El líder del Frente Renovador afirmó que un preso gana un 46% más que un jubilado y acusó al gobierno nacional por eso. Sin embargo, la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de Libertad le permite a los internos trabajar y establece un régimen de deducciones en su retribución.
Por Candela Villalibre.
Esta semana se desató una gran polémica en torno a una declaración del precandidato a presidente por el Frente UNA, Sergio Massa, quien dijo que en nuestro país un preso cobra un 46% más que un jubilado y utilizó este argumento para remarcar una de sus promesas de campaña: lograr el 82% móvil.
En declaraciones con radio La Red el dirigente afirmó: "Queda claro en el Código procesal, queda claro que en el Código Penal, y queda claro en el sistema de multas, que al Gobierno le interesan más los presos que los jubilados". Además criticó que se les paguen los sueldos mensualmente y dijo que no está previsto un resarcimiento a la víctima.

De acuerdo a nuestro ordenamiento jurídico una persona con una pena de prisión está privada de su libertad ambulatoria, pero no del resto de sus derechos como a la salud, a la educación y también al trabajo. Asimismo, la Ley 24.660 de Ejecución de Pena Privativa de la Libertad, sancionada en 1996, consagra la posibilidad de ejercer un labor remunerado dentro del establecimiento penitenciario y establece que cuando "los bienes o servicios producidos se destinaren al Estado o a entidades de bien público, el salario del interno no será inferior a las tres cuartas partes del salario mínimo vital móvil. En los demás casos o cuando la organización del trabajo esté a cargo de una empresa mixta o privada la remuneración será igual al salario de la vida libre correspondiente a la categoría profesional de que se trate".