Ya cansan estos tipos que se hacen llamar juez. Son unos corruptos y no saben hacer otra cosa que no sea perjudicar al pueblo argentino. Por favor esto ya da asco.
Que se publique la lista completa con rostros y demas y no vengan con los derechos humanos que estas lacras te matan por 2 pesos eh.
Censura judicial: condenaron a periodista de LBN por difundir nómina de "pibes chorros"
El juez Correccional José Luis Ares condenó esta mañana a uno de los editores de La Brújula Net por, según el magistrado, haber cometido una falta contravencional al difundir los nombres de una decena de peligrosos menores.
Ares entendió que la acción del periodista Germán Sasso de mencionar por un medio de comunicación las identidades de jóvenes, que poseen múltiples y graves causas judiciales, es una conducta que debe ser sancionada y así lo hizo. La pena impuesta fue de 4 mil pesos y dos días de arresto.
En el censurador fallo -que no se encuentra firme- el juez realizó una especie de clase sobre la legislación y ética periodística y escribió que “la libertad de prensa no es un derecho absoluto o un ‘superderecho’ sino que es un derecho relativo, o sea limitado”.
“En muchas ocasiones la noticia es considerada una mercancía y la primicia y el golpe de efecto mediático una cuestión decisiva y de supervivencia en la feroz competencia con los colegas” dijo Ares, en otro párrafo de su escrito de 26 fojas.
Pese a que los nombres de los menores difundidos por el periodista en el programa La Brújula de Radio 10 ya habían sido revelados por otras personas, el juez -en una extraña interpretación- sostuvo que difundir es lo mismo que revelar o descubrir. Otra vez, la culpa la tiene el mensajero que, en este caso, transmitió una información que era de dominio público vía Internet.
A la hora de merituar la sanción, el magistrado consideró como atenuantes la carencia de antecedentes y la admisión de haber cometido el hecho. Por otro lado, estimó como agravantes la condición de periodista y formador de opinión en la población.
LBN ratifica su compromiso con la verdad y la libertad plena para poder informar a la ciudadanía y, a su vez, refirma el derecho de los ciudadanos a ser informados según lo manifiesta claramente la Constitución Nacional.
El artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos consigna que “todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.
El reconocido jurista Jorge Vanossi señala que “la sociedad democrática y pluralista está altamente interesada en que las cuestiones de interés público se ventilen y no se oculten”.
La libertad, en realidad, es una sola y con fallos de esta naturaleza se intenta, por ende, anular los derechos que tienen los ciudadanos a estar informados sobre lo que sucede. También es cierto que la libertad implica obligaciones por parte del periodista como la de decir la verdad, sin dudas el mayor capital de un comunicador.
Que se publique la lista completa con rostros y demas y no vengan con los derechos humanos que estas lacras te matan por 2 pesos eh.
Censura judicial: condenaron a periodista de LBN por difundir nómina de "pibes chorros"
El juez Correccional José Luis Ares condenó esta mañana a uno de los editores de La Brújula Net por, según el magistrado, haber cometido una falta contravencional al difundir los nombres de una decena de peligrosos menores.
Ares entendió que la acción del periodista Germán Sasso de mencionar por un medio de comunicación las identidades de jóvenes, que poseen múltiples y graves causas judiciales, es una conducta que debe ser sancionada y así lo hizo. La pena impuesta fue de 4 mil pesos y dos días de arresto.
En el censurador fallo -que no se encuentra firme- el juez realizó una especie de clase sobre la legislación y ética periodística y escribió que “la libertad de prensa no es un derecho absoluto o un ‘superderecho’ sino que es un derecho relativo, o sea limitado”.
“En muchas ocasiones la noticia es considerada una mercancía y la primicia y el golpe de efecto mediático una cuestión decisiva y de supervivencia en la feroz competencia con los colegas” dijo Ares, en otro párrafo de su escrito de 26 fojas.
Pese a que los nombres de los menores difundidos por el periodista en el programa La Brújula de Radio 10 ya habían sido revelados por otras personas, el juez -en una extraña interpretación- sostuvo que difundir es lo mismo que revelar o descubrir. Otra vez, la culpa la tiene el mensajero que, en este caso, transmitió una información que era de dominio público vía Internet.
A la hora de merituar la sanción, el magistrado consideró como atenuantes la carencia de antecedentes y la admisión de haber cometido el hecho. Por otro lado, estimó como agravantes la condición de periodista y formador de opinión en la población.
LBN ratifica su compromiso con la verdad y la libertad plena para poder informar a la ciudadanía y, a su vez, refirma el derecho de los ciudadanos a ser informados según lo manifiesta claramente la Constitución Nacional.
El artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos consigna que “todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.
El reconocido jurista Jorge Vanossi señala que “la sociedad democrática y pluralista está altamente interesada en que las cuestiones de interés público se ventilen y no se oculten”.
La libertad, en realidad, es una sola y con fallos de esta naturaleza se intenta, por ende, anular los derechos que tienen los ciudadanos a estar informados sobre lo que sucede. También es cierto que la libertad implica obligaciones por parte del periodista como la de decir la verdad, sin dudas el mayor capital de un comunicador.