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Una esclavitud de tiempos modernos

Offtopic•8/23/2009
Una esclavitud de tiempos modernos


Una esclavitud de tiempos modernos


Interminables jornadas de trabajo, acompañadas de una deficiente alimentación y horas de
descanso en dormitorios cuya comodidad es comparable a la que brinda un galpón


Jornadas de trabajo de hasta 15 horas, con menos derechos laborales que un obrero de la construcción y con deberes equivalentes a los que pudo tener un esclavo, las empleadas domésticas parecen no vivir, sino subsistir.

Víctimas de la pobreza y la ignorancia, centenares de jóvenes abandonan sus humildes casas en el interior del país para venir a la capital en busca de un trabajo que les permita la oportunidad negada en las zonas rurales donde crecieron. Pero los planes y proyectos terminan donde comienza la realidad.

Esa es la historia de Carmen Castillo, quien decidió probar suerte hace ocho años, con tan solo 14 de edad. Llegó a la capital en busca de un sueño: encontrar el dinero que hacía falta en casa y terminar sus escasos estudios.

Interminables jornadas de trabajo, acompañadas de una deficiente alimentación y horas de descanso en dormitorios cuya comodidad es comparable a la que brinda un galpón, la enfrentaron a su difícil futuro.

Hoy, con 22 años de edad, se gana el sustento diario en una dura jornada que comienza antes del alba, en la casa de una familia que le paga 110 dólares al mes.

A Castillo, que cuenta con dos meses de laborar en su nuevo trabajo, aún le cuesta trabajo adaptarse a sus múltiples obligaciones, que terminan -muchas veces- horas después del crepúsculo.

El cansancio no la abandona ni siquiera después de levantarse en las mañanas. Y su salario no es consuelo ni aliciente. Lo poco que gana debe repartirlo con los que dejó atrás y lo que queda debe gastarlo en satisfacer sus propias necesidades y, en no pocos casos, en remedios para enfermedades pasajeras.

Y más vale que sean males menores, pues enfermarse es un lujo que no puede permitirse: está fuera de presupuesto. Ni siquiera cuenta con un carné del Seguro Social, pues sus patronos no le pagan sus cuotas.

El Código de Trabajo, de sus más de mil artículos, solo ocupa dos para regular la actividad laboral doméstica y uno de ellos es para definir qué es un trabajador doméstico. El otro artículo es para permitirle al empleador cosas como estas: despedir al empleado si se enferma por más de cuatro semanas y ello le impidiera laborar durante ese tiempo.

Lo único que deberá pagar el patrón es un mes de salario por cada año trabajado, pero no podrá exceder al importe equivalente a tres meses de salario, en caso de que el empleado tenga más de tres años de servicio.

La historia de Carmen Castillo no es la única ni la más penosa, pero revela parte de ese pequeño mundo que se desarrolla en el seno de muchos hogares panameños, especialmente en esos pequeños cuartos ubicados en la parte de atrás de las casas.

‘Cuatro paredes’


En Panamá se desconoce la cantidad exacta de trabajadores domésticos que hay, aunque la Encuesta de Hogares (2002-2003) de la Contraloría General de la República señala que el 9% de la población que declaró alguna ocupación está representada por empleados del servicio doméstico, que también incluye jardineros y planchadoras, entre otros.

La encuesta también encontró que el año pasado laboraban en hogares con servicio doméstico 77 mil 333 personas, de las cuales, 70 mil 325 eran mujeres y el resto hombres. Ello revela que el servicio doméstico es la segunda actividad económica con mayor representatividad de mujeres.

Sin embargo, no da ningún indicio de los constantes abusos de los que son víctimas muchas de estas mujeres, por ser un problema "de cuatro paredes".

Salarios insuficientes


En los distritos de Panamá y San Miguelito se ha establecido un salario mínimo para los trabajadores domésticos de 110 dólares. En el resto del país, es de 98 dólares mensuales. Mientras la mayoría de los empleados del sector privado debe recibir ese salario por sus servicios, en el caso de los trabajadores domésticos ese no es el caso.

El salario mínimo para esta clase de trabajadores no alcanza ni para cubrir el costo de la canasta básica, que para el mes de mayo tenía un valor de 186 dólares con 49 centésimos.

Pero, existen escenarios aun peores. Hay empleadas a quienes no se les paga el día que le corresponde o se les paga en cuotas o simplemente, no reciben el salario mínimo.

La directora de Orientación Laboral del Ministerio de Trabajo, Luz Aminta de Portillo, advirtió que los empleadores que no pagan el salario establecido al servicio doméstico estarían infringiendo la ley.

En estos casos, empero, el Ministerio de Trabajo no puede actuar en contra de los patronos si no existe una denuncia del afectado.

Horarios inhumanos


Las largas jornadas de trabajo en las que tienen que lavar, fregar, cocinar, limpiar y hasta hacer de niñeras no se ven reflejadas en el salario que reciben cada quincena.

El Código de Trabajo señala que la actividad laboral del servicio doméstico no está sujeta a horario, salvo porque los empleados tienen que dormir: de 9:00 de la noche a 6:00 de la mañana.

Un informe del programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), denominado "Trabajo infantil doméstico en Panamá 2003", concluye que no importa que un empleado del servicio doméstico trabaje ocho, 10, 12 ó 14 horas, siempre recibirá el mismo salario, cosa que no ocurre con otros trabajadores que, incluso, reciben recargos por trabajar en jornadas mixtas o nocturnas, de acuerdo con el propio Código de Trabajo.

En promedio, una trabajadora doméstica, de acuerdo con su salario mínimo y una jornada de 13 horas (que excluye unas dos horas para las comidas), ganaría unos 35 centésimos la hora. Eso, casi es seguro, sería menos de lo que ganaría un "limpiabotas" por hora.

Seguro Social nulo


Tan escaso salario obliga a muchos trabajadores domésticos –previo acuerdo con sus patronos– a renunciar al descuento de una fracción de su sueldo para cubrir su parte de cuota obrero-patronal a la Caja de Seguro Social (CSS).

En el caso del fuero maternal de las empleadas domésticas, éste se pierde sólo si la doméstica renuncia al trabajo voluntariamente y, de ser así, sólo le correspondería el pago de sus vacaciones, décimo tercer mes y prima proporcional.

La buena noticia es que si el patrón le niega el derecho al trabajador de pagar su cuota obrero-patronal, éste deberá cubrir todos los gastos en que incurra el empleado, si se presenta alguna urgencia médica.

Pocas estadísticas


Las pocas estadísticas que existen sobre esta actividad laboral no permiten que las autoridades descubran los abusos de los que son objeto algunas domésticas, lo cual confirma que este es un problema de "cuatro paredes".

Portillo constató que sólo existen estadísticas sobre las renuncias notificadas por los trabajadores en el Ministerio de Trabajo.

La mayoría de las renuncias no están cuantificadas, pero muchas se deben al maltrato verbal de los patronos, a su negativa de permitirles que acudan, en horas laborables, al médico o a que continúen con sus estudios. Adicionalmente, los empleados no reciben el pago de sus vacaciones ni salario mínimo ni décimo tercer mes.

Aunque los trabajadores domésticos no cuentan con un gremio que vele por sus derechos, pueden aproximarse al Ministerio en caso de abuso, en cuyo caso, citará a los patronos.

Para Carmen Castillo, que necesita el trabajo para mantenerse a sí misma, esa es una alternativa peligrosa, podría perder el empleo.


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