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Nefasto antecedente judicial para todos los músicos

Info9/20/2012

¡¡ NEFASTO ANTECEDENTE PARA TODOS LOS MÚSICOS!! ALGUNOS PÁRRAFOS DE LA SENTENCIA DE CÁMARA SOBRE LA TRAGEDIA DE CROMAÑÓN, POR LA CUAL SE DEJA SIN EFECTO LA ABSOLUCIÓN DE LOS MÚSICOS POR PARTE DE PRIMERA INSTANCIA, LES IMPONE UNA PENA, Y AHORA SE LE PIDEN ONCE AÑOS DE CÁRCEL.



“Es dable concluir entonces, que la banda musical poseía una posición especial derivada de su condición de co-organizadores que los hacen garantes de la evitación de riesgos para el público concurrente que deriven de los defectos de la organización”.

"Al respecto, dicen que ella “...se relacionaba con su
ascendencia y liderazgo sobre las bandas de seguidores, que eran
las que hicieron el aporte de la pirotecnia. Varias veces
destacamos que Fontanet no solo concitaba la atención de todos al
momento de los hechos, sino que además estaba en posesión del
micrófono y su público estaba presto a atenderlo”.
Es que “Tenía una posición irremplazable, ejercitando su
liderazgo, incluso con una receptividad que no lograba Chabán.
Tenía indudablemente la capacidad de evitación: podía ordenar
revisar a todo el público sin empezar el recital, podía decidir
detener el recital, podía atenuar o eliminar otros focos de
peligro (apertura de puertas, etc.). El Tribunal omitió considerar
estos aspectos”.

La segunda de las fuentes formales, que el Tribunal oral
habría omitido considerar, consiste en que “La banda era
empleadora de todo el personal que esa noche cumplió tareas dentro y fuera del local. En ese carácter tenia las obligaciones de
garantía de su vida e integridad que claramente resultan de la Ley
de Higiene y Seguridad en el Trabajo. Esas obligaciones se
incumplieron, porque incluso varios dependientes de la banda
fallecieron y la mayoría resultó lesionada. En la intervención de
Fontanet en el recital, también se actualizaba esta garantía”.



En ese aspecto, destaca que “La cantidad de gente tenía una relación directa con la recaudación, aspecto que según quedo claro en el debate, fue un motivante esencial en el desempeño de la banda y particularmente, de su líder. La decisión de vender una determinada cantidad de entradas en manera alguna era privativa de Argañaraz; pero aún cuando se admitiera esto por hipótesis la sobreocupación era una evidencia visual. Esa comprobación desde el escenario imponía a quien tenía la capacidad sustancial de obtener seguimiento de parte del público y de los empleados, adoptar alguna solución para disminuir el riesgo consecuente.
Por lo demás, ese exceso depúblico también debía ser un motivante adicional para tomar una decisión drástica en orden a la pirotecnia. La posibilidad concreta y eficaz era detener el recital, como el propio Fontanet lo hizo el día 28, ante similar situación”. En esta línea de argumentación, también sostiene que “Otra actividad evitadora del incendio que también estaba al alcance de Fontanet, era disponer la apertura de las puertas”.

En ese sentido, destacan que “Los espectadores son sus
seguidores. En ese orden, una indicación de un músico es valorada
y probablemente seguida si es formulada adecuadamente y con
convicción. Frente a una actitud de ese tipo, cualquiera de los
músicos seria escuchado y seguramente acompañado. Todo lo cual
justifica respecto de los mencionados Vázquez, Carbone, Torrejón,
Djerfy, Delgado y Cardell, la casación de la sentencia y la
consecuente revocación de la absolución”.

LA SENTENCIA DESCONOCE LAS PRUEBAS PRESENTADAS EN PRIMERA INSTANCIA, COMO QUE CHABAN CUMPLIÓ CON SUS OBLIGACIONES PATRONALES DE OBRA SOCIAL Y SINDICATO POR LOS MÚSICOS, DELEGA LA RESPONSABILIDAD EMPRESARIAL DE TODOS LOS EMPLEADOS DEL BOLICHE POR HABER TOCADO A BORDERÓ Y ADEMAS, LOS PONE COMO RESPONSABLES PRINCIPALES PORQUE DESDE ARRIBA DEL ESCENARIO SE PUEDE EVITAR DESMANES, VER SI LAS PUERTAS ESTÁN CERRADAS, SI LOS MATAFUEGOS ESTÁN LLENOS Y HASTA SI SE COMETE ALGUN DELITO, IMPONIENDO UN RANKING DE RESPONSABILIDADES DE ACUERDO AL INSTRUMENTO QUE TOCAMOS.
SI ESTA SENTENCIA QUEDA FIRME, ES APLICABLE A TODOS LOS MÚSICOS QUE SE SUBEN A UN ESCENARIO.
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