Ya hay cadenas que aplican la resolución de la AFIP que obliga a emitir factura tipo B si el cliente adquiere por encima de esa cifra. En estos casos el comprador debe inscribirse en una base de datos. Algunos supermercados de Mendoza han comenzado a respetar la resolución de la AFIP por la cual están obligados, como cualquier otro comercio, a emitir facturas tipo B en aquellas operaciones cuyo monto final supere los $1.000. Como el cliente debe estar previamente inscripto en una base de datos propia de cada cadena, el fin de semana pasado se produjeron grandes esperas en las filas de las cajas para completar el trámite. La escena se repite cada primer fin de semana del mes. Desde hace un tiempo, los grandes supermercados ofrecen convenientes descuentos en sus compras con tarjeta de débito para esa estratégica fecha en la que los empleados estatales ya han cobrado el sueldo. A esto se le suma que desde hace 10 años –y al menos hasta diciembre de este seguirá vigente– el régimen mediante el cual el Gobierno devuelve el 5% del Impuesto al Valor Agregado (IVA) “en las operaciones de compra de bienes muebles o contratación de servicios que los consumidores finales abonen mediante la utilización de transferencias bancarias cursadas por tarjetas de débito”, siempre y cuando se trate de importes inferiores o iguales a $1.000. Si bien no se observa al final del ticket, esta devolución se convierte, a la larga, en un “descuento” adicional del 4,13%. La combinación convierte a los supermercados en un hervidero de clientes ávidos por llenar el carrito. Más controles Ahora bien, en el marco de la “sintonía fina” que viene impulsando el Ejecutivo nacional, desde el mes pasado la AFIP afinó el lápiz y puso el ojo sobre una vieja disposición vinculada con el tipo de facturación que pueden realizar los negocios. Cuando las operaciones comerciales en Argentina comenzaron a quedar registradas a través de la utilización de controladores fiscales, allá por el gobierno de Carlos Menem, la por entonces Dirección General Impositiva (DGI) dictó una resolución que establecía que los negocios debían hacer una factura tipo B en vez de la clásica “a consumidor final” cuando la compra superara los $250. Este tipo de instrumento, a diferencia del ticket, recolecta los datos personales y fiscales del comprador. Lo cierto es que en los últimos años, esta disposición no se tenía muy en cuenta. Pero en mayo de 2011, la AFIP empezó a prestar más atención y actualizó el piso a $1.000. Fuentes supermercadistas confiaron a Diario UNO que muchas cadenas ofrecen partir la operación en dos, facturando menos de mil pesos en un primer ticket y el resto en otro, en primer lugar, para no incomodar a los clientes pero también a pedido de ellos, ya que si se supera el monto, se pierde el desembolso del IVA. Pero el fin de semana pasado este diario detectó que, al menos, dos cadenas, Vea y Jumbo, ambas pertenecientes a la firma Cencosud, advertían a sus clientes con carros llenos antes de la línea de cajas (ver foto) de que si superaban el tope previsto por la normativa, se les debería registrar la operación con una factura B, para lo cual debían completar un trámite de inscripción en una base de datos. Diario UNO consultó a la compañía y a distintas asociaciones que agrupan a supermercadistas para intentar descifrar por qué razón se comenzó a recordar la vigencia de la normativa o si también incumbe a otras cadenas, pero fue imposible obtener alguna posición oficial. Bajo estrictísimo off the record, algunas admitieron que seguirán manteniendo la práctica de cortar las operaciones en dos. Pedido sin respuesta La Cámara Argentina de Supermercados, que agrupa a los comercios del interior del país, en su momento realizó gestiones para que la AFIP subiera el monto del tope, ya que hoy por hoy es muy fácil superar los $1.000 en un pedido, pero tampoco tuvieron suerte. La consultora privada Evaluecon difundió los números de agosto para la inflación y la canasta básica total, y determinó mediante sus cálculos que el rubro alimentos y bebidas –incluye los productos de higiene personal y del hogar– superó los $3.500, dejando ver a todas luces que el monto de los $1.000 dispuestos por la AFIP se supera holgadamente. ¿Qué es el Régimen de Consumos Relevantes? En julio de este año, la AFIP puso en marcha, a través de la resolución Nº3.449/12, el Régimen de Consumos Relevantes mediante el cual las empresas de energía eléctrica, agua, y telefonía fija y móvil deben informar sus operaciones iguales o mayores a $1.000 y las realizadas con monotributistas. De esta manera, las compañías están obligadas a informar los datos personales y fiscales de los consumidores, el monto total de la operación, la cantidad de unidades consumidas (kilovatios, metros cúbicos), la categoría del cliente (residencial, comercial, industrial), la modalidad de pago (efectivo, débito, crédito) y su categorización frente al IVA (responsable inscripto, monotributista, consumidor final). Igual que en el caso de los supermercados que deben emitir una factura tipo B en vez de un ticket cuando superan los $1.000, muchos ven en esta decisión una clara intención del organismo recaudador de cruzar datos de los ciudadanos, aunque se debe aclarar que en el caso de los primeros, las grandes bocas de expendio no han sido obligadas aún a enviar la información.
La compra en el supermercado se complica si supera los 1.000
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