesa ..y formando curiosamente unas de las zonas ultra periféricas de la U.E. con el euro como moneda.
(PD)- En la costa este de Madagascar, concretamente en la isla Reunión hay "pescadores" -si se les puede llamar así- que capturan tiburones utilizando perros y gatos como cebos. Lo temendo es que usan a los canes y los mininos... ¡vivos!.

Los desaprensivos, atrapan perros y gatos callejeros, les inmovilizan las patas con alambre, les clavan grandes anzuelos por el cuerpo y los arrojan al mar, procurando que el sedal quede amarrado a una madera flotante.

Les dejan de noche en el agua a la espera de que algún tiburón se acerque atraído por la sangre y pique en el anzuelo, quedando así enganchado hasta que al día siguiente vaya el "pescador" a por él.

Explica la Sonrisa Nórdica que, aunque a primera vista la historia huele a bulo (como los Bonsai Kitten), el Servicio de Información de la Embajada Francesa en Washington D.C. ha reconocido este hecho en respuesta a las peticiones de información sobre este tema, si bien aclaran que se trata más bien de casos excepcionales de "pescadores" aficionados que de una práctica habitual.

El caso es que este hecho, sea excepcional o no, y como es previsible, levanta bastante polémica en nuestras sociedades occidentales y ha resultado en que la RSPCA (Royal Society for the Prevention of Cruelty to Animals / Sociedad Real por la Prevención de la Crueldad hacia los Animales) haya emprendido una campaña de protesta en forma de recogida de firmas, solicitando que se deje de utilizar a perros y gatos como reclamo para tiburones:

"This is one of the most disturbing practices that we've come across. The use of a live animal in this way, apparently involving the binding of its legs with wire and piercing of the muzzle with large hooks, is unjustifiably cruel." Traducción: "Esta es una de las prácticas más perturbadoras con que nos hemos encontrado. La utilización de animales vivos de esta forma, implicando aparentemente la atadura de sus piernas con alambre y la perforación de sus hocicos con grandes anzuelos es injustificablemente cruel".

Stop this cruelty - RSPCA

Si nos preguntamos por qué motivo RSPCA se manifiesta en contra, podríamos responder que es debido a "la injustificable crueldad" que supone clavar anzuelos en un perro, pero si esa es la respuesta.. ¿por qué no manifestarse en contra de que se haga lo mismo con sardinas u otros peces que sirven habitualmente de cebo y sufren igualmente las mismas prácticas? es más, ¿por qué no manifestarse en contra de la pesca o incluso en contra de toda utilización de animales no-humanos?

Quizás la respuesta se halle en que como dicen "esta es una de las prácticas más perturbadoras con que nos hemos encontrado"; o lo que es lo mismo: resulta desagradable ver este tipo de prácticas realizadas sobre perros y gatos. La clave es que los individuos en cuestión son perros y gatos, pues las prácticas son las mismas que se han venido realizando hasta el momento sobre otros animales no-humanos y ello no ha despertado las reivindicaciones de gran parte de estos grupos e individuos que ahora se escandalizan. Después de todo, es bien conocida la preferencia que existe hacia los perros y gatos en las sociedades occidentales en las que son considerados como animales "de compañía".

Este tipo de campañas (protesta contra la utilización de perros y gatos como cebos, contra el consumo de perros en Korea, o contra la utilización de pelo de perros o gatos en juguetes y abrigos, etc.) promovidas principalmente porque el mero hecho de que los implicados son perros y gatos refuerza el prejuicio especista que mantiene que unos animales merecen más respeto o preocupación que otros, y que resulta en que millones de esos "otros" mueran porque se dedique la atención y recursos que podrían ayudarles en apenas unas decena de los "afortunados".
Los gatos no se quedan atrás. Una organización llamada “salva a tus gatos de los pescadores” ha encontrado que esta práctica está creciendo. La mayoría de los últimos reportes se ha reportes han venido del Estado de la Florida. Se ha encontrado según Peta y Humane Society, organizaciones conocidas mundialmente por su lucha por los derechos de los animales, que los siguientes países están utilizando estos métodos.

• Venezuela
• México
• Cuba
• Panamá
• Costa Rica
• Nicaragua
• Uruguay
• St. Thomas -US VI
• Marsh Harbor - Bahamas
• Miami

La Isla Reunión fue el caso inicial conocido. Está localizada junto con su vecina Isla Mauricio que también fue colonia francesa, conforman el archipiélago volcánico de Las Mascareñas. Concretamente en la Isla Reunión se encuentran entre sus acantilados y bosques tropicales dos volcanes: “Le Piton de la Fournaise” y “Le Piton des Neiges”, este último extinto.

Su población, de casi un millón de habitantes, está compuesta en un 50% por descendientes de países africanos cercanos (Madagascar…), otro 25% por razas asiáticas y el resto por un popurrí europeo. El idioma oficial es el francés, aunque la mayoría habla el Creol.

Si usted ve este tipo de actividad por favor reportar a las autoridades locales ya que es un delito de crueldad animal.

Localización de Isla Reunión
Junto con su vecina Isla Mauricio que también fue colonia francesa, conforman el archipiélago volcánico de Las Mascareñas. Concretamente en la Isla Reunión podremos explorar entre sus acantilados y bosques tropicales dos volcanes: “Le Piton de la Fournaise” y “Le Piton des Neiges”, este último extinto


Vista satélite de Isla Reunión, donde podemos apreciar los dos volcanes que dominan la pequeña isla.
Su población, de casi un millón de habitantes, está compuesta en un 50% por descendientes de países africanos cercanos (Madagascar…), otro 25% por razas asiáticas y el resto por un popurrí europeo. El idioma oficial es el francés, aunque la mayoría habla el Creol

VIDEO:



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QUERES HACER ALGO? DENUNCIALOS



DENUNCIA EL MALTRATO ANIMAL, UN CRIMEN LEGAL
¿Sabia UD. que los malos tratos aplicados a un animal (ser viviente) pueden ser castigados con 15 días a un año de prisión?

Sepa cómo proceder y por favor: PROCEDA !!!

Su denuncia puede ayudar a evitar la muerte de un animal maltratado.



COMO REALIZAR UNA DENUNCIA :

Los testigos presénciales de los hechos son los que deben radicar la denuncia correspondiente. Como ciudadanos les asiste el derecho de denunciar , y a las autoridades el deber de aceptar la denuncia.

No deje amedrentarse por los simples comentarios como "no nos ocupamos de eso". Solicite hablar con la autoridad a cargo y exija que su denuncia sea tomada. Solicite copia de la misma, y luego intente hacerla llegar a esta entidad.

Intente llevar a un testigo de los hechos, de esta manera la denuncia es

A CONTINUACIÓN ENVIAMOS ALGUNAS HERRAMIENTAS RELACIONADAS PARA PODER PROCEDER A SENTAR UNA DENUNCIA:

1) LINEAMIENTOS PARA RADICAR UNA DENUNCIA

2) LEY DE PROTECCIÓN AL ANIMA DENUNCIAS POR MALTRATO



Pasos y requisitos necesarios para concretar una denuncia, tanto en Capital como en la Provincia de Buenos Aires y el interior del País.

1- El/la denunciante debe ser mayor de edad, (21 años), y acreditar su identidad con Documento Nacional de Identidad, Libreta de Enrolamiento o Cívica. Si es extranjero y no posee D.N.I., por medio de su Cédula de Identidad.

2- La denuncia puede hacerse verbalmente o por escrito, ante las autoridades del lugar en que ocurrió el hecho. En caso de realizarse por escrito deberá ser firmada ante el funcionario que la recibe y solicitarse una copia de la misma (esto es muy importante).

3- La denuncia no exige mayores formalidades. Basta con describir los hechos considerados delictuosos, el lugar y tiempo en el que ocurren o han ocurrido y, si se lo conoce, el nombre, apodo, señas, y/o domicilio del culpable y cualquier otro dato de interés que pueda facilitar la investigación.

4- La denuncia debe formularse ante el Juez competente, el Ministerio Fiscal o la autoridad policial.

5- La denuncia debe ratificarse cuando el denunciante sea citado por la autoridad competente. Este es un trámite sencillo, que consiste en la asistencia al Juzgado, donde se labra un acta con la manifestación de esta ratificación. En caso no concurrir la causa será archivada.

6- El denunciante no contrae ninguna obligación que lo ligue al proceso, ni es necesario el asesoramiento de abogados.

7- Siempre que sea posible deben presentarse testigos de los hechos, siendo suficiente con aportar el nombre y/o apodo y el domicilio.

¿Dónde realizar la denuncia?

Si el hecho ocurrió en Capital Federal se puede concurrir a la Seccional correspondiente de la Policía Federal, o a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, calle Viamonte 1147, entre las 7.30 y 13.30 horas. Hay que presentarse, con documento, en Mesa de Entradas, donde un empleado levantará el Acta.

Si ocurrió en Provincia de Buenos Aires, partidos de Vicente López, San Isidro, San Fernando y Tigre, se puede concurrir a la comisaría local o a los Tribunales de San Isidro, calle Ituzaingo 340, de 7.30 a 13.00 horas, siendo el trámite similar.

En el interior del país, concurrir a la comisaría más cercana.



Ley de Protección al Animal (14346):

Art.1) Será reprimido con prisión de 15 días a un año, el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad los animales.

Art.2) Serán considerados actos de maltrato:

1. No alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos;

2. Azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que no siendo de simple estímulo les provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas;

3. Hacerlos trabajar en jornadas excesivas sin proporcionarles descanso adecuado, según las estaciones climáticas;

4. Emplearlos en el trabajo cuando no se hallen en estado físico adecuado;

5. Estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos;

6. Emplear animales en el tiro de vehículos que excedan notoriamente sus fuerzas.

Art.3) Serán considerados actos de crueldad:

1. Practicar la vivisección con fines que no sean científicamente demostrables y en lugares o por personas que no estén debidamente autorizados para ello;

2. Mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal, salvo que el acto tenga fines de mejoramiento, marcación o higiene de la respectiva especie animal o se realice por motivos de piedad;

3. Intervenir quirúrgicamente animales sin anestesia y sin poseer el título de médico o veterinario, con fines que no sean terapéuticos o de perfeccionamiento técnico operatorio, salvo el caso de urgencia debidamente comprobada;

4. Experimentar con animales de grado superior en la escala zoológica al indispensable según la naturaleza de la experiencia;

5. Abandonar a sus propios medios a los animales utilizados en experimentaciones;

6. Causar la muerte de animales grávidos cuando tal estado es patente en el animal y salvo el caso de las industrias legalmente establecidas que se fundan sobre la explotación del nonato;

7. Lastimar y arrollar animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios o matarlos por solo espíritu de perversidad;

8. Realizar actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, novilladas y parodias, en que se mate, hiera u hostilice a los animales.

Sanción: 27 septiembre 1954 / Promulgación : 27 de octubre 1954


PARA OBTENER INFORMACIÓN SOBRE LAS ORDENANZAS Y LEYES SANCIONADAS EN

CADA MUNICIPIO Y CIUDAD, PODRÁ VISITAR EL SIGUIENTE LINK

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Espero que nadie venga con repost, porque la verdad, que el mio es el mas complreto de los que vi, y tiene para que lo denuncien, vamos hagan la denuncia, firmen, me indiga ver los videos, que hdp que son dios mio, espero que se les abra el corazon y puedan denunciar esta crueldad.
Saludos,
Leonaks
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