Gente de T! Les dejo la forma de calcular la liquidación de vacaciones para empleados de comercio diciembre del 2012 (SI, es un COPY/PASTE pero mucha gente no tiene ni idea de como se calcula y la mayoría de las veces son estafados por sus empleadores) LIQUIDACIÓN DE VACACIONES Y ACUERDOS NO REMUNERATIVOS PARA EMPLEADOS DE COMERCIO CCT 130/75 DICIEMBRE DE 2012. La manera de liquidar vacaciones en comercio, no difiere de cualquier otra liquidación, la única particularidad que genera algunas dudas, es el tratamiento de los acuerdos "no remunerativos." Respecto a este tema, la forma de liquidación es la misma que para liquidar las sumas remunerativas, pero con la particularidad de que debemos realizar los cálculos por separado, es decir por un lado los remunerativos y por otros los no remunerativos. Por qué? sencillamente porque llevas descuentos diferentes. Datos para la liquidación Categoría: Administrativo A Básico: $ 4.841,30 Tipo de Jornada: Completa Fecha de Ingreso: 1º de abril del 2012 (*) Antigüedad: 0 Obra Social: O.S.E.C.A.C. Afiliado al Sindicado: No (*) Al haber ingresado el 1º de abril del 2012, le corresponden 14 días de vacaciones, el resto son días trabajados. Basicamente son 4 los calculos a realizar: Sobre Remunerativos: 1) 16 días trabajados y 2) 14 días de vacaciones Sobre No remunerativos: 3) 16 días trabajados y 4) 14 días de vacaciones Conceptos Remunerativos Básico: $2.582,03 1) El básico para el mes según la escala de comercio es de $4.841,30 determinamos el valor día dividiendo por 30 : $4.841,30 / 30 = 161,37 valor día 161,37 x 16 = 2.582,03 sueldo básico por 16 días Asistencia y Puntualidad: $215,17 es la doceava parte del básico más antigüedad (Art. 40 CCT 130/75). 2.582,03 / 12 = $215,17 Vacaciones 2) 4.841,30 + 403,44 = 5.244,74 5.244,74 / 25 = 209,78 valor día de vacaciones 209,78 x 14 = 2.937,06 valor vacaciones Conceptos No Remunerativos 3) Acuerdo Colectivo Junio 2011 370,48 / 30 = 12,35 12,35 x 16 = 197,59 4) Vacaciones sobre acuerdo no remunerativos 370,48 + 30,87 = 401,35 401,35 / 25 = 16,05 16,05 x 14 = 224,76 Descuentos Sobre las sumas Remunerativas se calcula: 11% de Jubilación 3% de Obra Social 3% Según Ley 19.032 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar. Sobre las sumas no remunerativas se calcula: 3% de Obra Social 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar. Hasta aquí el desarrollo del ejemplo, tomé un ejemplo simple, sin antigüedad, si adicionales ni items a cuenta de futuros aumentos. Tampoco tuve en cuenta los feriados del 8 y 24 de diciembre. Cualquier comentario desubicado o con intención de generar bardo sera borrado, desde ya muchas gracias.
Empleados de Comercio: Liquidación de vacaciones
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