Informate y ejercé tus derechos.
1. Podés hacer cambios todos los días.
La Legislatura porteña sancionó en 2012 la Ley 3.281 que garantiza a los consumidores el derecho a cambiar productos sin trabas especiales y en cualquier día: "deberá efectuarse en los mismos días y horarios en los que el comercio atienda al público para ventas".
2. Está prohibido cobrar un recargo por el frío de las bebidas.
En el 2013 se aprobó una modificación del artículo 1 de la Ley 1207/2004, que prohibe que se cobre más cara una bebida por estar fría tanto en autoservicios como en supermercados. En su inciso "i" especifica que deberán "abstenerse de realizar cualquier diferenciación de precios entre productos que estén ubicados dentro o fuera de heladeras exhibidoras".
3. Si la lectora de la tarjeta SUBE no funciona, podés viajar gratis.
Una resolución publicada en 2011 especifica que si la lectora de la tarjeta no se encuentre en funcionamiento, el pasajero tiene el derecho a viajar gratis porque es responsabilidad de la empresa de transporte trasladar al usuario. Se aplica a subtes, trenes y colectivos.
4. Podés dar de baja un servicio por el mismo medio que lo contrataste.
Es decir, si te llaman de tu banco para ofrecerte un nuevo producto, no te pueden hacer ir a la sucursal para darlo de baja.
5. Cuando comprás algo fuera del local (por Internet, por ejemplo) podés pedir que te devuelvan la plata si no estás conforme con el producto.
Podés devolver un producto sin uso y te deben reintegrar lo que gastaste. El artículo 34 de la Ley de Defensa del Consumidor Nº 24.240, garantiza el derecho a "revocación de aceptación". El consumidor tiene hasta 10 días para "arrepentirse" de la compra y sin dar ningún tipo de explicación, el vendedor debe aceptar el bien y afrontar los gastos de devolución.
6. No es necesario el papel de la garantía para que tenga efecto.
El artículo 11 de la ley 24.240 protege al consumidor de las empresas que exigen la "garantía" del producto para admitir su cambio o arreglo. Esta Ley establece que todos los productos cuentan con una garantía de tres meses aunque la misma no haya sido escrita ni entregada. Esto se aplica también para aquellos casos en que se especifica que la garantía es sólo válida por uno o dos meses.
7. Podés registrarte para que no te llamen más ofreciéndote promociones.
La CABA cuenta con el "Registro No Llame". Para anotarse hay que llamar al 147 o ingresar a la web http://nollame.buenosaires.gob.ar. Lamentablemente, sólo es válido para empresas con
8. No te pueden cobrar servicio de mesa o cubierto en los restaurantes, a menos que ofrezcan paneras incluyendo productos para celíacos, sal sin sodio y agua.
Así lo establece la ley 4407 de la Ciudad de Buenos Aires.
.
9. Todas las cocheras porteñas estás obligadas a recibir bicicletas.
La ley 1752, además, señala que se puede cobrar hasta un 10% de la tarifa de un auto.
10. Es obligatorio que las empresas envíen por mail el número de reclamo o gestión.
Lo estableció la ley 4388 en el 2013.
11. Está prohibido escuchar música sin auriculares en transporte público.
La Legislatura porteña aprobó en diciembre de 2012 una ley que busca "evitar ruidos molestos que perturben a la mayoría de los pasajeros como sucede habitualmente".
Para más información podés consultar en "Derecho en zapatillas" , en Defensa del Consumidor Nacional o de Capital.
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1. Podés hacer cambios todos los días.
La Legislatura porteña sancionó en 2012 la Ley 3.281 que garantiza a los consumidores el derecho a cambiar productos sin trabas especiales y en cualquier día: "deberá efectuarse en los mismos días y horarios en los que el comercio atienda al público para ventas".
2. Está prohibido cobrar un recargo por el frío de las bebidas.
En el 2013 se aprobó una modificación del artículo 1 de la Ley 1207/2004, que prohibe que se cobre más cara una bebida por estar fría tanto en autoservicios como en supermercados. En su inciso "i" especifica que deberán "abstenerse de realizar cualquier diferenciación de precios entre productos que estén ubicados dentro o fuera de heladeras exhibidoras".
3. Si la lectora de la tarjeta SUBE no funciona, podés viajar gratis.
Una resolución publicada en 2011 especifica que si la lectora de la tarjeta no se encuentre en funcionamiento, el pasajero tiene el derecho a viajar gratis porque es responsabilidad de la empresa de transporte trasladar al usuario. Se aplica a subtes, trenes y colectivos.
4. Podés dar de baja un servicio por el mismo medio que lo contrataste.
Es decir, si te llaman de tu banco para ofrecerte un nuevo producto, no te pueden hacer ir a la sucursal para darlo de baja.
5. Cuando comprás algo fuera del local (por Internet, por ejemplo) podés pedir que te devuelvan la plata si no estás conforme con el producto.
Podés devolver un producto sin uso y te deben reintegrar lo que gastaste. El artículo 34 de la Ley de Defensa del Consumidor Nº 24.240, garantiza el derecho a "revocación de aceptación". El consumidor tiene hasta 10 días para "arrepentirse" de la compra y sin dar ningún tipo de explicación, el vendedor debe aceptar el bien y afrontar los gastos de devolución.
6. No es necesario el papel de la garantía para que tenga efecto.
El artículo 11 de la ley 24.240 protege al consumidor de las empresas que exigen la "garantía" del producto para admitir su cambio o arreglo. Esta Ley establece que todos los productos cuentan con una garantía de tres meses aunque la misma no haya sido escrita ni entregada. Esto se aplica también para aquellos casos en que se especifica que la garantía es sólo válida por uno o dos meses.
7. Podés registrarte para que no te llamen más ofreciéndote promociones.
La CABA cuenta con el "Registro No Llame". Para anotarse hay que llamar al 147 o ingresar a la web http://nollame.buenosaires.gob.ar. Lamentablemente, sólo es válido para empresas con
8. No te pueden cobrar servicio de mesa o cubierto en los restaurantes, a menos que ofrezcan paneras incluyendo productos para celíacos, sal sin sodio y agua.
Así lo establece la ley 4407 de la Ciudad de Buenos Aires.
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9. Todas las cocheras porteñas estás obligadas a recibir bicicletas.
La ley 1752, además, señala que se puede cobrar hasta un 10% de la tarifa de un auto.
10. Es obligatorio que las empresas envíen por mail el número de reclamo o gestión.
Lo estableció la ley 4388 en el 2013.
11. Está prohibido escuchar música sin auriculares en transporte público.
La Legislatura porteña aprobó en diciembre de 2012 una ley que busca "evitar ruidos molestos que perturben a la mayoría de los pasajeros como sucede habitualmente".
Para más información podés consultar en "Derecho en zapatillas" , en Defensa del Consumidor Nacional o de Capital.

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