Hola gente como les va, cree este post a raíz de la noticia del policía de 40 años que mato a su "novia" de 15 años que tenían juntos un bebe de 1 año, mucha gente dio sus opiniones del echo, considerando muchos en su mayoría que como primera medida, como un hombre de 40 años iba a estar con una chica de 15???
Bueno no me voy a referir a este echo en especial, si no a informarles lo que esta descrito por ley en nuestro país.
Hasta mayo de 1999, el artículo 120 del código penal decía que cometía estupro el que mantuviera contactos carnales con una menor de entre 12 y 15 años, aunque no hubiese empleado métodos de intimidación y la víctima no estuviera privada de la razón.
Con la reforma de aquel artículo, dispuesta por medio de la ley 25.087, promulgada el 7 de mayo de 1999, varió la tipificación del delito sexual. Desde entonces, la Justicia debe probar que el autor se aprovechó de la inmadurez sexual de una menor de entre 13 y 16 años.
Resumiendo y traduciendo un poco al criollo, si un mayor de edad mantiene relaciones o mantuvo con un menor, teniendo cumplidos los 13 años de edad, el mayor puede ser condenado si se comprueba que la relación no fue consentida por el menor y/o el mayor engaño de alguna manera al menor para que mantuvieran relaciones sexuales.
Bueno el post es para informar nada mas, saludos!