Modificaciones en la Ley Nacional de Tránsito
Como ya comente en mi anterior post sobre como reclamar las infracciones de tránsito hay que tener en claro que diversas normas que regulan el tránsito y sus sanciones, así como también distintas jurisdicciones en nuestro territorio federal.
Primero está la Ley Nacional 24.449, la cual es de ADHESION, esto es que solo opera en las provincias que tengan una Ley que adhiera a la nacional. (por ej. La Pcia de Bs. As.)
Luego tenemos las normas de cada provincia, que pueden simplemente adherir a la nacional, que pueden adherir a la nacional y regular aún más, o que pueden tener su propia Ley sin adhesión.
Pero normalmente las provincias o bien adhieren en todo o adhieren y le realizan agregados.
Lo relevante que me lleva a realizar este post es el Uso de Luces el cual se modificó la última semana de Diciembre. (dejo link Boletín Oficial en fuente)
Basicamente la ley se acopla a lo que ya la Union Europea establecio a partir de 2011, que es la obligatoriedad de 0KM con sistema de DRL(luces de conducción diurna) obligatoria con autoencendido. (art. 47 inc "h" Ley 24449)
Las Luces de Giro deberán ser intermitentes y amarillas tanto frontales como traseras, (solo se excepciona los autos importados que tienen las traseras rojas cumpliendo con las regulaciones de EEUU.
Las luces antiniebla, de retroceso, de freno, de giro y adicionales, deben usarse sólo para sus fines específicos,
Las luces intermitentes de emergencias deben utilizarse para indicar la detención en estaciones de peaje, zonas peligrosas o en la ejecución de maniobras riesgosas.
Todo esto surge de la nueva modificación pero lo IMPORTANTE es como se va a aplicar, cual es el problema: LAS LUCES BAJAS. Según el nuevo art.47 de la Ley 24449.
Al ingresar el sistema de DRL (esas luces LED que estan normalmente alrededor del faro) se establece que en RUTAS NACIONALES si la visibilidad es buena podras usar indistintamente éstas o las luces bajas. (inc. a)
En cambio para luces bajas, de posición y de chapa patente: deben utilizarse cuando la luz natural sea insuficiente o las condiciones de visibilidad o del tránsito lo demande; (inc. c)
Como Evitar Infracciones por el uso de Luces:
La recomendación es NO uses solo las DRL, ya que solo aplica para rutas nacionales y cuando la visibilidad sea "buena" cuestión que es bastante subjetiva. Ademas todavía ninguna provincia se expidió sobre esto por lo tanto son obligatorias el uso de luces bajas. (Me motivó esto que hoy atendí una persona con una infraccion por el uso solo de las DRL en Córdoba)
Por lo tanto usa por el momento siempre las bajas, es comun que las modificaciónes en este tipo de normativa (que tienen mas impacto local que federal) cuando se hacen en Leyes Nacionales, es con el objeto que luego las provincias vayan adaptandose de a poco a lanueva política víal.
Si tuviste una infracción y no sabes que hacer pasate por acá:
Acordate de viajar con seguridad y trata de siempre darle el paso al otro, manejando todos un poquito mejor cada día vamos a estar mejor.
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(salvo el post)