Hola gente, bueno muchos de ustedes deben estar haciendo aportes a las conocidas AFJP y habrán escuchado las últimas noticias o no, y están un poco desorientados sin saber si hay que hacer algo o no con este traspaso de las AFJP al Estado, asi que espero poder ayudar a aclarar algunas cuestiones.
Para ubicarnos esta tarde, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner anunciará la firma de un proyecto de ley que se enviará al Congreso por el cual se elimina el sistema privado de jubilaciones, también conocido como de las AFJP (Administradoras de Fondos de Jubilación y Pensión).
1.¿Qué pasará con los afiliados a las AFJP?
Pasarán al Estado, incluidos los fondos acumulados en sus cuentas individuales. A cambio, el Estado les reconocerá los meses y años de aportes hechos a las AFJP como si hubiesen sido al Estado. Esto significa que al momento de jubilarse, la ANSeS calculará el haber mensual según las reglas del sistema público.
2.¿Cómo se calcula la jubilación en el Estado?
En el sistema público, el trabajador tiene derecho a cobrar la Prestación Básica Universal (hoy de $ 326 mensuales) más el 1,5% del sueldo promedio actualizado de los últimos 10 años por cada año aportado. Un ejemplo: con 30 años de aportes y con un sueldo actualizado de los últimos 120 meses anteriores al retiro jubilatorio de $ 2.000, la jubilación sería de $ 1.226 ($ 326 más el 45% de $ 2.000). Esa jubilación se actualiza luego dos veces por años de acuerdo a la fórmula de movilidad aprobada días atrás por el Congreso.
3.¿Cómo se calcula el haber en el sistema privado?
Con 30 años de aportes, el trabajador también tiene derecho a la PBU de $ 326 y el resto depende los aportes efectuados y de la rentabilidad que obtuvo la AFJP con la inversión de los fondos. Los especialistas estiman que por la actual caída de la rentabilidad, hoy el haber público sería superior al del régimen privado. Pero los resultados podrían variar según los comportamiento del mercado financiero.
4.¿Cómo quedan los que ya se jubilaron por una AFJP?
Si están cobrando un "retiro programado" a través de una AFJP, el Estado les pagará la mejor renta que hayan cobrado durante este año. Ese haber se ajustará en adelante según la fórmula de movilidad. En cambio, si cobra una renta vitalicia a través de una compañía de seguros seguirá cobrando lo que arroje el cálculo privado, porque se trata de un contrato de por vida.
5.¿Qué pasará con los fondos acumulados por los afiliados al sistema privado?
Los fondos acumulados por los afiliados a las AFJP -y que suman alrededor de $ 97.000 millones- pasarán al Estado, con el compromiso de retenerlos en la cartera de la ANSeS como garantía de solvencia del régimen público. También a la espera de una recuperación de las cotizaciones o conservándolos hasta su vencimiento. Más de la mitad de esos fondos son bonos públicos; por lo que la deuda pública neta se reducirá, pero aumentará la llamada deuda implícita porque el Estado asume el compromiso de pagar las jubilaciones futuras de toda la gente transferida.
6.Más plata para financiar el pago de la deuda pública.
El aporte jubilatorio de los afiliados transferidos se mantendrá sin cambios, pero en lugar de ir a las AFJP pasarán a la ANSeS. Son alrededor de $ 15.000 millones anuales. Esto mejora los ingresos fiscales e incrementa el superávit fiscal primario (antes del pago de los intereses). Además, le permitirá al Tesoro financiar el pago de la deuda pública, tomando plata de la ANSeS a cambio de Letras, como está pasando actualmente también con otros organismos públicos, como la AFIP. El año pasado la ANSeS recibió los fondos de una parte de los afiliados a las AFJP que se transfirieron obligatoriamente. Actualmente, la ANSeS tiene colocados $ 6.350 millones en Letras de Tesorería a tasas que rondan entre el 8,5% y 11,8% anual.
7.¿Qué pasará con el afiliado a una AFJP que se resista a ser transferido al Estado?
La eliminación del sistema privado de jubilaciones tiene que ser aplicado mediante una ley del Congreso. Si esto se sanciona como lo prevé el Gobierno, la transferencia será automática. De todas maneras, siempre está abierta la posibilidad de presentar un recurso de amparo invocando la pérdida de derechos. La palabra final la tendría la Corte Suprema de Justicia.
8.¿Porqué hace esto el Estado?
Para justificar la medida, el Gobierno argumenta que hay una situación muy complicada por la caída de la rentabilidad de las inversiones de las AFJP, debido a la crisis internacional y al impacto local sobre el precio de las acciones y bonos que forman parte de la cartera de las administradoras.
(Gente que se opone al proyecto dice que es una cuestion "de caja")
Bueno espero que les haya sido de ayuda, y principalmente ayude a esclarecer temas que los medios hacen tan drásticos y complejos .

