LOS DERECHOS DEL NIÑO
La Convención sobre los Derechos del Niño fue adoptada por la Asamblea de las Naciones Unidas en noviembre de 1989. Ha sido ratificada por 191 países, convirtiéndose en el primer tratado internacional de derechos humanos con una aprobación casi universal.
En la Argentina, el Congreso de la Nación la ratificó en noviembre de 1990 a través de la ley 23.849 y, en agosto de 1994, fue incorporada a la Constitución de la Nación. A partir de ahí, nuestro país asumió el compromiso de asegurar que todos los niños y niñas tengan todos los derechos que se encuentran en la Convención.
La Convención sobre los Derechos del Niño fue adoptada por la Asamblea de las Naciones Unidas en noviembre de 1989. Ha sido ratificada por 191 países, convirtiéndose en el primer tratado internacional de derechos humanos con una aprobación casi universal.
En la Argentina, el Congreso de la Nación la ratificó en noviembre de 1990 a través de la ley 23.849 y, en agosto de 1994, fue incorporada a la Constitución de la Nación. A partir de ahí, nuestro país asumió el compromiso de asegurar que todos los niños y niñas tengan todos los derechos que se encuentran en la Convención.
Declaración De Los Derechos Del Niño 20-Nov-1959
Considerando que el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita cuidado y protección especiales , incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento.
Considerando que la humanidad debe al niño lo mejor que puede darle, La Asamblea General proclama la presente Declaración de los Derechos del Niño a fin de que éste pueda tener una infanciafeliz y gozar, en su propio bien y en bien de la sociedad, de los derechos y libertades que en ella se enuncian e insta a los padres, a los hombres y mujeres individualmente y a las organizaciones particulares, autoridades locales y gobiernos nacionales a que reconozcan esos derechos y luchen por su observancia con medidas legislativas y de otra índole adoptadas progresivamente en conformidad con los siguientes principios:
Principio 1. El niño disfrutará de todos lo derechos enunciados en esta Declaración. Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivo de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.
Principio 2. El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensando todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, moral, mental, espiritualmente y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración a que se atenderá será el interés primordial del niño.
Principio 3. El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y una nacionalidad.
Principio 4. El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionársele, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atenciónprenatal y postnatal. El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.
Principio 5. El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiera su caso particular.
Principio 6. El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión. Siempre que sea posible deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambientede afecto y de seguridad moral y material: salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia.
Principio 7. El niño tiene derecho a recibir educación, que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales.
Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social y llegar a ser un miembro útil de la sociedad. El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de se educación y orientación.
El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, las cuales deberán estar orientadas hacia los fines perseguidos por la educación.
Principio 8. El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciben protección y socorro.
Principio 9. El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación.
No deberá permitirse al niño trabajar antes de una mínima edad adecuada; en ningún caso se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o su educación o impedir su desarrollo físico, mental o moral.
Principio 10. El niño debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa o de cualquier otra índole. Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universales, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.
Considerando que el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita cuidado y protección especiales , incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento.
Considerando que la humanidad debe al niño lo mejor que puede darle, La Asamblea General proclama la presente Declaración de los Derechos del Niño a fin de que éste pueda tener una infanciafeliz y gozar, en su propio bien y en bien de la sociedad, de los derechos y libertades que en ella se enuncian e insta a los padres, a los hombres y mujeres individualmente y a las organizaciones particulares, autoridades locales y gobiernos nacionales a que reconozcan esos derechos y luchen por su observancia con medidas legislativas y de otra índole adoptadas progresivamente en conformidad con los siguientes principios:
Principio 1. El niño disfrutará de todos lo derechos enunciados en esta Declaración. Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivo de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.
Principio 2. El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensando todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, moral, mental, espiritualmente y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración a que se atenderá será el interés primordial del niño.
Principio 3. El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y una nacionalidad.
Principio 4. El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionársele, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atenciónprenatal y postnatal. El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.
Principio 5. El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiera su caso particular.
Principio 6. El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión. Siempre que sea posible deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambientede afecto y de seguridad moral y material: salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia.
Principio 7. El niño tiene derecho a recibir educación, que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales.
Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social y llegar a ser un miembro útil de la sociedad. El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de se educación y orientación.
El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, las cuales deberán estar orientadas hacia los fines perseguidos por la educación.
Principio 8. El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciben protección y socorro.
Principio 9. El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación.
No deberá permitirse al niño trabajar antes de una mínima edad adecuada; en ningún caso se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o su educación o impedir su desarrollo físico, mental o moral.
Principio 10. El niño debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa o de cualquier otra índole. Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universales, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.
¿Sabe por qué se festeja el día del niño?
El día del niño es una celebración que tiene más de cuarenta años. Fue en 1954 cuando la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU) recomendó que se instituyera en todos los países el Día Universal del Niño, una fecha exclusivamente consagrada a reafirmar los derechos de los niños y a destinar diversas actividades para lograr el bienestar de los niños del mundo.
Es un día especial dedicada a la fraternidad y a la comprensión entre los niños del mundo. Fue el 20 de noviembre de 1959 cuando se aprobó la Declaración de los Derechos de los niños.
Cada país lo celebra en fecha y forma diferente, de acuerdo a como cada gobierno lo cree pertinente; pero su significado sigue siendo el mismo en todos.
Más que un regalo, lo importante es enseñar a tu pequeño a valorar lo que tiene, que no todos los niños del mundo gozan de todos sus derechos, y que debe aprovechar al máximo las oportunidades que se le brindan para ser en un futuro una persona útil para sí mismo y para la sociedad; sin olvidar por supuesto que debe disfrutar de SER NIÑO.
Recuerda que el amor y comprensión que le brindes a tu pequeñ@, será el mismo que él a su vez proporcione a los que lo rodean...